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No procede acción de amparo para la reintegración de ex-policías y ex-militares.

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Santo Domingo.-En lo que constituye una variación de su propio precedente, el Tribunal Constitucional  estableció que no proceden  las acciones de amparo que someten los exmilitares y expolicías en reclamo de su reincorporación.

Ahora ha dispuesto que la vía para reclamar el reintegro a la Policía Nacional y  las Fuerzas Armadas  no es la acción de amparo, sino  el  recurso contencioso administrativo, el cual no se conoce con la misma celeridad que la instancia de amparo.

El cambio de criterio fue adoptado en la sentencia TC-0235-21, publicada el  18 de agosto,  con la cual declaró inadmisible una acción de amparo  interpuesta por la cabo  Indiana Isabel Carrasco Figuereo,  en reclamo de su reposición a la Policía Nacional.

 El TC considera ahora que la vía más efectiva para hacer ese tipo de reclamos es la contencioso-administrativa en atribuciones ordinarias, en aplicación del artículo 70 numeral 1, de la ley 137-11.

Justificó la variación   en la disparidad de criterios existente en la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional entre  las acciones interpuestas por los miembros de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas contra sus respectivas instituciones, y las incoadas por los demás servidores públicos contra sus respectivas entidades  en materia de desvinculación.

Indicó que aunque el objeto de la acción es el mismo, lograr la reposición en caso de desvinculación, la vía acordada es distinta dependiendo de la entidad pública demandada.

Señaló que se requiere, por consiguiente, subsanar esa disparidad, mediante una sentencia que unifique los criterios encontrados.

 “Si bien los miembros de la Policía Nacional y de los cuerpos castrenses del Estado están regidos por disposiciones normativas distintas a los demás servidores públicos, todos tienen en común que son trabajadores del Estado dominicano, con independencia del estatuto legal que regule de manera particular esa relación de trabajo”, argumentó.

El fallo contó con el voto disidente del magistrado José Alejandro Vargas.

En las deliberaciones no participaron el presidente del TC, Milton Ray Guevara, ni el magistrado Lino Vásquez Sàmuel, segundo sustituto.

Los jueces José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, María del Carmen Santana de Cabrera y Eunisis Vàsquez Acosta emitieron un voto salvado, que significa que estuvieron de acuerdo con el dispositivo pero difieren en las motivaciones.

Los demás jueces que refrendaron la decisión en su totalidad fueron  Rafael Díaz Filpo, que fungió como presidente en funciones, Manuel Ulises Bonnelly Vega, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, y Miguel Valera Montero.

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Hombres que robaban alimentos fueron apresados por Policía Nacional.

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Santo Domingo. – Este jueves la Policía Nacional informó que detuvo cuatro hombres involucrados en el robo de fundas con alimentos de primera necesidad, sustraídos de varios camiones que transitaban por la avenida del Puerto del Distrito Nacional.

El cuerpo del orden dijo que los detenidos son Aaron Ezequiel Cabrera, de 36 años; Breilin José Vizcaíno Capellán, de 18; Ángel Reguillo Emiliano, de 26, y Miyel Ambiórix Morillo, de 27, todos residentes en la citada demarcación.

Según la entidad, la detención fue realizada por agentes de la Dirección Central de Investigación (Dicrim), quienes actuaron de manera inmediata tras dar seguimiento a los responsables, identificados a través de un video que se hizo viral en redes sociales y medios de comunicación.

Los cuatro apresados serán puestos a disposición del Ministerio Público para los fines legales correspondientes.

La Policía Nacional reafirma su compromiso de actuar con prontitud frente a hechos delictivos y garantizar la seguridad ciudadana.

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Presidente de la República solicita al Congreso agilizar modificación de ley de Compras y Contrataciones.

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Santo Domingo, R.D.- Luis Abinader solicitó este jueves al Congreso Nacional agilizar la aprobación del proyecto que modificaría la ley de Compras y Contrataciones, la cual tiene el objetivo de establecer sanciones más severas contra la corrupción y fortalecer el marco regulador de las contrataciones del Estado.

Esta normativa, que fue propuesta por la exsenadora y ministra de Interior y Policía, Faride Raful, derogará la Ley 340-60, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, que data del 2006.

El director de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, destacó que una de las tareas fundamentes de esta nueva ley es devolver el sistema de consecuencias, que fue eliminado en el mismo año que fue aprobada.

El mandatario y Pimentel hablaron del tema al encabezar el acto en el que se anunció que República Dominicana fue escogida por primera vez como sede de la Conferencia Internacional Anticorrupción (IACC), la cual se llevará a cabo en el 2026.

Prohibiciones que propone proyecto de ley

  • El artículo 25 prohíbe a los exfuncionarios gestionar o representar intereses privados y particulares ante la institución a la que prestaron sus servicios, o ante las instituciones que les sean subordinadas, durante los 12 meses siguientes a la fecha de su salida del cargo.
  • También castiga con uno a tres años de prisión a los que incurran en falsedad en las declaraciones juradas requeridas para registrarse como proveedor del Estado o para participar de un procedimiento de contratación.
  • Además, sanciona con dos a cinco años de prisión y hasta multa de 50 salarios mínimos a los servidores del Estado que, en ejercicio de sus funciones intervengan en la tramitación, aprobación o celebración de un contrato, de manera dolosa, en violación al régimen de inhabilidades y prohibiciones previsto en la presente ley.
  • El proyecto establece que, cada institución contratante deberá contar con un apartado integrado a su portal institucional en donde se agrupen las informaciones y documentaciones relativas a su actividad contractual, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a estas.
  • Establece que los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta 30 % del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de la ley.

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No habrán elecciones extraordinarias en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-Las solicitudes de convocatoria de elecciones extraordinarias en La Vega fueron rechazadas este jueves por la Junta Central Electoral (JCE).

El órgano indicó que no tiene competencia legal para convocar a elecciones extraordinarias en el municipio, pese al vacío que se generó hace tres meses con la renuncia del alcalde Kelvin Cruz y la vicealcaldesa Amparo Custodio.

En sus motivaciones, la JCE acotó que la Ley 20-23, de Régimen Electoral, solo la faculta a convocar elecciones extraordinarias cuando se anulan las anteriores, aspecto que no ocurrió en este caso de La Vega.

«De la lectura del referido numeral 2 del artículo 95 se comprueba claramente que el legislador dominicano, al momento de definir los casos en los que procedería a convocar elecciones extraordinarias, no contempló el escenario que alegan los solicitantes, de lo cual se deduce que no existe competencia legal para que la Junta Central Electoral proceda a la convocatoria de elecciones extraordinarias en el municipio La Concepción de La Vega«, expresó el pleno del organismo electoral en uno de sus considerandos.

El exalcalde Kevin Cruz fue escogido con el 73 % de los votos de La Vega, fue juramentado en el cargo y lo asumió por casi cuatro meses, antes de que el presidente Luis Abinader lo designara ministro de Deportes. Su vicealcaldesa, Amparo Custodio, quien podía sucederlo en el puesto, renunció indicando que ese cargo debía ocuparlo un dirigente del Partido Revolucionario Moderno, que ganó la plaza.

Sin embargo, para resolver este impasse, la semana pasada el Concejo de Regidores de La Vega, revocó la renuncia de Custodio para que esta regresara a la alcaldía y el pasado 15 de noviembre fue juramentada como la nueva alcaldesa.

No obstante, los partidos de oposición Fuerza del Pueblo y de la Liberación Dominicana (PLD) insisten en que el Concejo de Regidores no tiene facultad para nombrar alcaldes. Los dos partidos han sometido recursos ante la justicia para tratar de revertir la decisión de los regidores.

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