Conecta con nosotros

Opinión

Arboles para que no veamos el bosque

Published

on

Por  Melvin Mañón

La suerte final del Coronel Caamaño tras el desembarco de Playa Caracoles el 3 de febrero de 1973 sorprendió a los dominicanos de entonces y aun mantiene perpleja y desconcertada a una parte no pequeña de la sociedad dominicana que no podía comprender ni aceptar que el líder que comandó miles de dominicanos en abril de 1965 se viera reducido aun grupo de 9 guerrilleros.

No era ni es posible explicar este final sin acudir a la lectura de la carta/documento escrita por Amaury Germán Aristi que la policía incautó tras su caída en combate el día 12 de enero de 1972 y en la cual Amaury hacía preguntas y formulaba planteamientos que todavía hoy no han sido debidamente respondidas y sobre los cuales las autoridades cubanas jamás se han pronunciado.

No era ni es posible entender el desenlace de Caracoles sin preguntarse qué había sucedido durante los años 1967-1972 tanto en términos de los hombres que nunca llegaron a unirse a Caamaño en Cuba como de aquellos que lo hicieron y posteriormente renunciaron.

No se podía ni se puede pensar que los cambios ocurridos en la política exterior cubana tras una serie numerosa de fracasos importantes en la implantación de guerrillas en varios países y, especialmente el asesinato del Ché después de haber sido capturado herido en Bolivia no iban a tener consecuencias prácticas importantes en la conducción cubana de su política de solidaridad internacionalista.

No era ni es posible ignorar los cambios profundos que a raíz de la guerra de abril de 1965 y el ascenso de Balaguer al poder habían tenido lugar en la sociedad dominicana transformándola, alejándola del laborantismo político y seduciéndola con el consumo de bienes y servicios así como despertando su apetito por el progreso y la prosperidad individual en sustitución de cualquier idea de proyecto de nación como había sido el caso en los años precedentes de inestabilidadpolítica desatada tras la muerte de Trujillo en 1961.

No es razonable analizar los hechos de Caracoles sin valorar los cambios que se habían producido en la escena internacional en general y en el impacto de estos cambios en la República Dominicana donde se implantaba la más coherente y exitosa campaña de contrainsurgencia que jamás hubieran auspiciado los Estados Unidos.

Tampoco era ni es posible explicar el trágico desenlace de Caracoles sin abordar los errores –sobre todo los determinados por el temperamento- cometidospor el propio Coronel Caamaño tanto los de índole militar como aquellos de naturaleza política sin que el análisis resultante sugiriera ni siquiera indirectamente que se trataba de restarle méritos a un héroe nacional ni en modo alguno disminuir su estatura.

Todos estos factores enumerados eran necesarios, realmente imprescindibles para poder proponer y documentar una explicación de las condiciones, circunstancias y factores que condujeron a Caracoles. Ninguno explicación de estos aspectos podía ser abordado sin investigar y estudiar, sin asumir determinados niveles de riesgo político sin afectar sensibilidades, y sin al menos un cierto nivel de formación y entrenamiento político militar.

La primera y más duradera explicación la produjo el señor Hamlet Hermann, mientras estaba en cautiverio tras haberse entregado al enemigo y acusó a Juan Bosch de traición siguiendo el guión pautado por sus captores y así mismo delató el papel de otros participantes que como el suscrito operaban en la retaguardia. Quizás avergonzado de sus debilidades o acaso para mejor encubrirlas se propuso satisfacer la curiosidad general y el genuino interés nacional por conocer el destino del Coronel Caamaño tras Caracoles inventando nuevos traidores y traiciones entre los cuales incluyó a Manuel Ramón Montes Arache y a Hector Lachapelle Diaz, oficiales constitucionalistas de alta graduación y servicio distinguido y meritorio a la patria, proponiendo fábulas, fabricando mentiras y distorsionando los hechos para acomodarlos a una versión simplista de consumo masivo de la cual derivar un protagonismo que no le corresponde y una nombradía que tampoco se merece. Todas las versiones, tanto las que ha plagiado, como las que se contradicen entre sí, caminaron tranquilamente como moneda de buena ley hasta que en 1989 apareció la primera edición del libro OPERACIÓN ESTRELLA proponiendo una explicación que ha sobrevivido sin enmiendas hasta la fecha, a la cual se adhiere un número creciente de personas y la cual nadie, hasta el sol de hoy, ha podido rebatir, cuestionar ni corregir.

40 años después de aquellos hechos, reporteros, comentaristas y políticos de ocasión invitan a participantes, analistas y/o sobrevivientes a hablar de aquellos hechos, hacen preguntas en TV y con cierta frecuencia la pregunta misma no estaba correctamente formulada. La gente, la opinión pública del país, sigue en buena medida confundida y desinformada porque el debate se convirtió en chisme, maledicencia y rivalidades. Reporteros y productores de TV o redactores de periódicoshacen lo que pueden y acometen una tarea para la cual algunos no están profesionalmente equipados, no disponen del tiempo o no abrazan la metodología apropiada.

Para sacar en claro una explicación coherente, convincente, justa e históricamente válida hace falta la labor dehistoriadores, investigadores, técnicos forenses, periodistas de investigación y asesores con experiencia judicial para, sin prejuicios, sin la presión de los plazos de un periódico y con la conciencia de que se está escribiendo historia, se estudien los documentos, los testimonios, las evidencias, las pruebas. No basta con denunciar cosas, hay que probarlas, hay que responder por los cargos que se formulan y el testimonio verbal o escritotiene que ser capaz de sobrevivir al escrutinio de los expertos y en última instancia del sentido común.

El manejo y difusión irresponsable, incompetente e intencionalmente distorsionado de los procesos, decisiones y situaciones que condujeron al trágico destino de Caracoles han impedido que los dominicanos pudieran entender estos hechos y aprender de ellos; en aras de mantener una falsa imagen del Coronel Caamaño se ha degradado y envilecido su legado despojándolo de las cualidades que eran indispensables para que pudiera ser admitido e incorporado a la conciencia popular y este penoso legado ha sido y es obra, principal, pero no exclusivamente, del Sr. Hamlet Hermann.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Opinión

La Misma Falsa en Todos los Escenarios.

Published

on

Por José Cabral

Por doquier se escucha la misma queja de que la sociedad dominicana ha desarrollado una cultura del engaño y el fraude.

Este problema tiene necesariamente que generar mucha preocupación y angustia, porque lo que ocurre nadie se atreve a negar que es una amenaza latente en contra de todos y cada uno de los dominicanos.

El país está atrapado por los cuatro puntos cardinales, cuyas consecuencias impactan a los de abajo, los del medio y los de arriba social y económicamente hablando.

Y esto hay que traerlo a colación porque si vamos a los tribunales en busca de justicia es el mismo escenario de la negación de derechos y justificación y estimulación de lo mal hecho.

No importa el circulo en que uno se mueva, el lenguaje es el mismo, la justificación de lo injustificable.

Es una cultura que no es fácil de erradicar, ya que los principales promotores del robo, el fraude e incluso de los asesinatos porque estimulan la vía de hecho, son los tribunales penales.

Son escenarios con un nivel de solemnidad que engañan al más inteligente y bonito, como el debate presidencial, cuyos participantes y aspirantes a dirigir el país, quienes  debían estar presos en vez de aparecer por televisión para justificar sus aspiraciones, son los mejores exponentes de la «decencia nacional».

Es “cogío# que estamos, no parece haber escapatorias porque esas conductas los primeros en legitimarlas y justificarlas son los propios ciudadanos, los votantes, los perjudicados con unas acciones que dañan toda la nación.

La verdad que no se ve clara la salida a esta situación que genera una gran incertidumbre, ya que es muy poco lo que sirve.

Haga una reflexión y escoja el escenario que le parezca y comprobará que cualquiera se llena de pesimismo si es que usted ama el aspecto humano de la vida, de lo contrario tal vez no se alarme.

Continue Reading

Opinión

Es hora de frenar el monstruo…

Published

on

Por Isaías Ramos

El 14 de enero de este año, nuestra nación fue víctima de una de las peores ignominias que puede sufrir nuestra frágil democracia: la ruptura de nuestra Carta Magna. Con la promulgación de la Ley 1-24, que pretende instaurar la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), se busca intimidar a la población y consolidar una tiranía que creíamos superada hace más de seis décadas.

Esta ley desafía abiertamente la Constitución que nos rige. Según el artículo 261, el sistema de inteligencia debe estar subordinado a instituciones independientes, como las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, asegurando así su supervisión y alineación con el interés nacional. No obstante, el artículo 8 de la Ley 1-24 coloca la DNI directamente bajo el presidente, otorgándole un poder ilimitado que es tanto peligroso como inestable.

La historia nos ofrece lecciones claras sobre los peligros de un poder sin restricciones. Tácito, el historiador romano, advirtió: «El poder nunca es estable cuando es ilimitado». Este poder concentrado en una sola figura no solo va en contra de nuestras leyes fundamentales, sino que es una receta para el abuso y la corrupción.

Esta ley se levanta como un monstruo de múltiples cabezas que, de no ser detenido, destruirá los cimientos de esta débil democracia, llevándose consigo nuestra libertad y nuestros derechos más preciados: nuestra dignidad.

La implementación de esta ley podría llevarnos por un camino oscuro, similar al sufrido por ciudadanos en países como Nicaragua, Venezuela y Cuba, donde los servicios de inteligencia se han utilizado como herramientas para reprimir la disidencia y mantener a los líderes autoritarios en el poder.

La historia reciente de la activista de derechos humanos Rocío San Miguel, detenida arbitrariamente, y de algunos dirigentes de la líder opositora María Corina Machado en un país bajo un régimen con leyes similares, nos sirve como un presagio sombrío de lo que podría suceder aquí. Sus experiencias de miedo, represión y violencia son un claro recordatorio de lo que está en juego.

Es imperativo que reconsideremos esta legislación y evaluemos sus impactos potenciales no solo en nuestra seguridad, sino en nuestra libertad.

El Frente Cívico y Social (FCS) comprende profundamente estas consecuencias y, por eso, instamos a la población a tomar una postura firme. Si esta ley no es derogada o modificada para alinearse con nuestros principios constitucionales antes de las elecciones del 19 de mayo, llamamos a la ciudadanía a abstenerse de votar o emitir un voto nulo. Esta acción de desobediencia civil no es solo un derecho, sino un deber cívico.

El sistema actual nos desmoraliza, nos lleva a vivir en un estado de desestabilización y crisis, causando miedo y terror que nos quitan el poder de razonar y pensar en lo verdaderamente importante.

De continuar indiferentes ante este enorme desafío, visualizamos un futuro donde el miedo y la represión se convertirán en la norma, y donde las libertades que tanto costaron conquistar serán solo un recuerdo lejano. Frente a este escenario, debemos recordar que aún tenemos la oportunidad de redirigir el rumbo de nuestra nación.

Defender nuestra libertad es ahora. No podemos permitir que las sombras de un pasado autoritario oscurezcan nuestro presente y nuestro futuro. Alcémonos con valor y compromiso, preparados para actuar y proteger lo que más valoramos. Solo así podremos superar las adversidades y fortalecer los pilares de nuestra democracia.

En el FCS estamos muy claros de que el futuro está en nuestras manos, y el momento de actuar es ahora. No esperemos más para defender nuestro sistema democrático y asegurar un mañana más prometedor y justo para todos. ¡Despierta, RD!

Continue Reading

Opinión

La condena de cadena perpetua  impuesta por la Corte Penal Internacional

Published

on

Por Rommel Santos Díaz

El artículo 77 del Estatuto de Roma faculta a la CPI para imponer la condena de cadena perpetua, pero solo en aquellos casos en que se justifique debido a la extrema gravedad  del crimen y las circunstancias individuales del condenado.

De otra manera, la pena máxima para los delitos del Estatuto de Roma es de 30 años  de prisión. Algunas constituciones prohíben la cadena perpetua  o el término de 30 años de prisión  por considerar que estas penas  no prevén una oportunidad  para la rehabilitación, o que no son proporcionales  con la naturaleza del crimen.

Sería difícil argumentar que los largos periodos de prisión son desproporcionados  respecto a la mayoría de los crímenes de la competencia de la CPI, particularmente cuando la cadena perpetua  debe ser justificada  por la ̈extrema gravedad  del crimen ̈. Tal condena solo se impondrá a aquellos que tengan el más alto nivel de responsabilidad  en la comisión de los mas graves  crímenes, tales como  el genocidio.

Adicionalmente, el Estatuto de Roma prevé la posibilidad de la rehabilitación. Según el artículo 110, la Corte deberá  revisar todas las condenas de prisión cuando el recluso  haya cumplido las dos terceras partes  de la pena o 25 años de prisión en caso de cadena perpetua para determinar si esta puede reducirse.

En el punto anterior la CPI  considera estos aspectos como si la persona hubiese asistido  a la Corte con la localización de cualquier bien objeto de una multa, decomiso u órdenes de reparación que pudiesen beneficiar a la víctima.

La CPI también podrá tomar en consideración  ¨otros factores indicados en las Reglas de Procedimientos y Prueba, que permitan determinar un cambio en las circunstancias suficientemente claro  e importante como para justificar la reducción de la pena¨

Por consiguiente una cadena perpetua  podría reducirse  a 25 años de prisión en algunos casos. Si la CPI decide no reducir la sentencia de la persona después de la primera revisión, volverá a examinar la cuestión con la periodicidad y con arreglo  a los criterios indicados en las Reglas de Procedimientos y Prueba.

Durante las negociaciones sobre las penas de la CPI, muchos Estados estuvieron a favor de la aplicación de la pena de muerte en los casos extremos. El numero de Estados con pena de muerte  es poco menor que el de aquellos que no tienen pena de muerte.

No existe la oportunidad  para rehabilitación alguna cuando se impone la pena de muerte. Por ende la cadena perpetua con la posibilidad de reducirla a 25 años, es un compromiso  razonable entre la pena de muerte y la prisión máxima de 30 años.

Los Estados deberán recordar que el artículo 80 del Estatuto de Roma expresamente establece que el Estatuto no afecta la aplicación por parte de los Estados de aquellas penas prescritas por su propio derecho interno , ni afecta la ley de aquellos Estados  que no impongan las penas prescritas en el Estatuto de Roma.

Los Estados Partes no deben imponer las mismas penas por los mismos delitos en su jurisdicción, ni deberán aplicar las condenas de prisión  a no ser que voluntariamente lo quieran hacer. En este caso, los Estados podrán también especificar las condiciones bajo las cuales  aceptarían a las personas condenadas, inclusive la condición de no aplicar la cadena perpetua.

Por consiguiente, los Estados Partes que cuenten con las disposiciones constitucionales que prohíban la imposición de la cadena perpetua  solo necesitaran permitir la excepción de entregar a la persona a la CPI, pese a que tal persona pueda ser condenada a cadena perpetua.

Los Estados Partes del Estatuto de Roma deberán entregar a la persona acusada a la CPI cuando ésta así lo solicite, aún si existe la posibilidad de que dicha persona sea condenada a cadena perpetua.

En el caso de muchos Estados, la potestad de la CPI para imponer la cadena perpetua no necesitará la aplicación de medidas legislativas particulares. Sin embargo, en algunos Estados la constitución explícitamente prohíbe la extradición de una persona a un Estado  donde se aplica esta pena , o que declara la cadena perpetua como un castigo cruel. Estos Estados cuentan con dos opciones:

  1. a)Establecer claramente, en la norma que implemente el Estatuto, la distinción entre la extradición de una persona a otro Estado y la  entrega de una persona a la Corte Penal Internacional.

Algunos Estados podrán realizar esta distinción en su legislación, lo cual les permitiría entregar personas a la CPI aunque existan una restricción  a la ¨extradicion¨de personas a tribunales que impongan la pena de cadena perpetua. Esto les permitiría mantenerla prohibición de extraditar una persona a un tribunal extranjero, sin interferir con la habilidad de cooperar plenamente con la CPI.

  1. b)La reforma a la Constitución podría ser mínima, dirigida solo a la introducción de una excepción al principio. Podría especificarse que la cadena perpetua impuesta por la CPI de conformidad con el Estatuto de Roma para algunos de los crímenes allí enumerados no viola la Constitución.

Debería también mencionarse  que el Estado puede entregar a la persona acusada a la CPI a pesar de que exista la posibilidad de la cadena perpetua. La enmienda constitucional  podría también mencionar que la CPI puede reducir la condena  después de 25 años, existiendo así la posibilidad de la rehabilitación.

Finalmente, la ventaja de una  reforma constitucional que elimina cualquier posibilidad de un conflicto normativo, garantiza que los tribunales nacionales dicten sus fallos de conformidad con sus obligaciones legales establecidas en el Estatuto de Roma.

Rommelsntosdiaz@gmail.com

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group