Opinión
El por qué de la impunidad de la hiper-corrupción
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6 años agoon
Por Narciso Isa Conde
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Los principales protagonistas y beneficiarios de la gran corrupción ejercen el poder de la clase dominante, del gobierno, del Estado, de la partidocracia…A nivel civil, policial, militar, político y empresarial.
No es una facción o sector, es un sistema con diversos mecanismos.
Tampoco se trata de una sola modalidad de robo de presupuestos, deudas públicas y patrimonios territoriales (suelos, subsuelos y sobre-suelos), sino de todas.
En ellas participan y se auto-protegen grandes corporaciones y empresas de factura criolla y transnacional, cúpulas de los partidos que han gobernado y jefes policiales y militares de turno; todos bendecidos por jerarquías eclesiales inescrupulosas y todos defendidos por grandes medios, espacios y redes de comunicación a su servicio. Y mientras más arriba se ubican, mayores beneficios obtienen de esas prácticas.
- EJEMPLOS
Los carteles de la corrupción más prominentes son los de la construcción, las drogas, los combustibles y las importaciones de alimentos. Hoy me voy a referir a solo dos de ellos: construcción y drogas, asegurándoles que aquellos que obvio en este artículo arrojan resultados parecidos a estos dos.
En el escándalo ODEBRECH bloqueado -como ha sido develado en detalles por el INFORME DE ALICIA ORTEGA y otras denuncias y delaciones- por el pro Presidente de la República, su Procurador General y su Poder Judicial, están involucrados dos ex-presidente, el presidente de turno, altos funcionarios, dirigentes políticos del PLD-PRD-PRM, grandes empresarios de viejo y nuevo cuño, legisladores, lobistas, tecnócratas…
Si no fuera así, no se saca del expediente a los jefes de la operación, al proyecto Punta Catalina completo, la financiación electoral, la sobrevaluaciones, la mayoría de los sobornos, las delaciones premiadas y las pruebas obtenibles en Brasil y a nivel internacional…
Igual pasa con el caso de los SÚPER-TUCANOS y el Presidente Fernández.
O con Miguel Vargas y los TRES BRAZOS.
O con las quiebras fraudulentas de grandes bancos.
Pero si nos vamos a la narco-corrupción, ahí se pone más fea la cosa.
Leonel Fernández recibió en su despacho a Arturo Del Tiempo Márquez (capo del narco español apresado en Barcelona. Igual, se reunió varias veces con Nelson Solano (el ZAR CARIBEÑO de la heroína).
Las fotos están ahí.
En el caso del cartel Quirino, cuyo hermano confesó que financió campañas del PRD, PLD y PRSC, la figura militar mas conspicua fue el general Florentino y Florentino, un hombre del Presidente Fernández, protegido por él después de sindicado.
Además, la complicidad de una gran empresa de la Zona Franca de Santiago, salió a relucir en las investigaciones y rápidamente el hecho fue ignorado por las autoridades.
Igual fueron protegidos los generales del entorno del Presidente Hipólito Mejía que se asociaron a Quirino y que hasta le dieron rango militar.
Pero también pasó con los fuertes vínculos del capo Figueroa Agosto con la DNI, el Gobierno de Leonel Fernández y el Embajador estadounidense Hans Hertell
En el caso de los asesinatos de Paya y el cargamento de droga desaparecido, el Contralmirante Ventura Bayonet, de vieja data en esos menesteres (ver “Confesiones Amordazadas”), actuó desde la Marina como cómplice y encubridor de esa banda criminal. Y el presidente Fernández le garantizó impunidad.
La extradición del coronel Hilario develó como opera el mafioso Departamento de Operaciones de la DNCD en combinación con los carteles de la droga.
Por encima de ellos, más cerca de Leonel, estuvieron dos generales que desde la jefatura de la FFAA y la GUARDIA PRESIDENCIAL se repartieron por un trecho largo el control de las Fuerzas Armadas y sus negocios ilícitos, incluido el narco-tráfico.
Dos ministros civiles, de Obras Publicas, Industria y Comercio y luego Turismo, fueron cómplices de Florentino y Florentino, Margarita Gómez (la decoradora) y Quirino. Uno de ellos se estrenó con el escándalo Mazurca en la Lotería Nacional.
Ninguno ha sido tocado, ni por el gobierno y la Justicia de Leonel, ni por Danilo y sus cortes.
- NEGOCIANDO IMPUNIDADES.
¿Puede esperarse entonces otra cosa que no sea que GONZALO CASTILLO, alto jerarca de la corrupción de ODEBRECHT, lance su precandidatura a la Presidencia del país respaldada por destacados magnates de la corrupción privada?
La corrupción, queridos/as lectores/as, es poder en este país.
Es sistema, incluido su sistema judicial.
Es acumulación ilícita de capital desde el Estado y desde el cogollo empresarial.
Y en esta trampa electoral se están negociando, renegociando y reacomodando impunidades a nivel del oficialismo y a nivel de la degradada oposición tradicional.
Las pugnas son por más o menos garantías de uno y de otros.
Por eso pretender cambiar esencialmente el poder de la corrupción y su auto-impunidad en los comicios del 2020, tal y como están programados, es una “ilusión pantera” más allá de ciertos espejismos y adornos.
Por Isaías Ramos
En el artículo anterior, “Cuando trabajar no alcanza”, mostramos lo esencial: en nuestro país hay trabajadores a tiempo completo que, aun cumpliendo con todo, no alcanzan el costo de la canasta básica. Hoy toca cerrar el círculo con una pregunta inevitable: si el Estado asegura que no tiene margen para indexar el ISR ni para acercar los salarios a la canasta, ¿cómo sí lo tiene para blindar exenciones y subsidios que ya rondan el medio billón de pesos al año?
La comparación es contundente: alrededor de RD$19 mil millones para cumplir la indexación —lo mínimo para que la inflación no se coma el salario por la vía del impuesto— frente a más de RD$500 mil millones en gasto tributario y subsidios no focalizados. Esa diferencia no es técnica; es moral. Es un impuesto silencioso al trabajo para sostener privilegios que casi nunca rinden cuentas.
No hablamos de milagros, sino de coherencia constitucional.
Primero derechos; después privilegios.
La indexación es justicia básica; que el salario cubra la canasta es dignidad mínima. Cuando eso no ocurre, todo lo demás se convierte en una transferencia regresiva: recursos públicos arriba y salarios de subsistencia abajo.
Lo vemos en historias como la de Marta, cajera en una tienda que abre seis días a la semana. Gana el salario mínimo del tramo superior y aun así no le alcanza para transporte, alimentos y educación básica de sus hijos. Todos conocemos una Marta. Su caso no es la excepción; es el reflejo de un modelo.
Reconocemos, sin ambigüedades, que ciertos sectores han traído inversión y empleo. Pero en un Estado Social y Democrático de Derecho, la prioridad no se discute: derechos primero, incentivos después. Si un sector recibe exenciones millonarias durante décadas, la contrapartida mínima es un salario mediano por encima de la canasta y una reducción verificable de la informalidad. Y si los beneficios se justifican por su aporte, ese aporte debe comprobarse con datos públicos.
Las preguntas son simples, y las respuestas deberían serlo también:
- ¿Cuál es su salario mediano y qué parte de la canasta cubre?
- ¿Cuál es su aporte fiscal neto, descontadas exenciones y transferencias?
- ¿Qué metas salariales y de formalización han cumplido —auditadas y con plazos—?
Si esas respuestas no existen, la falla no está en quien critica, sino en un modelo que evita mirarse al espejo.
Cuando miramos la región, el panorama se vuelve más claro y más crudo. Llevamos décadas creciendo alrededor de 5 % anual, más del doble del promedio latinoamericano. Sin embargo, datos del Banco Mundial muestran que menos de 2 % de los dominicanos ascendió de grupo de ingreso en una década, frente a un 41 % regional. Es una de las movilidades más bajas de América Latina: un motor económico de alta potencia montado sobre una carrocería social demasiado frágil.
A eso se suma un mercado laboral con alrededor de 55 % de informalidad, superando un promedio regional que ya bordea la mitad. Millones de personas trabajan sin contrato, sin protección y sin capacidad de negociación. Mientras tanto, el salario mínimo formal del sector privado no sectorizado —según el tamaño de la empresa— oscila hoy entre unos RD$16,000 en las microempresas y cerca de RD$28,000 en las grandes, y ni siquiera en su tramo superior alcanza el costo de la canasta familiar nacional, que ronda los RD$47,500, ni la canasta del quintil 1, situada en torno a RD$28,400. La mayoría de los trabajadores informales ni siquiera se acerca a esos montos.
Ahí está el nudo del modelo: un PIB que corre por delante del promedio regional, con salarios más bajos, más informalidad y menor movilidad que casi todos. Ahí es donde la retórica del “milagro” deja de coincidir con lo que millones viven cada día: jornadas largas, ingresos insuficientes y un crecimiento que no se traduce en dignidad.
Y, mientras tanto, la indexación —que solo evita que el impuesto castigue el salario— se presenta como inalcanzable. No lo es. Lo inalcanzable es pretender estabilidad congelando la protección del trabajador mientras se blindan privilegios que nadie revisa con lupa desde hace décadas. Eso no es estabilidad; es un subsidio a la precariedad.
La discusión no es “si hay dinero”, sino de dónde es justo que salga.
¿De quienes ya no pueden más, o de exenciones que llevan medio siglo sin evaluación seria?
¿De la nómina de la clase trabajadora, o de regímenes especiales convertidos en vacas sagradas?
En el Frente Cívico y Social entendemos que la guía es simple y está escrita en la Constitución. El artículo 62 establece, entre otras cosas, que es finalidad esencial del Estado fomentar el empleo digno y remunerado y, en su numeral 9, consagra el derecho a un salario justo y suficiente para vivir con dignidad. No es poesía; es mandato. Si el salario mediano de un sector no cubre la canasta, ese sector no cumple con la dignidad mínima. Y si además recibe exenciones, la obligación de rendir cuentas es aún mayor.
Y porque no hay dignidad sin desarrollo, no olvidemos lo esencial: salario digno es demanda interna, productividad futura y estabilidad social. Con sueldos de miseria no se construye un mercado interno robusto, no se fortalece el capital humano, no hay escalera de movilidad. Lo que se “ahorra” hoy en salarios bajos se paga mañana en menor crecimiento y mayor conflictividad.
En una frase: un país que se respeta no pone el privilegio por encima del salario, ni el incentivo por encima de la dignidad. Cuando la política honra esa jerarquía, la estadística deja de ser consuelo y se convierte en vida vivible.
Despierta RD.
Las escaseces de divisas, alimentos, medicamentos, salarios y servicios públicos, como la electricidad, etc., predominan y se agravan en Cuba, donde no ha estallado una poblada contra el orden socio-político instaurado principalmente por la comprensión ciudadana del inhumano bloqueo económico-financiero y comercial de Estados Unidos y su inspiración en el líder histórico de su Revolución, Fidel Alejandro Castro Ruz. Ese prodigio comprueba el poder de la ideología y la herencia de los sistemas de valores como pilares para mantener el control del Estado.Opinión
La Corte Penal Internacional y los tribunales penales internacionales (2 de 2)
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14 horas agoon
diciembre 5, 2025Por Rommel Santos Diaz
La naturaleza sui generis de los tribunales Ad-Hoc los constituye al mismo tiempo como jurisdicciones que tienen un carácter limitado tanto ratione temporis como ratione loci.El Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia solo tiene competencia para juzgar los crímenes cometidos a partir del 1 de enero de 1991 en el territorio de la Ex República Federal Socialista de Yugoslavia mientras que el Tribunal Penal Internacional para Ruanda tiene una competencia temporal aún más restringida dado que sólo puede juzgar los crímenes cometidos durante el año 1994 en el territorio de Ruanda.
Por su parte, la Corte Penal Internacional es un tribunal permanente que tiene una competencia ratione temporis de carácter prospectivo, vale decir, se aplica sólo a los crímenes cometidos luego del 1 de julio del 2002, fecha de la entrada en vigor de su Estatuto. Además, su competencia ratione loci se basa en el principio de territorialidad y no en el principio de jurisdicción universal.
Por otro lado, conviene destacar que la forma de creación de los tribunales penales internacionales determina a su vez el modo como estos tribunales internacionales se relacionan con las jurisdicciones internas.
Así por ejemplo, la Corte Penal Internacional se rige por el principio de complementariedad en relación a la jurisdicción interna de los Estados. Esto tiene particular relevancia en los casos de competencia concurrente con la jurisdicción nacional, dado que la jurisdicción del Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia y del Tribunal Penal Internacional no es complementaria de la jurisdicción nacional, sino que en su lugar se trata de una jurisdicción internacional que tiene primacía sobre las instancias nacionales.
Lo anterior permite que en cualquier estado de un proceso ante un tribunal nacional tanto el Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Ruanda puedan requerir a los tribunales nacionales la remisión del caso a sus respectivas competencias.
En relación a la existencia de mecanismos de cooperación judicial entre los tribunales penales internacionales, es pertinente subrayar que esta instituciones responden a principios distintos de aquellos que son propios del derecho penal internacional propios del derecho internacional privado y es en esta línea conservadora que ninguno de los estatutos de los tribunales internacionales contiene disposiciones específicas sobre cooperación entre ellos.
Así por ejemplo, el Estatuto de Roma regula las relaciones de cooperación y asistencia judicial sólo entre los Estados Parte y la Corte Penal Internacional y conforme al Artículo 2 de su Estatuto, se prevé en virtud del acuerdo entre la CPI y las Naciones Unidas, relaciones de cooperación con esta organización internacional.
Por tanto, el tratado de Roma no contiene referencias relativas a la forma como la Corte Penal Internacional podría vincularse con otros tribunales del sistema de justicia penal internacional.
Finalmente, tal como se observa en las líneas precedentes no existe un vínculo normativo entre la Corte Penal Internacional y los tribunales Ad-Hoc . No obstante, es innegable que la valiosa y extensa jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Ruanda servirán como referente en el desarrollo del trabajo jurisprudencial de la CPI.
