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Economía

Entran en vigencia normas contra el lavado de activos para casinos y bancas

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SANTO DOMINGO. Los casinos, las bancas de lotería y de apuestas deportivas y las concesionarias de lotería están obligadas desde finales del mes pasado a reportar e, incluso, a investigar las fuentes de los fondos que reciben de clientes que puedan resultar sospechosos de lavado de dinero, según una nueva resolución que emitió el Ministerio de Hacienda antes de terminar el año 2017.

De acuerdo con la normativa 2004-2017 publicada por el despacho de las finanzas públicas, sobrepasar el umbral de US$3,000 diarios o su equivalente en pesos o monedas virtuales, ya sea en una única operación o en varias que sumen ese monto, supondrá para esos negocios la obligación de reportar la operación.

Para lograrlo, las compañías de apuestas deberán definir un procedimiento que involucre sistemas de información sobre sus clientes y también de alertas y verificaciones en listados internacionales a personas relacionadas con lavado de dinero y financiación al terrorismo.

La normativa paraguas que define la prevención de estos delitos —la Ley 155-17— señala que todos los sujetos obligados deben hacer la “debida diligencia”, que no es otra cosa que el reporte a tiempo cuando ocurre una operación inusual o sospechosa.

Por ejemplo, de acuerdo con la normativa recién publicada por el Ministerio de Hacienda, los casinos deben hacer el informe al momento del pago de premio, ticket o cash out, así como compra o cambio de fichas que superen el umbral de los US$3,000 diarios.

Por su parte, para las bancas de lotería, la debida diligencia deberá ocurrir cuando el cliente presente el instrumento —voucher, ticket, entre otros— para reclamar un premio por encima del monto indicado antes.

Si los casinos, las bancas de lotería y de apuestas deportivas consideran que hay riesgos mayores de lavado de activos o de financiación al terrorismo deberán, incluso, investigar la fuente de los fondos del cliente sospechoso, establecer un seguimiento a las operaciones que realice y verificar su reputación en fuentes confiables, entre otros requisitos.

En el caso de las personas expuestas políticamente (PEP), que se refiere a funcionarios o sus familiares cercanos, la alta gerencia de esos negocios debe autorizar la relación con esos clientes y, en caso de que se dé el visto bueno, monitorear permanente el vínculo comercial.

La prohibición de la 155-17

El umbral de US$3,000 como señal de alerta se define en la resolución dada a conocer por el Ministerio de Hacienda. La Ley 155-17 prohíbe apostar más de RD$250,000, que equivalen a unos US$5,200 a la tasa actual.

diariolibre.com

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Economía

El dólar era vendido este jueves a 60.25 pesos en Rep. Dominicana

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Santo Domingo, R.D.- El dólar era vendido este jueves a 60.25 pesos en República Dominicana.

El Banco Central fijó el cambio para de la siguiente manera:

Compra: 60.05

Venta: 60.25.

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Economía

El Ministerio de Trabajo revela los días feriados del 2025

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio de Trabajo informó este jueves cuales serán los días feriados del calendario para este 2025 en el país, dando cumplimiento a la Ley 139-97, la cual establece el traslado de algunos días para que puedan ser disfrutados por la población, en especial, por la clase trabajadora.

A través de nota de prensa, la entidad recordó que la ley establece el traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes.

«La ley fue publicada en la Gaceta Oficial 9957, de fecha 25 de junio de 1997, entró en vigor el 27 del mismo mes y año, por lo que, de conformidad con lo establecido por nuestra legislación, debe ser aplicada en todos los establecimientos del país», dice el documento.

En esta ocasión, el Ministerio de Trabajo resaltó solo dos fechas que deben ser trasladadas, los demás días se celebrarán en su fecha original.

Los días feriados del 2025 se aplicarán de la siguiente manera:

El miércoles 1 de enero, fecha de celebración de Año Nuevo, no se cambia.

El lunes 6 de enero, día de los Santos Reyes, no se cambia.

El martes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.

El domingo 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, no se cambia.

El jueves 27 de febrero, día de la Independencia Naciónl es inamovible.

El viernes 18 de abrilViernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo, inamovible.

El jueves 1 de mayo, día del Trabajo, se trabaja y se cambia para el lunes 05 de mayo.

El jueves 19 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.

El sábado 16 de agosto, día de la Restauración de la República, no se cambia.

El miércoles 24 de septiembre, día de Nuestra Señora de las Mercedes, no se cambia.

En tanto que, el jueves 06 de noviembre, día de la Constitución, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de noviembre.

El jueves 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.

Puntos para entender por qué algunos días se cambian, según la Ley 139-97:

Traslado de días feriados a lunes:

  • Los días feriados que caen entre martes y viernes se trasladarán al lunes más cercano. Esto incluye feriados como:
  • Día de Duarte (26 de enero)
  • Día del Trabajo (1 de mayo)
  • Día de la Constitución (6 de noviembre)
  • Si el día feriado cae en sábado, domingo o lunes, se mantiene en esa fecha.

Excepciones: algunos días festivos se celebran siempre en su fecha original, sin traslado. Estos son:

  • Día de la Independencia Nacional  (27 de febrero)
  • Viernes Santo (fecha variable)
  • Día de la Restauración (16 de agosto)
  • Día de la Virgen de la Altagracia (21 de enero)
  • Día de Navidad (25 de diciembre)

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Economía

Moody’s, Standard & Poor’s y Fitch Ratings mantienen sin cambios su evaluación riesgo país RD

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Las firmas calificadoras Moody’s, Standard & Poor’s y Fitch Ratings mantuvieron sin cambios su evaluación sobre la economía dominicana, según el último informe trimestral de riesgo-país, publicado por la Secretaría Ejecutiva del Consejo Monetario Centroamericano (Secmca).

Según la publicación del Informe de Riesgo País, tercer trimestre 2024, cortado a septiembre, su evaluación al alza está condicionada a la implementación de medidas de política que fortalezcan la flexibilidad fiscal y mejoren la composición, por moneda, de la deuda gubernamental, para futuras revisiones.

También, el retorno a alto crecimiento (en el contexto de estabilidad externa y macroeconómica) que conlleven a una convergencia del PIB per cápita con países con mejores calificaciones.

A la baja, no obstante, señalan que es necesario considerar “si hubiese un fuerte deterioro de las razones de deuda gubernamental a PIB y de intereses a ingresos; por ejemplo, a través de un relajamiento de la política fiscal, menor crecimiento al esperado o pérdidas financieras de las empresas de electricidad estatales”.

El informe precisa que al tercer trimestre 2024, no se realizaron revisiones para el país, por lo cual las calificaciones se mantienen en ´BB-´ positiva de Fitch, ´Ba3´ positiva de Moody´s y ´BB´ estable de S&P.

Deuda

La deuda pública se situó en US$73,419.2 millones a abril de 2024, con una tasa de crecimiento de 1.46%.

• Historial de robusto crecimiento económico.

• Matriz exportadora diversificada.

• Altos indicadores sociales y PIB per cápita.

Centroamérica

Para el cierre del tercer trimestre del año 2024, la agencia calificadora de riesgo Moody’s realizó revisiones y actualizaciones en las calificaciones de deuda soberana y perspectivas de riesgo país para Costa Rica y Guatemala, señala la publicación.

En Costa Rica, la revisión fue al alza en su calificación de riesgo, mientras que, para Guatemala, la revisión consistió en una reafirmación tanto de su calificación de deuda como de perspectiva de riesgo país.

No obstante, en octubre, Standard & Poor’s elevó la calificación de Nicaragua, pasando de ‘B’ a ‘B+’ con perspectiva estable.

Las revisiones se realizaron tomando en cuenta el desempeño de indicadores como la evolución de la actividad económica, déficit fiscal, necesidades de financiamiento (local y externo), análisis de ratios deuda pública/PIB, de intereses de deuda/ingresos fiscales, e indicadores del sector externo, entre otras.

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