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Advierte el Ministerio Público que no se dejará intimidar

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SANTO DOMINGO .- Con la reiteración de perseguir todos los delitos en Republica Dominicana sin importar quien los cometa, el Ministerio Público (MP) respondió a lo que llamó una campaña en su contra.

Negó categóricamente este domingo que empleados suyos hayan participado en acuerdos que personas imputadas en casos corrupción han suscrito para aceptar su culpabilidad y devolver dinero o bienes obtenidos ilícitamente.

En un documento público remitido a los medios de comunicación, considera que son falsas denuncias que abogados defensores de algunos de los acusados han hecho a través de medios de comunicación en el sentido de que esos acuerdos han sido promovidos por el Ministerio Público, ante la debilidad de las pruebas presentadas contra  imputados.

Por el contrario, aclara, ante la contundencia de las pruebas,  52 oficinas de abogados han representado a imputados de delitos de criminalidad organizada que han firmado acuerdos para aceptar su culpabilidad,   todos los cuales,  sin excepción, han sido judicializados ante los tribunales y en ninguno han participado empleados del Ministerio Público.

Indica que desde 2020 el Ministerio Público, que encabeza la procuradora general Miriam Germán Brito, ha sido extremadamente cuidadoso y transparente con los acuerdos, razón por la cual todos han sido llevados hasta los tribunales y en ningún caso se ha aceptado intermediario alguno.

“Cada abogado que ha firmado un acuerdo en representación de su asistido ha sido testigo de que se le advierte que el documento debe sustentarse sobre la verdad, ser voluntario y que no se lo debe a nadie, sino al resultado de una actitud de cooperación frente a la contundencia de las investigaciones y a la aplicación estricta de la norma procesal penal vigente”, añade

Explica que  todos los acuerdos se encuentran judicializados y fueron elaborados en estricto cumplimiento de la ley, y solo se han firmado para decomisar activos como bienes inmuebles, vehículos, embarcaciones y cheques certificados..  En este sentido, desmiente que haya otros convenios para recibir cesiones u obras futuras.

RECONOCE DERECHO A CUESTIONAR

En su comunicado , el Ministerio Público reconoce el derecho ciudadano de cuestionar las acciones de un órgano constitucional, un ejercicio válido y necesario en un Estado de derecho. Sin embargo, califica de “deshonesto y poco profesional cuestionar al Ministerio Público, de manera deliberada y aviesamente, máxime cuando las mentiras quedan evidenciadas con solo leer las acusaciones, acuerdos y demás actuaciones procesales que ha depositado el Ministerio Público ante los tribunales”.

Indica que “pretender que el Ministerio Público le atribuya a miembros del nivel medio de una estructura criminal toda la responsabilidad cuando las evidencias establecen de forma clara que la mayor parte de los recursos fue a parar a los principales acusados que desempeñaban funciones de primer orden en el Estado, es pedirle al órgano acusador que tome las decisiones más fáciles y que se sume como cómplice a la impunidad frente a la corrupción de la que un sector privilegiado estuvo disfrutado históricamente”.

ADVIERTE NO SE DEJARÁ INTIMIDAR

“Es necesario que estén claros que por más campañas nacionales o internacionales que pongan en marcha, por más lobistas o voces afines que contraten, no vamos a detenernos ni a intimidarnos”, afirma el documento enviado a la prensa.

A su juicio, estas campañas tienen todas las características de no ser financiadas con recursos de patrimonio lícito, lo que obliga al Ministerio Público a tomar medidas cautelares para evitar que se sigan utilizando recursos para obstruir los procesos.

Dice que “han llegado al extremo de querer fabular respeto a una persona contratada por el Ministerio Público a través de un proceso de evaluación y reclutamiento agotado mediante una firma consultora externa de gestión humana”, a pesar de que ella no labora hace meses en la institución y nunca tuvo nada que ver con las áreas de persecución.

“Es preciso establecer que, el Ministerio Público no ha firmado ni un solo acuerdo con la oficina en la que laboró la persona en cuestión antes, durante o después de ser contratada. De modo que, además de constituirse en delito tipificado y sancionado por la Ley 53-07 esta fábula es deshonesta y nada profesional”, añade

Puntualiza: “Escudarse en un micrófono para atribuir al Ministerio Público pactos con empresas con las que no ha firmado ningún acuerdo y mezclar líneas de investigación de un caso judicializado con otros en etapa de investigación, lo menos que evidencia es un nulo esfuerzo profesional al informar a la ciudadanía y un gran interés en mantenerse ajeno a comunicar de manera objetiva”.

Resalta que los s acuerdos de culpabilidad se realizan en todas las materias, siempre amparados en la normativa procesal penal.

El MP reitera ante la población dominicana su “ compromiso de perseguir todos los delitos, sin importar quienes los cometan, como lo han venido haciendo y como lo comprueban los distintos procesos que han puesto en marcha, porque así como la ley no distingue entre seres humanos, no lo puede hacer ni lo hará este Ministerio Público”.

Sp-am

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Hasta 1962 los candidatos independientes no requerían partidos.

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Santo Domingo, R.D.-La figura de la candidatura  independiente se posiciona en el centro de atención de las organizaciones políticas y otros sectores sociales a partir de la sentencia emitida recientemente por el Tribunal Constitucional (TC), que declaró inconstitucional los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 del Régimen Electoral.

De manera específica, el pleno del TC hizo, además, un análisis de las reformas desarrolladas a este marco legal en los últimos 98 años, con la cual determinó que en “el único momento que, conceptualmente” las candidaturas independientes estuvieron alejadas de los partidos políticos fue hasta el año 1962. Desde este período, hasta este 2024, esta legislación ha resultado “extremadamente difícil y contraria” a la esencia misma de las candidaturas independientes.

Sin embargo, desde la publicación del dictamen el pasado 13 de diciembre, sobre este método de postulación a los puestos de los tres niveles de elección, parte de los representantes políticos aseguran que el sistema de partidos podría ser afectado con esta decisión en el futuro.

Algunos de los factores señalados por las agrupaciones políticas son los riesgos de desigualdad en la competencia electoral y posibles dificultades con la logística de los sufragios. Además, que esta flexibilización apertura una puerta para recibir a ciudadanos que estén vinculados a acciones criminales.

El veredicto del pleno de la Alta Corte ante la instancia depositada por Alberto Fiallo Billini fue declarar no conforme con la Constitución lo establecido en los artículos 167 y 157, situados en el capítulo titulado “De las candidaturas independientes”.

Este documento, que fue enviado a la Cámara de Diputados y al Senado, declaró la interpretación del pleno sobre la forma en la cual debe ser redactado en el texto de esos artículos.

Modificación legislativa

Estos artículos en la ley del Régimen Electoral vigente consideran como hábiles las candidaturas independientes que “surjan” a través de agrupaciones políticas. Asimismo, contiene en los requisitos la necesidad de conformar una organización de “cuadros directivos”, para que pueda ser sustentada la propuesta electoral independiente.

Pero, ¿Cuál es el origen de esta figura en la ley?

De acuerdo con la evaluación del pleno de la Alta Corte, la figura de las candidaturas independientes fue introducida en la legislación dominicana mediante el artículo 77 de la Ley 386,de 1926, en el que se establecía la existencia de dos tipos de candidatos: Los de partidos e independientes, los cuales podían presentarse para todas las posiciones electivas habilitadas. En esa ocasión, los requisitos para su postulación eran presentar una instancia motivada al órgano electoral que correspondiera, según la posición perseguida. Mientras que para la postulación de cargos de alcance nacional, el ciudadano debía ser respaldado por al menos 2,000 sufragantes.

Legislaciones.

En 1962 el Poder Legislativo efectuó una reforma, introduciendo la ley 5884, en la que se apertura un apartado especial para consignar este mecanismo. Con esta reforma a la ley electoral fue cambiado de manera “sustancial” este apartado, ya que “las candidaturas independientes debían ser propuestas por agrupaciones políticas accidentales” y conformar una estructura de cuadros directivos con el mismo esquema de los partidos políticos. Luego, en 1997, adiciona un mandato para que quienes opten por utilizar este derecho político fundamental presenten una agrupación política avalada por un porcentaje mínimo de inscritos en el registro electoral. Por último, fueron promulgadas las leyes 15-19 y 20-23, que mantienen una redacción idéntica en estos artículos.

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Candidaturas independientes lleva a Paliza pedir a la JCE convocar partidos.

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Santo Domingo, R.D.-José Ignacio Paliza,  presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), solicitó este martes a la Junta Central Electoral (JCE) convocar a los partidos políticos reconocidos para discutir la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que autoriza a los dominicanos con aspiraciones a inscribir sus candidaturas sin necesitar el sustento de las organizaciones políticas.

Durante una entrevista en el programa matutino «El Sol de la Mañana», el también ministro de la Presidencia, considera que le corresponde al órgano electoral discutir con los partidos los métodos y fórmulas que deben implementarse en respuesta al dictamen del TC.

Paliza consideró que las entidades políticas deben reunirse en enero de 2025 para revisar y dialogar «detenidamente» el contenido de la medida ordenada por la Alta Corte.

Diversos sectores se han pronunciado en torno a la sentencia TC-0788-24, emitida el pasado 13 de diciembre, y expresado su preocupación, ya que genera una incertidumbre sobre hacia dónde conducirá al sistema político esta nueva normativa.

Además de dirigentes políticos como Leonel Fernández, Sigmund Freud, Edy Olivares también ha fijado posición la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), entidad que mediante un documento firmado por su vicepresidente ejecutivo, Servio Tulio Castaños, expresa su “preocupación”.

El jurista aseguró que la sentencia podría desvirtuar los esfuerzos realizados para fortalecer la democracia interna de los partidos políticos.

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Empresa chilena dice que Rep. Dominicana figura entre países mejores posicionados de AL

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Por Jhonny Trinidad

SANTO DOMINGO.- La Corporación Latinobarómetro con sede en Santiago de Chile ubicó a la República Dominicana entre los países mejores posicionados de Latinoamérica.

Sobresalió como una de las naciones con mayor bienestar en su población.

84 % de 19,214 dominicanos entrevistos entre el 23 de agosto y el 9 de septiembre manifestó satisfacción con su estilo de vida, lo que coloca a su país entre las naciones más optimistas de la región, junto a México y Brasil, que registran entre 82 % y 84 %, respectivamente.

Solo Costa Rica, Uruguay, Guatemala y El Salvador superan esos niveles, alcanzando entre 89 % y 85 %.

Argentina obtuvo un 79 %, Chile, Perú, Honduras, Venezuela y Ecuador, consiguieron índices de entre 71 % y 77 %. Bolivia ocupa el último lugar con solo un 55 % de satisfacción.

72 % de la población de El Salvador percibe que su país está avanzando, al igual que el 50 % de los dominicanos, mexicanos, uruguayos y panameños.

Las cifras más bajas en esta categoría son atribuidas a Bolivia (5 %), Perú (11 %), Honduras (12 %) y Ecuador (13 %).

Según el informe, el 71 % de los dominicanos considera que su familia ha mejorado en los últimos 10 años, ubicando a República Dominicana entre los líderes regionales en este indicador, junto a Costa Rica (73 %).

El 68 % de los dominicanos también aprueba el desempeño de su gobierno, igual que el 87 % de los slavadoreños, 80 % de los panameños y el 75 % de los mexicanos.

Los presidentes más populares, según el estudio, son los de El Salvador (74 %), México (67%), Panamá (62%) y República Dominicana (60%).

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