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Ministerio Público cuestiona actitud de jueces conocen casos corrupción

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SANTO DOMINGO (República Dominicana).-Mirna Ortiz,  procuradora de corte,  cuestionó la actitud de jueces que conocen casos de corrupción, los cuales a su juicio siguen «sin asumir la magnitud” de los mismos. 

Dijo, sin embargo, que el Ministerio Público «se mantiene confiado en los procesos.

Ortiz,  coordinadora de Litigación de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), opinó que los tribunales continúan emitiendo decisiones «bajo un pensamiento ortodoxo”.

A manera de ejemplo citó la del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional de varíar la prisión preventiva a Alfredo Alexander Solano. uno de los imputado por corrupción administrativa del Caso Medusa.

Opinó que los jueces siguen «sin asumir la magnitud de los casos de corrupción», pero dijo que el Ministerio Público «se mantiene confiado en el proceso», pese a la decisión del Tercer Juzgado. 

“El Ministerio Público continúa como siempre a pie de batalla y seguiremos presentando la acusación donde inequívocamente serán enviados todos a juicio”, subrayó.

DENUNCIA SE NIEGAN A HACER EXAMEN DE LA LEY

Al ser consultada por los periodistas sobre la decisión el juez Amauri Martínez de disponer el cese de la prisión preventiva a favor del imputado Alfredo Alexander Solano, ex subdirector administrativo del Ministerio Público,  indicó que “los tribunales se niegan a hacer un examen de la Ley conforme a las nuevas tendencias».

Sostuvo que frente a los casos de corrupción que maneja el Ministerio Público se hace necesario «sin dilaciones y conforme lo establecido por el Tribunal Constitucional, extender los plazos».

Resaltó que hay una gran  cantidad de imputados y de pruebas, y  complejidad de la obtención de estas últimas, lo cual no se había visto con otros procesos, por lo menos en la historia de la justicia penal dominicana.

“Los jueces se niegan a entender esa realidad y, en este caso, incluso, el Juez tampoco escuchó el llamado y el clamor de una víctima que le dijo a la justicia dominicana a través de una denuncia que su vida se sentía amenazada con la libertad del ciudadano Solano, y esa persona es nada más y nada menos que la exesposa del imputado”, añadió.

LA DECISIÓN DEL JUEZ

Al variar la prisión preventiva al acusado Solano, el juez Martínez le dispuso arresto domiciliario, el pago de una garantía económica de RD$10 millones a través de una compañía aseguradora e impedimento de salida del país.

La procuradora Ortiz resaltó que al tribunal se le explicó que la exesposa de Solano presentó, el día 26 de enero, una denuncia por sentirse violentada de manera persistente a través de llamadas telefónicas amenazantes, realizadas por el imputado desde la cárcel, desde dónde le advertía incluso, que la cárcel no era eterna, o sea, «poniendo fecha y hora para que a su salida resolvieran conflictos y situaciones de pareja”.

“El Juez entendió que esto tampoco era motivo suficiente para mantenerlo en prisión y que eso era un caso distinto al caso que estábamos conociendo”, dijo.

Por razones de espacio la audiencia fue celebrada en la Novena Sala Penal del Distrito Nacional, donde el Ministerio Público además de Ortiz estuvo representado por los fiscales Miguel Collado y Emmanuel Ramírez.

Ortiz recordó que el Ministerio Público se mantiene confiado en el proceso pese a la decisión del tribunal. “El Ministerio Público continúa como siempre a pie de batalla y seguiremos presentando la acusación donde inequívocamente serán enviados todos a juicio”, subrayó.

OTROS ACUSADOS

Además de Alfredo Alexander Solano, el proceso también se sigue en contra del ex procurador general Jean Alain Rodríguez Sánchez, quien es acusado de dirigir el entramado de corrupción administrativa cuando estuvo al frente del Ministerio Público en el período del 2016 al 2020.

También, contra el exdirector de Tecnología de la Información y la Comunicación del Ministerio Público, Javier Alejandro Forteza Ibarra, y el exdirector administrativo, Jonathan Joel Rodríguez Imbert.

Igualmente, contra Jenny Marte Peña, exencargada de Proyectos; la ex subdirectora administrativa Altagracia Guillén Calzado, así como de Rafael Antonio Mercedes Marte, exdirector de Contabilidad, y el exasesor Miguel José Moya.

LOS CARGOS

Los imputados del Caso Medusa enfrentan cargos criminales por coalición de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores y estafa contra el Estado. También, por sobornos, crímenes y delitos de alta tecnología y lavado de activos.

En este caso el Ministerio Público presentó una acusación mediante un voluminoso expediente de 12,274 páginas, acompañado de más de 3,500 pruebas, incluyendo más de 400 testigos. La acusación fue presentada contra 41 personas físicas y 22 empresas.

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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