Análisis Noticiosos
El Gobierno profesionaliza el servicio Exterior sobre tres ejes fundamentales
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5 años agoon
Rápidos avances en el saneamiento de las abultadas nóminas y la aplicación del Manual de Organización y Funciones de las Misiones en el Exterior para proteger a la diáspora dominicana, promover exportaciones e inversiones y valores y derechos democráticos
Por Juan Bolívar Díaz
En una de las áreas donde se ha avanzado rápidamente en los primeros cien días del gobierno del Presidente Luis Abinader es en las relaciones exteriores, con un minucioso y bien delineado programa bajo responsabilidad del doctor Roberto Alvarez, uno de los dominicanos más preparados para asumir esas funciones.
La profesionalización de la Cancillería y del servicio exterior ha comenzado con la capacitación de los jefes de misiones, nuevos y antiguos, en base a tres ejes fundamentales: la protección de los dominicanos residentes en el exterior, la promoción de exportaciones e inversión y de los valores democráticos y los derechos humanos.
Los tres ejes fundamentales
En una evaluación de los primeros 100 días de su gestión, el Ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Alvarez, colocó como primer eje de la política de ese organismo “la protección de las dominicanas y dominicanos donde quiera que se encuentren”, con mejoras en los servicios de los consulados de Nueva York y Miami y asistencia a los afectados por dos recientes huracanes en Centroamérica e islas del Caribe. En la agenda está la reducción del costo de los servicios en base a tarifas que tendrán que ser cumplidas, sin la interesada discrecionalidad que ha prevalecido por años. Se parte de las contribuciones que hace la diáspora a la sociedad dominicana, que en el 2019 envió al país 7 mil 87 millones de dólares, y 50 mil millones de dólares en la última década.
El segundo eje de trabajo, para las embajadas y consulados es la promoción de las exportaciones e inversiones para generar empleos, con la mira no sólo del mercado norteamericano, y europeo, sino también en naciones de Asia y América Central, con énfasis en el comercio con la región del Caribe, incluyendo Haití, donde la balanza se inclina diez a uno en favor de RD. Ya elaboraron un plan de promoción comercial para el 2021 y se han adelantado acuerdos de cooperación interinstitucional y con Estados Unidos y Ecuador, también con la ONU para fortalecer la integridad, la ética y la transparencia.
Como tercer eje de la política exterior se plantea “promover los valores democráticos y los derechos humanos consagrados en la Constitución dominicana”. Al respecto Roberto Alvarez se refiere al discurso del presidente Abinader ante la Asamblea General de la ONU que resaltó los valores de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y a sus propias presentaciones ante el Consejo de Seguridad de la ONU y en la asamblea general de la OEA con la propuesta de referéndum para que sea el pueblo venezolano que resuelva la crisis de esa nación, y la proclama de que “no hay ni podrá haber una solución dominicana a las dificultades políticas y sociales que persisten en Haití”.
Fuerte profesionalización
En aras de la profesionalización del servicio exterior, se ha trabajado desde agosto, con la limpieza de las nóminas, el reentrenamiento del personal y con el rescate del Manual de Organización y Funciones, adoptado a principio del 2019, pero olvidado por la prevalencia del ministerio como agencia de empleo para dirigentes políticos y familiares, que hace años saturaron la sede central, las embajadas y consulados.
Unos 1,300 funcionarios han sido desvinculados, alrededor de 800 de los designados en el exterior, que en su mayoría no trabajaban, y otros 500 en la sede central de la Cancillería y hasta en provincias. Sólo en el consulado de Nueva York estaban designados más de un centenar, la mitad como vicecónsules. Ante la ONU se llegó a una docena de embajadores adscritos y más de 50 ministros consejeros, consejeros y secretarios. Entre la embajada en Washington y la OEA 86. En España había unos 130 entre la embajada, cinco consulados, una oficina de turismo, otra de la Junta Central Electoral y del Instituto para los Dominicanos en el Exterior.
En 47 embajadas y sus 30 secciones consulares, así como en 48 consulados, la RD tiene más personal designado que los países de contraparte, a menudo cuatro y cinco veces más. En un país pequeño como Costa Rica eran 26. En ONU y OEA más que las mayores naciones del mundo. Hace años que en Estados Unidos y otras naciones ya no acreditan nuevo personal diplomático o consular dominicano, por lo que los designados no ejercen en realidad. La saturación en múltiples casos sobrepasa varias veces la capacidad de los locales sedes y los mismos embajadores y cónsules decían a los últimos en llegar que los llamarían en caso de necesidad o para alguna actividad específica.
Reglamentos y convenios
El Manual de Organización prevé un límite de 13 funcionarios en las embajadas, pero se contempla que en muchos casos sean la mitad. En aras de la profesionalización se está condicionando la designación a los egresados de la escuela diplomática de la Cancillería. Una docena de los nuevos embajadores recién designados fueron ascensos del personal diplomático, atendiendo al escalafón.
Otro problema que ha tenido el ejercicio diplomático dominicano es que con frecuencia rebasan el tiempo promedio de las normativas, porque a menudo los favorecidos tienen residencia, familia o intereses en los países donde están designados, lo que se pretende superar con la rotación correspondiente y evitando designar personal residente. Los que tienen doble nacionalidad no son acreditados como diplomáticos o cónsules por las cancillerías, que los consideran nacionales.
La nueva gestión ya ha auspiciado dos diplomados para todos los jefes de misiones diplomáticas y consulares, nuevos y antiguos, con 88 horas de docencia cada uno, ahora combinando presencial con virtual, para vincularlos a la nueva política exterior. El propio canciller ha tenido extensa exposiciones sobre los lineamientos de política exterior.
Roberto Alvarez se doctoró en derecho de la UASD y realizó maestrías de Relaciones Internacionales y Derecho Comparado en las universidades Johns Hopkins y Georgetown, en Washington, donde residió varias décadas. Trabajó varios años en la secretaría general de la OEA, donde después sería representante de RD, 2005-08. También pasó años en el equipo jurídico de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Fue representante en Washington de Participación Ciudadana y luego su coordinador general y miembro de su Consejo Nacional hasta que tomó licencia en 2014 para pasar a dirigir las relaciones internacionales del entonces candidato presidencial Luis Abinader. En tal condición elaboró un minucioso programa de “Relaciones Exteriores para el Cambio”.
Estados Unidos y China
El presidente Abinader y su Canciller han explicado que mantendrán las más cordiales y respetuosas relaciones con la República Popular China, iniciadas hace dos años por el presidente Danilo Medina, y que dan la bienvenida a sus inversiones, exceptuando áreas consideradas “estratégicas”, o conflictivas por la competencia hegemónica del gigante asiático con Estados Unidos.
El límite, materializado ya en el área de telecomunicaciones, ha sido criticado como claudicación de soberanía, pero sus autores la defienden como realista, sincero y transparente, en virtud de que Estados Unidos está a dos horas del territorio nacional, es el principal socio comercial del país, de donde viene el 40% de los turistas, con inversión directa de 7,500 millones de dólares, más de la mitad en la última década, y hacia donde el país exportó en el 2019 por 5 mil 311 millones de dólares, el 56.4% del total.
Otra consideración importante es que Estados Unidos ha sido el destino de la emigración dominicana, que sobrepasa el millón de personas. Solo entre el 1990 y 2013 unos 834 mil 166 dominicanos recibieron residencia en ese país, y una buena proporción tiene la doble nacionalidad, que con sus descendientes representan una comunidad de 2 millones de personas, según censo estadounidense del 2017. De los 7 mil millones de dólares remesados en el 2019, el 77.5 por ciento provino de esa comunidad.
En China no hay emigrantes dominicanos, por lo que no llegan remesas, y RD apenas le exportó por 181 millones de dólares en el 2018, pero importó por 2 mil 111, con una desventaja de 8 a 92 por ciento del total. Constituye el mayor desnivel comercial dominicano.
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Tomo licencia por ser designado embajador
Con la publicación de este reporte sobre la política exterior dominicana concluyo una etapa de mi carrera profesional de 52 años, tras ser honrado por el presidente Luis Abinader con la designación de embajador ante el Reino de España mediante el decreto 655-20.
Ya había sido embajador de la República ante los gobiernos de Perú y Bolivia a partir del 1984, pero dos años después el periodismo le ganó la carrera a la diplomacia, porque aquello era casi una representación protocolar, por el mínimo intercambio dominicano con esos países. Esta vez espero realizar una importante misión en España, la segunda o tercera delegación diplomática de RD y puerta de entrada a la Unión Europea.
Me comprometo con los tres ejes de la política exterior, en especial con una comunidad dominicana de casi 200 mil personas, pues como escribí una vez “parece que tengo alma de migrante”.
Lamento despegarme de mis generosos y apreciados lectores, pero no puedo escribir análisis políticos o socioeconómicos, como los publicados en El Tema de HOY durante los últimos 18 años, viviendo en el exterior como representante del Estado dominicano. No puedo caer en un conflicto de intereses. Sin compromiso periódico, espero de vez en cuando escribir artículos sobre temas no coyunturales.
En el tiempo que me deje libre la nueva responsabilidad, empezaré a escribir mis memorias. Mientras tanto a los que quieran verificar mis análisis periodísticos o consultarlos, pueden acceder a todos los de HOY y la revista Rumbo en el sitio juanbolivardiaz.com
Análisis Noticiosos
La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.
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1 día agoon
febrero 2, 2026Por José Cabral.
En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.
Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.
Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.
Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.
La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.
Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.
Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.
Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.
Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)
Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.
¿Percepción o realidad?
Por José Cabral
En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.
Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.
La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.
Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.
Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.
Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.
A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.
Señor
Magistrado Diomedes Y. Villalona G.
Presidente del Tribunal Superior Administrativo
Magistrado Villalona:
La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.
El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.
La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..
En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que la propia ley ofrece la respuesta al respecto.
Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.
La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.
La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.
El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.
Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.
Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.
No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta. Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos. La medida cautelar solicitada por el impetrante fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.
Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.
Sin otro particular,
José Antonio Cabral Salcedo.
Análisis Noticiosos
Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres
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2 semanas agoon
enero 18, 2026
Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.
La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.
El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.
Según la BBC, 2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.
Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.
La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.
En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.
Puerta al ecoturismo del Caribe
BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.
Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético
- Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos
- Costa de Oregón, Estados Unidos
- Costa Rica
- Guimarães, Portugal
- Islas Hébridas, Escocia
- Ishikawa, Japón
- Loreto, Baja California Sur, México
- Montenegro
- Uruguay
- Valle de Colchagua, Chile
