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46% de conductores dio positivo a prueba de alcoholemia hecha por DIGESETT

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SANTO DOMINGO.- Un 46 % de los conductores evaluados en el primer punto de revisión de alcoholemia, dio positivo a la presencia de alcohol en su organismo, después de una prueba inicial cualitativa o de tamizaje realizada por la Unidad de Alcoholimetría de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT).

En total, se evaluó a 65 conductores de manera aleatoria, resultando que 30 reflejaron presencia de alcohol en el organismo en la prueba inicial cualitativa o de tamizaje, mientras que los 35 restantes dieron negativo.

De los 30 conductores cuya evaluación cualitativa arrojó presencia de alcohol en el organismo,  en una segunda prueba cuantitativa o evidencial, 17 resultaron con un grado superior al legal permitido por la Ley 63-17, que es 0.25 mgr/l en el aire espirado, lo que equivale a un 57% del total; mientras que 13 conductores ( 43 % ), dieron niveles por debajo del legalmente establecido en esa segunda prueba, por lo que pudieron marcharse hacia sus respectivos destinos.

En resumen, el informe realizado por el Observatorio Permanente de Seguridad Vial del INTRANT (OPSEVI), con datos recogidos por la DIGESETT, indica también que de los 17 conductores que sobrepasaron el límite de alcohol legal permitido, cinco lograron disminuir su grado de alcoholemia luego de las horas de espera establecidas por la Ley, y 12 pudieron marcharse con familiares y/o relacionados que se responsabilizaron de llevarlos a su destino final, ya que no alcanzaron disminuir el nivel de alcohol, como lo establece el Párrafo I del Artículo 259 de la Ley 63-17.

Asimismo, el comunicado expresa que del total de conductores que arrojó resultados positivos respecto a la presencia de alcohol en la prueba inicial cualitativa o de tamizaje, 22 resultaron ser hombres y ocho mujeres, mientras que de los que permanecieron en observación hasta bajar los niveles de alcohol en su organismo, 13 fueron hombres y 4 mujeres.

El Artículo 259 de la Ley 63-17 expresa que “las pruebas del alcoholímetro serán efectuadas sobre conductores y peatones que deberán espirar sobre el instrumento, con el propósito de detectar la presencia de alcohol en la respiración, y determinar el grado consumido. Párrafo.- Cuando la prueba del alcoholímetro resulte positiva, el agente de la DIGESETT podrá mantener bajo vigilancia al conductor hasta por cuatro (4) horas. Sin embargo, el conductor podrá marcharse inmediatamente si se presenta un familiar o relacionado que se responsabilice de llevarlo a su destino”.

El operativo, llevado a cabo por agentes de la DIGESETT y supervisado por el INTRANT, tiene como propósito educar a la ciudadanía sobre los efectos negativos de conducir en estado de ebriedad, por lo que durante esta fase no se aplicará sanción económica, sin embargo, el proceso de implementación se realiza tal y como lo establece la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

“Se prohíbe a los conductores de vehículos ingerir bebidas alcohólicas mientras transitan por las vías públicas, o conducir en estado de embriaguez. Las personas que incurran en la violación a esta disposición serán sancionadas con una multa equivalente de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado y la reducción de los puntos de la licencia que determine el reglamento, sin perjuicio de las disposiciones relativas a la suspensión y cancelación de la licencia de conducir”, así lo establece el Artículo 256 de la Ley 63-17.

Para llevar a cabo la implementación de los puestos de revisión, el INTRANT, conjuntamente con la DIGESETT, desde el 2017 ha agotado un arduo proceso de entrenamiento y capacitación técnica y metodológica, de la mano del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional y la Investigación (UNITAR), la IARD y el Centro Internacional de Formación de Autoridades y Líderes (CIFAL).

Para implementar los puntos de revisión de alcoholemia en las vías, el INTRANT entregó a la DIGESETT ocho alcoholímetros evidenciales y 32 de tamizaje, así como todos los elementos que conllevan los puntos de revisión, como chalecos, conos, luces reflectoras, reductores de velocidad, carpas, planta eléctrica, cámaras corporales, entre otros, recibidos como donación de la IARD y la Industria Licorera Regional y Loca.

noticiassin.com

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Nuevo juicio contra Wander Franco por abuso sexual inicia este viernes en Puerto Plata

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Santo Domingo, R.D.-El nuevo juicio contra el pelotero dominicano Wander Franco por abuso sexual en perjuicio de una adolescente comenzará este viernes 20 de febrero en el distrito judicial de Puerto Plata, luego de que un tribunal de alzada anulara la sentencia de primera instancia que lo había condenado a dos años de prisión suspendida.

La decisión fue adoptada por la Corte de Apelación de la Cámara Penal del distrito judicial de Puerto Plata, que ordenó la celebración de un nuevo proceso tras acoger los recursos interpuestos por las partes contra la sentencia emitida el 27 de junio de 2025 por el Tribunal Colegiado de esa jurisdicción.

El tribunal de alzada, integrado por los jueces Onasis Pelegrín, Xiomara Tineo y Juan Suardi, dispuso reiniciar el conocimiento del caso desde la etapa de juicio, para que nuevos magistrados valoren las pruebas y apliquen el derecho correspondiente.

La madre de la menor

En el nuevo proceso también participará Martha Vanessa Chavalier, madre de la víctima, cuya condena de 10 años de prisión fue igualmente anulada. En la sentencia original había sido declarada culpable de explotación sexual comercial y lavado de activos.

En primera instancia, Franco fue condenado por violar el artículo 396, literales b y c, del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia, contenido en la Ley 136-03 sobre protección de niños, niñas y adolescentes.

  • La pena impuesta fue de dos años de prisión bajo suspensión, además del pago de 10 salarios mínimos y las costas penales.

Tras la sentencia inicial, el Ministerio Público apeló al considerar insuficiente la pena impuesta a Franco, mientras que tanto el pelotero como Chavalier recurrieron el fallo por no estar conformes con la decisión. Como resultado, la Corte de Apelación dispuso la celebración de un nuevo juicio.

La audiencia está programada para comenzar a partir de las 9:00 de la mañana, conforme al calendario establecido por el tribunal.

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Caso Medusa: Defensa de Alfredo Solano arremete contra Ministerio Público y denuncia desinformación sobre juicio

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Santo Domingo. – Los abogados del exsubdirector financiero de la Procuraduría General de la República, Alfredo Solano Augusto, rechazaron las afirmaciones del Ministerio Público, que mediante una nota de prensa atribuyó a la defensa la presentación de incidentes con fines dilatorios en el proceso judicial que también involucra al exprocurador Jean Alain Rodríguez.

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Los juristas Manuel Sierra e Ybo René Sánchez Díaz aclararon que, durante la audiencia celebrada el pasado 18 de febrero, la jueza del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Claribel Nivar Arias, no emitió reproches contra los abogados defensores, sino que exhortó a las partes a sintetizar sus exposiciones con el propósito de agilizar el conocimiento del caso, dada su complejidad y volumen.

“El Ministerio Público miente al denunciar supuestas tácticas dilatorias. Se trata de la exposición de medios de defensa que el propio tribunal autorizó mediante la resolución 00034/25 a favor de los acusados”, expresaron los togados.

Debate sobre la duración del proceso

La defensa recordó que la investigación fue iniciada el 20 de agosto de 2020 y que el caso ha atravesado diversas etapas judiciales desde entonces. Señalaron que la extensión del expediente, que supera las 12 mil páginas, ha incidido en la duración del juicio.

El Ministerio Público, por su parte, ha señalado en comunicaciones públicas que algunos incidentes presentados por las defensas han contribuido a retrasos en el desarrollo del proceso.

Asimismo, insistieron en que no se produjeron los alegados reproches por parte del tribunal y que la magistrada únicamente solicitó mayor síntesis en las exposiciones para facilitar el avance del juicio.

“Por tanto, no es cierto los alegados reproches para que los abogados organicen sus incidentes, y muchos los supuestos retrasos o dilaciones a cargo de los abogados. Se trata de una información distribuida mediante nota de parte del MP, de forma malintencionada con el fin de esconder sus fracasos en el caso Jean Alain Rodríguez”, expresaron Sierra y Sánchez.

Antecedentes procesales

Los juristas recordaron que, durante la audiencia preliminar celebrada en enero de 2023 ante el Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, el tribunal rechazó planteamientos similares sobre supuestas tácticas dilatorias atribuidas a la defensa.

El proceso continúa su curso ante el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, donde se conocen las acusaciones del Ministerio Público y los argumentos de las defensas. Hasta el momento, no se ha emitido una decisión definitiva sobre el fondo del caso.

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Mirna Ortiz recomienda a Gonzalo Castillo «no comer ansias» y asegura que el caso irá a juicio

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Santo Domingo, R-D–La titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, calificó como prematuras las afirmaciones de la defensa de Gonzalo Castillo sobre una supuesta falta de pruebas y aseguró que el órgano persecutor «desmontará cada una de las falsedades» presentadas en el tribunal.

Al responder a los argumentos de los abogados defensores, quienes afirmaron que el expediente está «blindado con algodón» y que el caso no llegará a juicio de fondo, la magistrada Ortiz recomendó al exministro de Obras Públicas «no comer ansias».

Puntualizó que el Ministerio Público aún no ha producido su réplica contra Castillo, proceso que tendrá lugar el próximo miércoles 25, ante la jueza Altagracia Ramírez, del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.

Gonzalo Castillo, se mantiene sin confirmar sus aspiraciones para los comicios presidenciales 2028.

Gonzalo Castillo, exministro de Obras Públicas acusado de participar en entramado de corrupción durante su mandato. .Instagram

La magistrada señaló que, durante la jornada de este miércoles, el Ministerio Público presentó evidencias que detallan el entramado de corrupción que presuntamente operaba desde el Ministerio de Hacienda durante la gestión de Donald Guerrero.

Según Ortiz, el grupo de funcionarios bajo investigación utilizó una estructura, en parte dirigida por Ángel Lockward, para ejecutar pagos millonarios de forma irregular, los cuales superaban el 65 % de lo que supuestamente se adeudaba a los presuntos acreedores.

Para la Pepca, es evidente que el único objetivo de esta estructura era obtener dinero público de manera fácil y rápida a través de maniobras fraudulentas que, a juicio de Ortiz, han quedado plenamente demostradas con las evidencias presentadas ante el tribunal.

El proceso se reanudará el miércoles 25, fecha en la que el Ministerio Público presentará su réplica contra los alegatos de la defensa de Gonzalo Castillo.

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