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20 y 10 años ratifica tribunal a acusados de la muerte de arquitecta Leslie Rosado

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Santo Domingo.-Fue ratificada la sentencia de 20 y 10 años de cárcel de primera instancia por la Primera Sala de la Corte de Apelación da la Provincia Santo Domingo en contra de los dos imputados de la muerte de la arquitecta Leslie Rosado, cuyo hecho ocurrió en octubre del 2021 cuando la victima se desplazaba en un vehículo todo terreno por la avenida Duarte de Andrés, Boca Chica.

La corte confirmó el dictamen del Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingoal determinar que no se configuraron los elementos constitutivos del tipo penal del asesinato, tras el análisis de las circunstancias que rodea el hecho y las pruebas aportadas.

Una comunicación del Poder Judicial afirma que el voto de la mayoría de los jueces se sustenta «en que estos casos, es cuando el juzgador debe analizar las circunstancias que han acompañado la actuación de la persona, como podrían ser los actos preparatorios que evidencien que hay un plan para la comisión de ese hecho, los cuales, en el caso que nos ocupa, brillan por su ausencia», indica la sentencia que rechaza la existencia de premeditación y acechanza, por lo que establece que se trata de un homicidio voluntario.

Rosado viajaba en su yipeta Mercedes-Benz junto a su hija, una adolescente de 15 años cuando fue herida mortalmente, luego de una persecución del policía y el motorista que alegó que la joven lo había chocado cuando viajaba con su familia en una motocicleta. La menor resultó ilesa de los tiros que realizó el cabo.

Previo a disparararle de cerca a los cristales del vehículo de Rosado, el cabo Janli Disla Bautista había realizado varios tiros durante la persecución, uno de ellos a los neumáticos.

Argumentos de los jueces

Las juezas explican que la decisión del Tribunal Colegiado no desnaturalizó los hechos y que la sentencia emitida y ratificada por la corte se tomó en base a los principios de legalidad, tipicidad, tutela judicial efectiva y proporcionalidad.

En base a esas motivaciones la alzada (Corte de Apelación) considera que la pena impuesta se encuentra plenamente justificada y se ajusta al principio de legalidad y a los criterios para la determinación de la misma establecidos en el artículo 339 del Código Procesal Penal, que establece:

Art. 339.- Criterios para la determinación de la pena. Al momento de fijar la pena, el tribunal toma en consideración, los siguientes elementos: 1) El grado de participación del imputado en la realización de la infracción, sus móviles y su conducta posterior al hecho; 2) Las características personales del imputado, su educación, su situación económica y familiar, sus oportunidades laborales y de superación personal;  3) Las pautas culturales del grupo al que pertenece el imputado; 4) El contexto social y cultural donde se cometió la infracción; 5) El efecto futuro de la condena en relación al imputado y a sus familiares, y sus posibilidades reales de reinserción social; 6) El estado de las cárceles y las condiciones reales de cumplimiento de la pena; 7) La gravedad del daño causado en la víctima, su familia o la sociedad en general.

En base a este aspecto, mantuvo el criterio del tribunal colegiado, por no estar reunida la figura jurídica de la premeditación o acechanza, por vía de consecuencia la acción del coimputado, Rafael Castillo Novas, se mantuvo como cómplice del homicidio voluntario por su participación.

En esas atenciones, la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo rechaza los recursos de apelación incoados por los querellantes y actores civiles José Rosado Torres, Minerva Marte Carpio y Jabys Ariel Martínez Alemany, el Ministerio Público ambos en contra de la sentencia penal núm. 54803-2022- SSEN-00607 dictada por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de la referida jurisdicción, y confirma en todas sus partes la sentencia recurrida, por ser justa y fundamentada en derecho.

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Lanzan nueva política de anonimato de datos en Poder Judicial.

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Santo Domingo, R.D.-Una nueva política de protección de datos fue anunciada por el El Poder Judicial, la cual busca mantener en el anonimato informaciones personales sensibles y se aplicará en las decisiones de la Suprema Corte de Justicia, así como en los juzgados y tribunales de primer y segundo grado.

La regla general de la normativa busca evitar que se identifique a una persona física, cuyos nombres y apellidos podrán ser inicializados en los casos de publicaciones oficiales o solicitudes de acceso, exceptuando las identidades de los magistrados o lo relativo a personas jurídicas (sociedades).

La secretaría del tribunal es la encargada de editar esa documentación, a la que terceros tendrán acceso una vez realizada la disociación o anonimización de los datos, mientras por ley está prohibida la entrega de decisiones relativas a adopciones.

Las personas físicas son aquellas en figurar como partes de un proceso judicial, correspondiendo a los demandantes, demandados, reclamantes, querellados, querellantes, apelantes, apelados, recurrentes, recurridos, imputados e intervinientes, además de las víctimas, testigos o informantes, y los auxiliares (policías, personal sanitario, educativo, notarios).

El reglamento levantado dará una consideración especial cuando se recopilen los datos de niños, niñas y adolescentes, igual que a las personas con discapacidad o vulnerables.

En un segundo renglón están los económicos-financieros, consistiendo en los números de cuentas bancarias, tarjetas de crédito y otros instrumentos financieros, direcciones de inmuebles en posesión, informaciones financieras, datos registrales de bienes inmuebles y bienes sujetos a matriculación.

Este reglamento también versa sobre documentaciones laborales, conociendo los números de contrato de trabajo o el contratado en sí, en caso de incluir en su contenido datos personales; siguiendo a la ubicación o nombre donde se realiza la prestación laboral y los contactos del trabajo (teléfono, correo electrónico…).

La salud tiene sus datos protegidos, de manera que en una decisión judicial podrá anularse el número de la historia clínica, enfermedad, grado de discapacidad, causa de interdicción, estado de salud, condiciones psicológicas, religión o creencias, origen racial, opiniones políticas, afiliación sindical, información de carácter genético o biométrico.

Y otro tipo de documentación etiquetada como sensible es la geolocalización.

La puesta en marcha de la política fue anunciada por Luis Henry Molina, juez presidente de la Suprema Corte de Justicia, en un acto de presentación que tuvo lugar en la Sala Augusta.

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Sigue política irracional de préstamos del Gobierno.

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SANTO DOMINGO.-El Senado de la República Dominicana aprobó dos préstamos de 525 millones de dólares para, según se dijo, mejorar redes de electricidad y normalizar el servicio

El hemiciclo validó dos enmiendas para variar las tasas a otros empréstitos.

El Poder Ejecutivo explicó que 225 millones de dólares serán utilizados para mejorar las redes eléctricas y normalizar el servicio a clientes de las empresas distribuidoras de energía Edesur, Edeeste y Edenorte.

Dijo que los otros 300 millones serán asignados al programa Acción Climática para un Crecimiento Económico Sostenible.

Este  miércoles el pleno también aprobó una enmienda al contrato de préstamo suscrito en 2022 entre el Gobierno y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) por 60 millones de dólares para financiar el proyecto de fortalecimiento del sector agropecuario.

Asimismo, dio luz verde a un acuerdo de modificación a un crédito de 54 millones de dólares entre el Gobierno y JP Morgan Chase Bank de Londres para financiar un proyecto de saneamiento pluvial y sanitario de la cañada de Guajimía.

sp-am

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Desvinculan de Educación a más de 600 docentes por faltas graves y cobrar sin trabajar.

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Santo Domingo, R.D.-Más de seiscientos docentes fueron desvinculados del  Ministerio de Educación (Minerd) por cometer faltas graves, especialmente, por abandono del cargo y recibir remuneraciones sin trabajar.

Del total, 348 maestros solicitaron su cancelación de manera voluntaria y 279 fueron separados de manera forzosa, debido a «faltas graves y abandono de sus puestos de trabajo».

Las desvinculaciones se produjeron durante el periodo transcurrido entre los meses de diciembre 2023 y agosto de 2024, dijo el Minerd en una nota.

Al referirse a las causas que motivaron los despidos, la Dirección de Recursos Humanos explicó que el 80 % por ciento fue por abandono de su puesto de trabajo y el 20 % restante está relacionado con otro tipo de indisciplina, entre ellas: violencia, acoso sexual, narcotráfico y falsificación de documentos.

Vivían fuera del país y cobraban sus sueldos

  • El Minerd dijo que la investigación evidenció que muchos colaboradores del área docente estaban viviendo fuera del país o realizando otras actividades mientras devengaban salarios entre 70,000 pesos y 90,000 pesos en el Minerd. «Para camuflar su incumplimiento, le pagaban a un sustituto entre 6,000 seis y 9,000 pesos al mes», reveló el Minerd.

«Profunda investigación»

El Ministerio de Educación informó que las cancelaciones se realizaron luego de una «profunda y amplia investigación», que se realizó a través de la Unidad de Investigación de la Inconductas Laborales de la institución, compuesta por abogados, psicólogos, trabajadores sociales y otros profesionales, y que contó con la cooperación de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP) y la Dirección General de Migración.

Recientemente, la Unidad de Investigación de la Inconductas Laborales del Minerd, realizó un recorrido por las regionales y distritos educativos para formar a los directores de centro sobre los componentes éticos y disciplinarios, enseñándoles, a través de talleres, cuáles son las obligaciones y los deberes del servidor público y cuáles son las consecuencias de no cumplir con esos deberes y cómo funciona la estructura de administración del Estado.

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