Ángel Gabriel Capellán deberá cumplir tres meses en Najayo-Hombres, mientras un segundo imputado recibió garantía económica, presentación periódica e impedimento de salida; la defensa anunció que recurrirá la decisión
SAN CRISTÓBAL, República Dominicana.– Un juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de San Cristóbal impuso tres meses de prisión preventiva a Ángel Gabriel Capellán, conocido como “El Pastor”, investigado por presunta trata de personas con fines de explotación laboral y maltratos físicos y psicológicos contra 14 menores de edad.
El tribunal dispuso que Capellán cumpla la medida de coerción en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Hombres, en San Cristóbal.
En el mismo proceso figura Isaías Ramón Muñoz Rodríguez, a quien el magistrado impuso una garantía económica de RD$20,000, presentación periódica ante las autoridades e impedimento de salida del territorio nacional.
El juez acogió parcialmente la solicitud presentada por el Ministerio Público, que había solicitado tres meses de prisión preventiva contra los dos imputados.
Ministerio Público presentó 40 elementos de prueba
Para sustentar su petición, el órgano acusador presentó ante el tribunal 40 elementos de prueba que, según sostiene, relacionan a los investigados con hechos de trata de personas con fines de explotación laboral, trabajo forzoso y presuntos maltratos físicos y psicológicos.
Entre los elementos incorporados al expediente se encuentran declaraciones ofrecidas por menores que fueron rescatados de la Fundación Restaurando Vida (Un Muerto que Revive), localizada en Bajos de Haina.
Debido a la condición de menores de edad de las presuntas víctimas, sus testimonios fueron obtenidos mediante Cámara Gesell, mecanismo utilizado para reducir su exposición durante el proceso judicial y preservar sus declaraciones como anticipo de prueba.
Fundación habría operado sin autorización para recibir menores
Capellán dirigía la Fundación Restaurando Vida, entidad que, de acuerdo con la investigación del Ministerio Público, no disponía de la autorización correspondiente para funcionar como hogar de acogida de niños y adolescentes.
El órgano persecutor sostiene que en las instalaciones convivían menores junto a otras personas en situación de vulnerabilidad.
Las autoridades investigan además las circunstancias en que la organización recibía niños y adolescentes, así como la captación de fondos y donaciones vinculadas con sus actividades.
Estos señalamientos forman parte de la investigación del Ministerio Público y deberán ser examinados durante el proceso judicial.
Denuncia de un menor originó la investigación
El caso comenzó a ser investigado después de que uno de los menores presuntamente escapara de las instalaciones y acudiera a un destacamento policial para denunciar las condiciones en que se encontraba.
La denuncia motivó actuaciones de las autoridades que posteriormente condujeron a allanamientos, al rescate de los menores que permanecían en la fundación y a las detenciones de Capellán y Muñoz Rodríguez.
Como parte de las diligencias, una de las presuntas víctimas fue sometida a una evaluación médico-legal.
Según el expediente presentado por el Ministerio Público, el examen documentó lesiones en distintas partes del cuerpo y quemaduras de segundo grado en proceso de cicatrización en ambas manos.
Una evaluación psicológica forense también habría determinado que el menor no asistía a la escuela y que presuntamente realizaba trabajos de carpintería relacionados con la construcción de una vivienda.
El Ministerio Público sostiene además que el adolescente habría sido sometido reiteradamente a castigos físicos.
Defensa anuncia apelación
Tras concluir la audiencia, Manuel Soto, abogado de Ángel Gabriel Capellán, anunció que recurrirá la decisión que envió a su representado a prisión preventiva.
El jurista sostuvo que Capellán es inocente de las imputaciones formuladas y explicó que espera recibir formalmente la resolución judicial para presentar el recurso de apelación.
El proceso continuará ahora con las investigaciones del Ministerio Público mientras se cumplen las medidas de coerción impuestas.
La prisión preventiva constituye una medida cautelar y no una condena. La responsabilidad penal de los imputados deberá ser determinada posteriormente por los tribunales a partir de las pruebas y argumentos presentados por las partes.
Mientras avanza el expediente, las autoridades mantienen bajo protección a los menores involucrados, cuyas identidades deben permanecer reservadas conforme a las normas destinadas a proteger a niños, niñas y adolescentes.