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Sigo positivo a muchos días de haberme contagiado, se preguntaba el italiano que fue el primero que entró al país con la enfermedad.

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Santo Domingo, RD.- “No entiendo por qué este virus no sale de mi cuerpo. Tengo más de un mes que me contagié, no sé có­mo, y hoy cumplo un mes interno aquí en el hospital. Me han hecho la prueba tres veces y sigo positivo. La primera, que fue por la que me ingresaron, salió inde­terminada”, se autocuestionaba el italiano que fue ya dado de alta del hospital Ramón de Lara de la capital dominicana, porque hace unos días finalmente dio negativo.

Así comienza su testi­monio uno de los 5,300 in­fectados de Covid-19 en el país, que a casi 40 días de presentar síntomas y ser so­metido a la primera prueba, aún continúa dando positi­vo. Su caso es de los que la misma medicina ve con ex­trañeza, pues son raros los pacientes que luego de ser sometidos a los tratamien­tos correspondientes, man­tienen en su organismo al minúsculo, pero devastador virus.

El italiano Claudio Pas­cualini, no solo es el primer caso de Coronavirus en el país, sino también el prime­ro en sentar aquí el prece­dente de que “la Covid-19 se gobierna”. Sale cuando quie­re. Duró 52 días ingresado en el hospital Ramón de Lara, y fue el pasado martes cuando la última prueba que le hicie­ron, salió negativa.

Esto tiene una explicación, y el médico infectólogo, Je­sús Feris Iglesias, la detalla. “Lo que sucede en estos casos es que cuando el virus entra a las células, se replica. Los alemanes ya están estudian­do esta reacción, y han logra­do contar esas replicaciones, pero nosotros no tenemos la máquina para hacerlo”, co­menta el especialista, quien reconoce que todo es nuevo en lo que tiene que ver con el Covid-19.

A esto añade que lo po­sitivo podría ser que la per­sistencia de pequeñas par­tículas del virus en las vías respiratorias, no tenga con­tagiosidad alguna para otras personas ni tampoco riesgo de que reaparezca la enfer­medad, siempre y cuando la persona tenga menos de 100 mil replicaciones. “Reitero, el caso es que aquí no tenemos cómo contarlas”, puntualiza Feris Iglesias.

Fue ayer cuando se dio a conocer la noticia de que el italiano, Clau­dio Pascualini, por fin dio negativo a la Covid-19. El minis­tro de Salud Pública, Rafael Sánchez Cár­denas ofreció la in­formación con evi­dente satisfacción. El paciente hace 53 días que lo ingresa­ron en el Ramón de Lara y aún seguía dando positivo.

Su caso fue motivo de una profunda búsque­da de respuesta. De hecho, el funciona­rio nombró una comi­sión de estudio y trata­miento para que die­ra con el porqué de la persistencia del Coro­navirus en el cuerpo del referido paciente. Al parecer dio con la solución, pues el pa­ciente ya está libre del virus.

Figuras

Irene Montero, minis­tra de Igualdad, de Es­paña, y la actriz Dan­na García son dos fi­guras conocidas que continúan dando posi­tivo en la prueba, aun después de un mes de haber sido diagnosti­cadas con el Corona­virus.

Ya no aguanta más estar por tanto tiempo confinado en un hospital donde casi a diario muere alguien por culpa de un “pequeño ene­migo” que les está ganan­do la batalla a ricos, pobres, hombres, mujeres, ancia­nos, niños… Para él, es co­mo si fuera una pesadilla la que vive en una habitación en la que entran y de la que salen médicos y enfermeras asombrados porque la Co­vid-19 ha querido “quedar­se a vivir en su cuerpo”. Este es el caso del protagonista de esta historia.

“Hay días que me deses­pero, que me pongo triste. Sé que mi familia no está haciendo algo distinto afue­ra, pues todos estamos en­cerrados, pero quiero estar con ella. Esta soledad y esta angustia que me causa el no saber el desenlace de mi sa­lud, de verdad que me tiene preocupado”, lo cuenta con voz entrecortada porque su caso es de los llamados “ra­ros” en lo que tiene que ver con el comportamiento de este virus que protagoniza el panorama mundial.

Está cómodo. Lo admite. En el Ramón de Lara lo tra­tan muy bien, de hecho, en­tiende que pese a la difícil situación para la que nadie estaba preparado, en este hospital, están dando bue­na respuesta a quienes lo­gran ser atendidos allí. “No es que me sienta mal aquí, pero no es fácil, tratamien­tos van y vienen, y las prue­bas siempre con el mismo resultado: positivo. No ten­go síntomas, me siento en perfectas condiciones, me he recuperado satisfacto­riamente, pero ese virus se resiste a salir de mi cuer­po”, así lo expresa el prota­gonista de esta historia que prefiere no revelar su iden­tidad.

A hablar de su evolución, cuenta que ya ha ido reco­brando el sentido del gus­to, tiene bien su presión, sus pulmones, no tiene fie­bre, ni dolor de cabeza, se vale por sí mismo y ha ido ganando el peso que per­dió, porque las primeras se­manas fueron cruciales pa­ra él. “Realmente, lo único que de verdad me tiene mal es no poder ver a mi familia y no saber qué pasa con mi organismo, porqué ese vi­rus no me suelta”. Lo cuen­ta ahora en versión jocosa. Para finalizar su historia, el “paciente siempre positi­vo”, recomienda a la gente cuidarse, guardar el distan­ciamiento físico y acatar las medidas establecidas por las autoridades: “Porque nadie sabe ‘cuál es el pensar de ese enemigo’ con cada infectado. Cualquiera pue­da estar en mi lugar. Así que a tener más conciencia”.

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Defensa de imputados en SeNaSa 2.0 objeta prisión preventiva y alega arraigo

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Santo Domingo.– Los abogados de varios de los encartados en el denominado caso SeNaSa 2.0 cuestionaron este lunes la solicitud del Ministerio Público de imponer hasta 18 meses de prisión preventiva contra parte de los investigados, al considerar que existen otras medidas de coerción suficientes para garantizar su comparecencia durante el proceso.

Los representantes legales sostienen que sus defendidos, entre ellos profesionales de la medicina, poseen domicilio conocido, vínculos familiares y laborales en la República Dominicana, elementos que, según la defensa, disminuyen cualquier posibilidad de que intenten abandonar el país o sustraerse de la acción de la justicia.

Los juristas insistieron en que los imputados se encuentran en disposición de asistir a las audiencias y demás actuaciones judiciales que sean requeridas mientras continúe la investigación.

“Son médicos, tienen arraigo y no se van a ir del país”, manifestaron abogados vinculados al proceso al defender la aplicación de medidas menos gravosas que la prisión preventiva.

Tribunal impuso diferentes medidas de coerción

Como parte del proceso relacionado con la denominada Operación Cobra 2.0-A, el tribunal estableció distintas medidas de coerción de acuerdo con la situación particular de cada imputado.

Entre las disposiciones adoptadas figuran prisión preventiva, arresto domiciliario, presentación periódica, impedimento de salida del país y garantías económicas.

Durante la jornada de este lunes, abogados de algunos de los procesados comenzaron además las gestiones correspondientes al retiro de dispositivos de monitoreo impuestos por el tribunal dentro de las medidas adoptadas.

Investigación por presuntas irregularidades

El expediente tiene su origen en una investigación desarrollada por el Ministerio Público en torno a supuestas irregularidades relacionadas con autorizaciones y servicios de salud atribuidos a personas vinculadas al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa).

Las autoridades investigan la posible existencia de un esquema mediante el cual se habrían realizado operaciones irregulares en perjuicio de la aseguradora estatal.

Los abogados de los imputados han reiterado que sus clientes permanecerán disponibles para responder a las imputaciones y participar en las distintas etapas del proceso.

La defensa sostiene que el arraigo laboral, familiar y domiciliario de los acusados debe ser ponderado por los tribunales al momento de determinar la necesidad y proporcionalidad de las medidas de coerción.

El proceso continúa bajo investigación mientras las partes preparan sus respectivos argumentos frente a las decisiones adoptadas por la jurisdicción competente.

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INTRANT ajustará licencias de mayores de 75 años tras fallo del Tribunal Constitucional

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La institución modificará sus sistemas de emisión y renovación luego de que el TC declarara inconstitucional la reducción automática de la vigencia de la licencia por razón de edad

Por Carlos Baret

SANTO DOMINGO.– El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) anunció que adecuará sus procedimientos para cumplir con la sentencia TC/0904/26 del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional la disposición que establecía una vigencia de solo dos años para las licencias de conducir de las personas mayores de 75 años. Tribunal Constitucional

La decisión constitucional se produjo a raíz de una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Fanny Josefina Melo Abreu y Héctor Manuel Melo Abreu contra el artículo 21 del Decreto núm. 6-19, que contiene el Reglamento de Licencias de Conducir. La sentencia fue publicada por el Tribunal Constitucional el 14 de septiembre de 2026. Tribunal Constitucional

El director ejecutivo del INTRANT, Juan Manuel Méndez García, informó este lunes que la institución acatará la decisión y realizará los ajustes correspondientes en sus procedimientos. La medida elimina el trato diferenciado que reducía la duración de las licencias únicamente por haber alcanzado determinada edad. Diario Libre

INTRANT inicia adecuación de sus sistemas

Como parte del cumplimiento de la sentencia, Méndez García dispuso que las áreas jurídicas, técnicas y de atención al usuario trabajen en las modificaciones necesarias para que los sistemas utilizados en la emisión y renovación de licencias sean adaptados al nuevo escenario jurídico. El Atlantico

La institución procura que las personas adultas mayores puedan realizar estos trámites en condiciones de igualdad y sin una reducción automática del período de vigencia fundamentada exclusivamente en la edad.

La decisión, sin embargo, no elimina los requisitos relacionados con las condiciones necesarias para conducir. La normativa dominicana contempla evaluaciones y requisitos vinculados con las aptitudes y condiciones psicofísicas de los conductores, por lo que el fallo debe distinguirse de las restricciones que puedan justificarse a partir de condiciones individuales acreditadas y no simplemente de la edad de una persona. Intrant

Igualdad y no discriminación en el centro del caso

El alcance del fallo trasciende el procedimiento administrativo de renovación de una licencia. La controversia coloca en primer plano el principio constitucional de igualdad y no discriminación, al cuestionar que la edad, considerada de manera aislada, pueda servir para imponer una carga administrativa diferenciada.

La sentencia TC/0904/26 constituye así una referencia relevante en la discusión sobre los derechos de los adultos mayores y los límites constitucionales de las regulaciones administrativas. Tribunal Constitucional

El INTRANT continuará aplicando la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y las normas relativas a la aptitud para conducir, pero deberá hacerlo conforme al criterio constitucional establecido en la decisión.

La adecuación anunciada representa, además, una consecuencia directa del carácter vinculante de las decisiones del Tribunal Constitucional para los poderes públicos y órganos del Estado.

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Nueva ley de juegos de azar entra en fase decisiva tras vencer plazo constitucional del Ejecutivo

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La pieza fue remitida al Poder Ejecutivo el 18 de septiembre; la Constitución establece el procedimiento aplicable cuando vence el plazo para promulgar u observar una ley

Por Ana Rodríguez

SANTO DOMINGO.– La nueva legislación destinada a reorganizar y modernizar la regulación de los juegos de azar en República Dominicana entró en una etapa decisiva luego de transcurrir el plazo constitucional señalado para que el Poder Ejecutivo procediera a su promulgación u observación.

El proyecto fue convertido en ley por el Senado de la República el pasado 16 de septiembre, luego de varios meses de estudio en el Congreso Nacional, y remitido al Poder Ejecutivo el 18 de septiembre, de acuerdo con la información disponible sobre el trámite legislativo.

La iniciativa procura sustituir y reorganizar un marco regulatorio que tiene entre sus antecedentes principales normas sobre juegos de azar que datan de 1964. La necesidad de actualizar la regulación del sector ha sido objeto de distintas iniciativas legislativas durante años; documentos oficiales del Senado registran proyectos anteriores destinados a establecer un régimen más amplio para los juegos y apuestas. Senador D

El plazo constitucional

La situación adquiere especial relevancia jurídica debido a las disposiciones constitucionales que regulan la promulgación y observación de las leyes.

El artículo 101 de la Constitución dominicana vigente —no el artículo 110, como indica la información de origen— regula la promulgación y publicación de las leyes. Por tratarse de una cuestión constitucional y de actualidad, conviene verificar el texto vigente antes de publicación definitiva.

Según el procedimiento constitucional, una vez agotado el plazo correspondiente sin que se produzca la promulgación y publicación, se activa el mecanismo previsto por la propia Constitución para las leyes sancionadas por el Congreso.

Por ello, más allá de determinar si existe o no un anuncio público del Poder Ejecutivo, la cuestión central pasa a ser establecer la fecha exacta de recepción de la pieza, si fue declarada de urgencia, si se produjo alguna observación dentro del plazo y cuál es formalmente su situación jurídica.

Diez años sin nuevos establecimientos

Uno de los aspectos de mayor impacto de la nueva regulación es el establecimiento de una moratoria para la apertura de nuevos negocios de juegos de azar.

De acuerdo con el texto aprobado descrito en la información suministrada, durante un período de 10 años no podrían instalarse nuevos establecimientos de juegos de azar, con las excepciones contempladas por la propia legislación.

La finalidad de esa restricción sería permitir que las autoridades organicen, fiscalicen y regularicen los establecimientos que actualmente funcionan en el territorio nacional.

La medida se produce en un contexto en el que el Gobierno ya había retomado acciones para ordenar el sector. En abril de este año, el Poder Ejecutivo informó la reactivación del Plan Nacional de Regularización de bancas de lotería, puntos de venta, agencias, bancas de apuestas y otros operadores, mediante el Decreto 197-26. Presidencia de la República Dominicana

Casinos turísticos quedarían exceptuados

La restricción para la instalación de nuevos negocios no alcanzaría de igual manera a todos los establecimientos.

Según el contenido de la pieza descrito en la información suministrada, el artículo 194 contempla una excepción para casinos ubicados en hoteles y lugares turísticos, que podrían establecerse bajo las condiciones previstas por la nueva normativa.

Este tratamiento diferenciado introduce uno de los aspectos que probablemente generará mayor atención durante la aplicación de la legislación, particularmente por sus implicaciones para la actividad turística y la organización territorial del sector.

Una nueva autoridad para fiscalizar los juegos

Otro de los cambios relevantes sería la creación de la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA), adscrita al Ministerio de Hacienda y Economía, institución que tendría responsabilidades de fiscalización y supervisión del sector.

La creación de una estructura especializada representaría una transformación del modelo institucional de control de una actividad que comprende bancas de lotería y deportivas, casinos, máquinas tragamonedas, apuestas por internet, bingos, agencias hípicas y otras modalidades.

Actualmente, el Gobierno mantiene un esquema de regularización en el que participan varias instituciones, entre ellas el Ministerio de Hacienda y Economía y la Dirección General de Impuestos Internos. Presidencia de la República Dominicana

Límites de distancia para bancas y otros establecimientos

La legislación también introduce restricciones territoriales.

De acuerdo con la pieza aprobada descrita, determinados establecimientos de juegos de azar no podrán funcionar a menos de 500 metros de escuelas, colegios, universidades, instalaciones policiales y militares, estancias infantiles, Centros de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), hospitales, clínicas, iglesias y determinadas sedes de poderes y órganos del Estado.

Para las bancas deportivas se contempla una distancia mínima de 500 metros, mientras que para las bancas de lotería la separación establecida sería de 200 metros.

Casinos, salas de máquinas tragamonedas, bancas deportivas y otros establecimientos señalados por la normativa deberán, además, funcionar en locales cerrados.

Relojes visibles y medidas contra la ludopatía

La nueva legislación no se limita a cuestiones fiscales y administrativas.

Entre las disposiciones descritas figura la obligación de colocar relojes visibles en determinados establecimientos donde se realicen apuestas, una medida destinada a que los jugadores puedan mantener referencia del tiempo transcurrido dentro de esos espacios.

Más significativa desde el punto de vista social es la prevista creación de un Registro Nacional de Autoexclusión, mediante el cual personas afectadas por problemas relacionados con el juego podrían solicitar restricciones para acceder a determinadas actividades de apuestas.

La incorporación de medidas vinculadas al juego responsable introduce una dimensión de salud y protección social en una actividad tradicionalmente abordada principalmente desde la autorización, fiscalización y recaudación.

Una regulación esperada durante años

La transformación del régimen de los juegos de azar no comenzó con esta pieza. El archivo legislativo del Senado conserva iniciativas anteriores dirigidas a establecer una regulación integral del sector, incluyendo propuestas presentadas en legislaturas pasadas. Memoria Histórica

En marzo de 2026, durante una sesión del Senado, incluso se hizo referencia a iniciativas sometidas desde 2021 y a otra propuesta que se encontraba bajo estudio de la Comisión de Hacienda. Senador D

Ahora, tras completar su recorrido por el Congreso, la atención se desplaza hacia la situación formal de la legislación después de su remisión al Poder Ejecutivo.

La definición de ese punto resulta fundamental, porque de ella dependerá el momento en que comiencen a operar las nuevas reglas para un sector de considerable presencia económica y social en República Dominicana.

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