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Camisa de fuerza para JCE ante partidos que buscan su reconocimiento legal.
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2 años agoon
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LA REDACCIÓNEl sistema electoral dominicano podría ser saturado por partidos políticos nuevos que no llenan las condiciones para operar como tales, lo cual es el resultado de una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional.
De 26 partidos políticos que tenía el sistema en las elecciones de 2016 y 2020, para la cita electoral de 2024 ya van 31 organizaciones y 5 movimientos locales. El número podría seguir aumentando si la Junta Central Electoral (JCE) se ve obligada por los precedentes legales a dar el sí a alguna de las 50 solicitudes de reconocimiento de partidos políticos.
¿Por qué la JCE ha sido obligada por los tribunales a otorgar personería jurídica a partidos a los que se la había negado por no cumplir los requisitos de ley?
El origen del problema lo detalla la sentencia 0366/2021 sobre un recurso de amparo que interpuso el Partido Generación de Servidores (PGS) del pastor evangélico Carlos Peña.
Resulta que mediante la resolución 22/2019 la JCE rechazó la solicitud de reconocimiento de los partidos PGS, Patria Para Todos y País Posible, pero luego todas esas organizaciones políticas presentaron, por separado, un recurso de revisión y el órgano volvió a denegar el reconocimiento, pero hizo una excepción, con País Posible, de Milton Morrison.
Basado en esa violación y el precedente establecido por Peña y su partido, otras organizaciones como Patria para Todos y Partido Socialista Cristiano, lograron sentencias favorables en los tribunales que la JCE tuvo que acatar y otorgarles la personería jurídica.
Fue durante la última gestión de Julio César Castaños Guzmán cuando la JCE se quemó en el test de igualdad, según la sentencia del Tribunal Constitucional, al privilegiar al partido País Posible y otorgarle el reconocimiento sin que haya cumplido con los requisitos establecidos, pero les negó la personería jurídica a otras organizaciones.
“Este órgano constitucional ha comprobado, que ciertamente, la Junta Central Electoral, pese a los mismos resultados generales, sin sustento objetivo alguno, para admitir una agrupación política y rechazar otras”. Esta distinción fue la que condujo a la Junta Central Electoral a dictar resoluciones en favor de una organización en perjuicio de otras, pese a que todas se encontraban en las mismas condiciones respecto a los requisitos porcentuales indicados”, argumenta el órgano constitucional en el fallo.
El fallo del Tribunal Constitucional explica que la resolución de la JCE violó el derecho a la igualdad, pues pese a que ninguna de las organizaciones solicitantes alcanzó un 50% del 2% de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones, dio un trato distinto a País Posible.
La sentencia puntualiza que la JCE privilegió al partido de Morrison, que en las pasadas elecciones fue aliado al Partido Revolucionario Moderno (PRM), a pesar de que otra organización había alcanzado un porcentaje mayor que el partido de Morrison.
“Todo ello revela de manera clara que hubo un trato desigual por parte de la JCE en perjuicio de tres organizaciones políticas excluidas, lo que constituye una franca y palmaria vulneración al artículo 39 de la Constitución”, establece.
La sentencia apunta que la JCE también violó el artículo 216 de la Carta Magna sobre los partidos políticos.
Y para las 50 solicitudes actuales, ¿el fallo también impactará?
Actualmente, el departamento de partidos políticos de la JCE realiza la labor de campo para verificar el cumplimiento de los requisitos de 50 organizaciones, entre partidos y movimientos accidentales, que han solicitado al órgano que les otorgue personería jurídica.
El abogado Manuel Fermín, consultado sobre el efecto que tiene el fallo sobre los casos que trabaja ahora la JCE, sostuvo que las sentencias del Tribunal Constitucional son vinculantes para todas las instituciones.
“El criterio que emite el tribunal constitucional sobre un partido político debe dar el mismo tratamiento a otros partidos políticos, no obstante esos partidos no hayan sido parte de ese proceso, si se da la misma condición para los que recibieron el beneplácito del Tribunal Constitucional, debe recibir el mismo tratamiento por los precedentes constitucionales emitido por la máxima autoridad jurisdiccional, ese es el efecto vinculante que le han dado a sus fallos”, explicó.
Un ejemplo es el caso del Partido Socialista Cristiano, de Soraya Aquino, que no fue parte de ese proceso, pero basada en la sentencia del TC sometió un recurso de amparo ante el Tribunal Superior Administrativo y logró que ordenara a la JCE su reconocimiento.
Partidos han crecido 150%
En más de 25 años, desde 1996 a la fecha, el número de partidos ha crecido más de un 150%. Para 1996, el número de partidos políticos era 12 y ahora 31 organizaciones tienen personería jurídica. De 1996 a 2012, el número pasó a 14, solo dos nuevos partidos.
Sin embargo, en un periodo de cuatro años, para 2004 la cantidad se disparó a 23. Para los comicios de 2008, cuatro años más tarde, la cantidad de partidos políticos no subió, bajó a 22.
Para 2012, la el número de partidos volvió a subir a 25, tres más que en las elecciones anteriores. Entre 2010 y 2016, en la gestión de Roberto Rosario, solo Alianza País, de Guillermo Moreno, logró reconocimiento por parte del órgano electoral.
JCE ha sido favorable a los partidos políticos
Constitución
Artículo El artículo 2016 de la Constitución elevó la categoría del sistema de partidos políticos.
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PLD, parte de la cúpula de la partidocracia, afirma que sentencia del TC puede atentar contra sistema de partidos
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17 horas agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo. – Los partidos tradicionales dominicanos, incluido el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), han mostrado su preocupación y rechazo a la sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional (TC), que establece que en un proceso eleccionario se podrá presentar candidaturas independientes de carácter nacional, provincial y municipal que surjan a través de agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos.
En un comunicado, el secretario general de la organización política, Johnny Pujols, señaló que la decisión de la alta corte plantea serios riesgos para la estabilidad del sistema político.
Lea también: Sentencia habilita candidatos independientes suscita temor
El dirigente morado aseguró que la sentencia del Tribunal Constitucional facilita la desigualdad en la competencia electoral, la infiltración para el crimen organizado, la división y el transfuguismo, así como el caos logístico y administrativo.
Según Pujols, esos puntos también son compartidos por otras organizaciones políticas y sociales, con las que ya se han “adelantado encuentros para tratar el tema”.
“Desde el Partido de la Liberación Dominicana reiteramos nuestra más alta preocupación por la sentencia TC/0788/24, así como la voluntad de construir junto a los actores del sistema de partidos una salida prudente que proteja el sistema de partidos y la democracia dominicana”, expresó.
En ese sentido, destacó que es crucial emprender acciones que permitan establecer reglas claras, límites y parámetros para esas candidaturas.
“Esta sentencia podría convertirse en un atentado mortal contra el sistema de partidos y la estabilidad política, social y democrática del país”, argumentó.
El dictamen del Tribunal Constitucional emitido el pasado lunes, también permite que agrupaciones cívicas o sociales propongan candidaturas independientes sin necesidad de inscripción previa, siempre que lo declaren ante la Junta Central Electoral (JCE) al menos 75 días antes de las elecciones.
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Alarmas entre partidos políticos que conforman partidocracia por sentencia del TC.
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17 horas agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo.- Sigmund Freud Mena, delegado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante la Junta Central Electoral (JCE), anunció que los principales partidos políticos han adoptado una posición conjunta en rechazo a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucionales los artículos 157 y 158 de la Ley Electoral.
Esta decisión permite la inscripción de candidaturas independientes ante el órgano electoral.
“Hay una postura unificada entre los partidos con los que hemos dialogado en torno a la preocupación generada por esta decisión. Permitir candidaturas independientes sin una mínima regulación es peligroso, ya que los partidos políticos están estrictamente regulados, desde el financiamiento hasta su conformación y su participación electoral”, expresó Freud Mena.
El dirigente político señaló que la sentencia plantea serios desafíos técnicos y jurídicos, ya que, según explicó, interfiere con las facultades del Congreso Nacional.
“El Tribunal Constitucional detalló cómo debía redactarse la ley respecto a las agrupaciones sociales, ahora denominadas así, lo que entendemos como una invasión a competencias exclusivas del poder legislativo. Esto sienta un precedente alarmante”, afirmó.
Freud Mena recordó que los partidos políticos están consagrados en la Constitución como los principales vehículos de representación ciudadana para acceder a posiciones electivas.
Según el artículo 216 de la Carta Magna, esta función es exclusiva de los partidos, y la creación de nuevas figuras atenta contra el sistema político establecido.
Preocupaciones y acciones conjuntas
Ante esta situación, los dirigentes de los principales partidos han iniciado conversaciones con la JCE y han acordado tomar acciones conjuntas.
Freud Mena explicó que, si bien respetan la institucionalidad del Tribunal Constitucional, como actores políticos directamente afectados, están en la obligación de plantear soluciones para regular esta nueva figura de candidaturas independientes.
“Existen dos alternativas: que el Congreso Nacional modifique la Ley Electoral para incluir estas disposiciones y establecer las regulaciones necesarias, o que la Junta Central Electoral emita reglamentos en caso de que el Congreso no actúe. Es crucial garantizar el control de esta nueva posibilidad, ya que no existe una vía jurídica para revisar una decisión definitiva del Tribunal Constitucional”, precisó.
Impacto político
Freud Mena también advirtió sobre las posibles divisiones internas que la sentencia podría generar en los partidos.
“Cualquier persona en desacuerdo con las decisiones internas de un partido podría optar por postularse como independiente, lo que fragmentaría aún más a las organizaciones políticas”, alertó.
Finalmente, el delegado del PRM reiteró la necesidad de establecer normativas claras para evitar el desbalance en el sistema político.
“La apertura a las candidaturas independientes debe contar con regulaciones mínimas que aseguren la estabilidad del sistema partidario y político del país. No podemos permitir que esta nueva realidad desestabilice el orden político nacional”, concluyó.
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Sentencia del TC es motivo de análisis de los medios de comunicación del pais.
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17 horas agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo, R.D.-El principal diario impreso y digital de la República Dominicana, el Listín Diario, trajo en su portada este domingo un análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional, número TC-0788-24, la cual declara inconstitucional los artículos 156 y 157 de la ley 20-23, de Régimen Electoral, que tratan sobre las candidaturas políticas independientes por entender que hay una “desconexión” entre el título y el contenido de los artículos impugnados porque se condicionaba la posibilidad de participar en esa condición a la creación de una organización política.
Esos artículos manifestaban que para sustentar una candidatura independiente a la Presidencia de la República, se requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos políticos en todo el país, además de un programa de gobierno definido; la 20-23 igual señala que para los cargos de senadores y diputados al Congreso Nacional deberán ser sustentadas por la misma organización de cuadros directivos fijos para los partidos, agrupaciones o movimientos políticos, pero limitada a la demarcación electoral respectiva; mientras que el nivel de alcaldías y regidurías, estos tienen que presentar una organización municipal que los abale.
El párrafo tres del articulo 157 reseña que “serán aplicables a las candidaturas independientes y a las organizaciones que las sustenten, las demás disposiciones que establece esta ley, en lo que se refiere a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y a las candidaturas sustentadas por estos, con las adaptaciones a que hubiere lugar y de acuerdo con las disposiciones de la Junta Central Electoral (JCE).
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», señala el dispositivo de la sentencia.
Una “amenaza” al sistema de partidos
Tras la sentencia, que se produjo a raíz de un recurso interpuesto por Roberto Fiallo, el tema se ha mantenido en el escaparate público en los últimos días; tanto que varios dirigentes de partidos han indicado que la sentencia sería una “amenaza” al sistema político.
“Imaginas que ahora todo el que sienta que puede ser candidato vaya y se inscriba, porque eso es lo que están diciendo. O sea, no habrá ningún requisito previo. ¿Cómo se van a contar los votos o repartir los fondos cuando hayan 200 candidaturas?», cuestionó Freund al conversar con representantes de los medios de comunicación.
Sin respuesta de la JCE
Con el pasar de los días, el pleno de la JCE aún no ha dado a conocer su posición sobre el tema ni los nuevos lineamientos que se estarían implementando a raíz de la sentencia de la alta corte.
La sentencia prepara el camino para que la ley 20-23, de Régimen Electoral, tenga que ser modificada para eliminar los artículos declarados inconstitucionales. Sería la tercera vez desde el 2018 que las leyes que rigen el sistema partidos y democracia de República Dominicana tengan que ser cambiados.
Precisamente en 2018 fue promulgada la ley 33-18 sobre Partidos Políticos tras varios años de debate en el Congreso Nacional; luego fue aprobada la 15-19, de Régimen Electoral; ambos textos legislativos sustituían a la antigua “Ley Electoral” que regía en el país desde 1997.
Tras las elecciones de 2020 y varias sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Superior Electoral (TSE) recriminando la ambigüedad de la ley con relación a varios temas, se hizo imperiosa la necesidad de modificar la misma.
«El Congreso Nacional debe aprovechar esta situación para evaluar todas las cuestiones que han sido declaradas inconstitucionales», exclamó Freund.