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Abinader y el PRM se consolidan y podrían ganar en primera vuelta

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El colapso de las elecciones municipales del 16 de febrero parece haber generado una avalancha contra el partido gobernante y su candidato que aparece a la deriva al perder preferencias en cuatro encuestas independientes entre enero y febrero

Las encuestas Greenberg para el Diario Libre y la de MarkPenn-SIN, publicadas esta semana muestran un afianzamiento de la candidatura presidencial del  Partido Revolucionario Moderno (PRM), que por primera vez aparece con preferencias que le permitirían triunfar en la primera vuelta de las elecciones presidenciales de mayo próximo.

Por su parte el Partido de la Liberación Dominicana y su candidato presidencial Gonzalo Castillo lucen a la deriva, en relación a las preferencias del mes de enero pasado, con una acentuada distancia del primer lugar, lo que se atribuye en parte al colapso de las elecciones municipales del 16 de febrero.

Encuesta independiente  

La Greenberg para el Diario Libre, publicada esta semana, es la tercera  encuesta independiente de los partidos, y una cuarta auspiciada por un grupo empresarial, no publicada, que en dos meses otorga una amplia ventaja a Luis Abinader en las preferencias para la elección presidencial de mayo. Es la primera que le otorga posibilidad de ganar en la ronda inicial, con 52 por ciento de las intenciones de voto. Las cuatro le marcan amplia ventaja en caso de ser  necesaria una segunda con Gonzalo Castillo de contrincante..

Resalta el curso ascendente que mantiene Abinader, en seis semanas, pasando de 43 por ciento que registró en la Mark-Penn a principio de enero, a 52 por ciento en la Greenberg, realizada entre el 21 y de 24 de febrero, para un incremento de 9 puntos, mientras Castillo se reducía en 4 puntos, de 28 a 24 por ciento, en el mismo lapso. Leonel Fernández perdió 2 puntos, del 19 al 17 por ciento.

Para la eventual segunda vuelta la ventaja del perremeísta ha sido cada vez más rotunda, ascendiendo 12 puntos, de 56 a 68 por ciento, frente al peledeísta, quien a su vez desciende 8 puntos, del 35 al 27 por ciento, para 41 puntos de diferencia. Las tres encuestas de enero midieron también a Abinader en segunda vuelta frente a Leonel Fernández, con resultado de 62 a 28 por ciento. La de febrero no contemplo ese escenario.

La Greenberg recoge la abrupta caída de las preferencias por el PLD, a la mitad desde abril del 2016, cuando 53 por ciento se identificaba con ese partido, mientras ahora sólo registró 27 por ciento. La opinión favorable por ese partido se redujo más abruptamente, cayendo 28 puntos, de 51 a 23 por ciento. En tanto, un 51 por ciento se mostró dispuesto a apoyar al PRM en las elecciones municipales. En la Gallup-HOY de enero, los dos partidos aparecieron empatados a 42.2 por ciento. El PRM ya registró mayor simpatía en la Mark-Penn 37 a 21 y en la empresarial 39 a 36 por ciento.

Ventaja en la municipal

La primera medición de una encuesta independiente sobre preferencias para las elecciones municipales fue también conocida esta semana, la de Mark-Penn limitada a sólo cuatro municipios, los tres mayores, Santo Domingo Este (SDE), Distrito Nacional (DN) y Santiago, así como Higuey. En tres saca ventaja el PRM, que aparece perdiendo en Santiago, donde el actual alcalde peledeísta Abel Martínez registra 40 por ciento frente a 32% del perremeísta Ulises Rodríguez, pero todavía con un alto 21 por ciento de indecisos.

Las candidaturas de Manuel Jiménez y Carolina Mejía del PRM en los dos municipios más grandes del país, SDE y el DN, superan la mitad con 52 y 53 por ciento, y en Higüey el perremeísta Rafael Duluc, apareció por encima de Karen Aristy, postulada por el PLD, por 44 a 39 por ciento.

El voto para senadores en esos municipios urbanos apareció dividido, con claras ventajas para la perremeísta Faride Raful, por 36 a 22, frente al peledeísta Rafael Paz (DN),  y para Amable Aristy, del Partido Liberal Reforimista-PLD, superando a Virgilio Cedano del PRM, por 53 a 27 por ciento en Higuey. Dentro del margen de error quedan las ventajas de Cristina Lizardo, del PLD, 33 a 30 por ciento, frente a Antonio Taveras Guzmán del PRM, (SDE), así como la de Eduardo Estrella, que por el PRM, por la mínima de  37 a 36 por ciento, frente a Julio César Valentín del PLD en Santiago.

La medición de Mark Penn/Stagwell fue en base a muestras para esos cuatro  municipios, que oscilaron entre 791 en SDE y 613 en Higüey, con margen de error entre 3.1 y 3.5 por ciento. Nadie ha medido preferencias municipales mayores, pero en base a las preferencias presidenciales, se cree que el PRM tendería a ganar en muchos de los mayores, y que el PLD sacaría ventajas, sobre todo por el poder estatal y local, en los medianos y pequeños. Aunque la ventaja de Abinader, pudiera alimentar sus candidaturas municipales.          

Motivos de una avalancha

Los registros de las cuatro encuestas independientes, se ratifican y son superados parcialmente en las investigaciones del Centro Económico del Cibao para el PRM, y en otras atribuidas al patrocinio oficialista. Todas marcan una avalancha en favor de Luis Abinader, que desde hace dos años empezó a emerger como favorito para el 2020.

Las causas recurrentes son el cansancio de la población con la gestión del PLD en los últimos 16 años y en 20 de 24, por el desgaste natural que genera el usufructo continuo del gobierno, precipitado por la división del PLD tras sus elecciones primarias del 6 de octubre, y más recientemente por el colapso de las elecciones municipales del 16 de febrero, que en gran proporción se le atribuye al poder gubernamental. En la Mark Penn hasta 25 por ciento responsabiliza al gobierno del fracaso, 18 al PLD y hasta 35 por ciento a la JCE, pero apenas llega al 4 por ciento los que lo atribuyen al PRM y el 6 a la Fuerza del Pueblo.

Desde hace cuatro años la valoración del gobierno y del PLD se han reducido aceleradamente en todas las mediciones independientes. En la Gallup-HOY de mayo del 2018, ya el 78 por ciento se pronunciaba por un cambio y el 58 por ciento pedía específicamente que gobernara otro partido. Ahora en la Greenberg el 77 por ciento desea ver el país en un rumbo diferente. Y 72 por ciento cree que el cambio lo representa Abinader. Es relevante que así opina el 75 por ciento de los menores de 30 años.

En la encuesta del Diario Libre resalta que la corrupción aparece como la mayor preocupación de los entrevistados, 45 por ciento, y más del 50 entre los menores de 30 años, seguido del desempleo y la seguridad ciudadana.         

Posibilidades de Abinader

Con un discurso moderado, fundado en propuestas de un equipo asesor de alto nivel en las materias básicas de economía, sociología y ciencias políticas, Abinader tiene muchas posibilidades de proseguir atrayendo votantes para alcanzar la presidencia en la primera vuelta. Las ventajas del poder podrían restarle algunos puntos en mayo. Pero parece muy difícil que pueda perder la ventaja de 41 puntos que le acaba de otorgar la encuesta Greenberg para la segunda vuelta en junio frente a su más cercano competidor, que en ese escenario está a 23 puntos del 50 por ciento.

La tendencia es más firme cuando se advierten las dificultades que ha tenido el candidato oficialista Gonzalo Castillo para desplegar sus potencialidades, con una imagen de favorabilidad muy reducida, de apenas 21 por ciento en la Greenberg. Otro factor que le perjudica severamente es que tiene a Leonel Fernández detrás, con 17 por ciento en esta encuesta, sólo 7 puntos menos. Las investigaciones indican que sólo una minoría de los leonelistas lo favorecerían en la eventual segunda vuelta, al considerar que fue fruto de  la imposición del poder estatal, lo que generó la división.

Hasta hace poco a Abinader se le veía con poco carisma y un discurso muy suave, pero ha superado su oratoria y se ha dedicado a formular propuestas sectoriales y pactó con otros 6 partidos y una coalición social unos Lineamientos Básicos para un Gobierno de Regeneración Nacional y sometió a consideración de la sociedad un proyecto de programa de gobierno a punto de quedar fraguado por sus técnicos.

El mismo economista y empresario ha pedido que no lo consideren un predestinado y que mientras aparece un nuevo mesías, lo tomen en consideración a él. No faltan quienes creen que al país le convendría pasar por varios presidentes que no lleguen con la aureola carismática y mesiánica que los impulsa a creerse imprescindibles llaneros solitarios, que en vez de dedicarse a gobernar para resolver los grandes problemas, lo supeditan todo a su “vocación de poder eterno”.    

Una gran oportunidad para el PLD

Las elecciones municipales reconvocadas para el próximo día 15 representan una buena oportunidad para que el PLD pueda comenzar a detener la avalancha que parece arrollarlo. Se espera que empleará todo el poder del Estado para ganar en muchos municipios, sobre todo los pequeños y medianos. Tiene 106 de las 158 alcaldías en juego, lo que de entrada le otorga ventajas competitivas, aunque también rechazos.

Su gran ventaja en el 2016 la obtuvo del abuso del poder estatal, y de alianzas con 14 partidos, ahora reducidos. El PLD sólo consiguió en sus boletas el 36 por ciento del sufragio municipal. Mientras el PRM con el 24 por ciento, sólo obtuvo 30 alcaldías, mostrando vigor en las de mayor población.

Las posibilidades del PLD para retomar aliento, dependerán también del porcentaje que acuda a votar en las municipales, dado el alto rechazo que le arrojan las encuestas. Hasta un 70 por ciento dice que concurriría a las urnas, pero se duda que llegue a esa proporción, que es el promedio en las eleciones presidenciales de las últimas décadas, mientras en las municipales y congresuales separadas fue del 50 por ciento. El colapso de febrero y la desconfianza podrían reducir votantes, pero también generar votos de castigo.-                 

Porcentajes de preferencias electorales en 4 encuestas independientes

                                                           Enero-febrero del 2020

Mark-Penn    Gallup-Hoy    Empresarial   Greensberg

8-10 enero      16-21 enero    Enero             21-24 febrero

Por quién votaría hoy

Luis Abinader              43                 42                 45                      52    

Gonzalo Castillo           28                 31                 26                      24

Leonel Fernández        19                 15                13                      17

En segunda vuelta

Luis Abinader            56                  58                61                       68

Gonzalo Castillo          35                  36                37                   27                             

La Penn es publicada por Noticias SIN, la Greenberg por el Diario Libre, y la empresarial es una encuesta no publicada, pero en manos del autor JBD

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La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.

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Por José Cabral.

En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.

Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.

Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.

Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.

La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.

Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.

Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.

Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.

Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)

Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.

¿Percepción o realidad?

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Análisis Noticiosos

Una Constitución de fachada.

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Por José Cabral

En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.

Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.

La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.

Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la  Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.

Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.

Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.

A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.

Señor

Magistrado Diomedes Y. Villalona G.

Presidente del Tribunal Superior Administrativo

Magistrado Villalona:

La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.

El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.

La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando  finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..

En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la  imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que  la propia ley ofrece la respuesta al respecto.

Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.

La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.

La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.

El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del  ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.

Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que  se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.

Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.

No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta.  Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos.  La medida cautelar solicitada por el impetrante  fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después  de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.

Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.

Sin otro particular,

José Antonio Cabral Salcedo.

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Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres

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Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para  de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.

La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.

El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.

Según la BBC2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.

Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.

La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.

En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.

Puerta al ecoturismo del Caribe

BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.

Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético

  •   Abu DhabiEmiratos Árabes Unidos
  •   Costa de OregónEstados Unidos
  •   Costa Rica
  •   GuimarãesPortugal
  •   Islas HébridasEscocia
  •   IshikawaJapón
  •   LoretoBaja California SurMéxico
  •   Montenegro
  •   Uruguay
  •  Valle de ColchaguaChile

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