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Aprueban proyecto establece obligatoriedad de los debates electorales en el 2028

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Santo Domingo, R.D.-Los diputados aprobaron  este miércoles en primera lectura un proyecto de ley que implementaría los debates electorales obligatorios en la República Dominicana a partir del año 2028, en los que deberán participar todos los candidatos presidenciales, congresuales y municipales.

El proyecto aprobado por los diputados, con 98 votos a favor, dispone que los candidatos que no asistan a los debates serán sancionados con la restricción total de los espacios destinados para la promoción de sus aspiraciones.

«Se dispone la asistencia y participación obligatoria de los candidatos a la presidencia y vicepresidencia de la República, al Congreso Nacional y a los gobiernos locales a por lo menos uno de los debates públicos organizados por la JCE«, dispone el informe que aprobaron los diputados y que proviene de dos proyectos de ley propuestos por los legisladores José Horacio Rodríguez, Mélido Mercedes, Pedro Martínez, Aida López y Mateo Espaillat.

La iniciativa establece que los temas para los debates electorales deben ser previamente consensuados con todas las agrupaciones políticas de los candidatos, así como con las instituciones académicas y de la sociedad civil.

Además, el proyecto refundido ordena que los debates sean transmitidos por los medios de comunicación públicos a disposición del Estado. El careo quedará grabado en los portales digitales de la JCE, de manera que la ciudadanía pueda acceder a ellos después de su realización.

Para la ejecución del debate, la JCE retendrá una proporción del dinero asignado a los partidos políticos para sustentar de forma financiera el debate. La propuesta legislativa enfatiza que la participación en los debates será gratuita y no podrá implicar ningún gasto para los aspirantes.

El capítulo cinco del informe legislativo que preparó una comisión de diputados organiza el período, formato, duración y temática de los debates y sostiene que las entrevistas se realizarán el último lunes de los meses de noviembre, enero y marzo, previo a la contienda electoral.

El debate se hará dentro de los límites temporales de la campaña electoral establecidos por la Ley 20-23 sobre Régimen Electoral.

Asimismo, el documento legislativo afirma, en su artículo 18, que cada debate abordará temáticas distintas relevantes para el interés nacional, de manera que los candidatos puedan profundizar sobre cada una en sus intervenciones.

Los cinco diputados proponentes de los proyectos argumentan que la propia Ley 20-23 atribuye a la JCE la responsabilidad de promover la realización de debates sobre los programas que presenten los partidos. Sin embargo, los congresistas aducen que ninguna normativa obliga a los candidatos a debatir sus ideas públicamente.

«Los debates electorales fomentan la transparencia y la rendición de cuentas de los candidatos que compiten por cargos de elección popular, por tanto, se ponen a prueba la calidad de sus propuestas electorales, evento que permite a los votantes conocer a los candidatos y sus propuestas», exponen los diputados en los argumentos de la iniciativa.

De igual forma, los congresistas alegan que la falta de obligatoriedad provoca que los debates se realicen de forma intermitente o irregular, lo que afecta la promoción del voto en el país.

Discutido para segunda lectura

Tras la aprobación en primera lectura, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, expresó que el proyecto será debatido cuando se someta en segunda lectura, antes del cierre de legislatura previsto para el 25 de julio.

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Hasta 1962 los candidatos independientes no requerían partidos.

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Santo Domingo, R.D.-La figura de la candidatura  independiente se posiciona en el centro de atención de las organizaciones políticas y otros sectores sociales a partir de la sentencia emitida recientemente por el Tribunal Constitucional (TC), que declaró inconstitucional los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 del Régimen Electoral.

De manera específica, el pleno del TC hizo, además, un análisis de las reformas desarrolladas a este marco legal en los últimos 98 años, con la cual determinó que en “el único momento que, conceptualmente” las candidaturas independientes estuvieron alejadas de los partidos políticos fue hasta el año 1962. Desde este período, hasta este 2024, esta legislación ha resultado “extremadamente difícil y contraria” a la esencia misma de las candidaturas independientes.

Sin embargo, desde la publicación del dictamen el pasado 13 de diciembre, sobre este método de postulación a los puestos de los tres niveles de elección, parte de los representantes políticos aseguran que el sistema de partidos podría ser afectado con esta decisión en el futuro.

Algunos de los factores señalados por las agrupaciones políticas son los riesgos de desigualdad en la competencia electoral y posibles dificultades con la logística de los sufragios. Además, que esta flexibilización apertura una puerta para recibir a ciudadanos que estén vinculados a acciones criminales.

El veredicto del pleno de la Alta Corte ante la instancia depositada por Alberto Fiallo Billini fue declarar no conforme con la Constitución lo establecido en los artículos 167 y 157, situados en el capítulo titulado “De las candidaturas independientes”.

Este documento, que fue enviado a la Cámara de Diputados y al Senado, declaró la interpretación del pleno sobre la forma en la cual debe ser redactado en el texto de esos artículos.

Modificación legislativa

Estos artículos en la ley del Régimen Electoral vigente consideran como hábiles las candidaturas independientes que “surjan” a través de agrupaciones políticas. Asimismo, contiene en los requisitos la necesidad de conformar una organización de “cuadros directivos”, para que pueda ser sustentada la propuesta electoral independiente.

Pero, ¿Cuál es el origen de esta figura en la ley?

De acuerdo con la evaluación del pleno de la Alta Corte, la figura de las candidaturas independientes fue introducida en la legislación dominicana mediante el artículo 77 de la Ley 386,de 1926, en el que se establecía la existencia de dos tipos de candidatos: Los de partidos e independientes, los cuales podían presentarse para todas las posiciones electivas habilitadas. En esa ocasión, los requisitos para su postulación eran presentar una instancia motivada al órgano electoral que correspondiera, según la posición perseguida. Mientras que para la postulación de cargos de alcance nacional, el ciudadano debía ser respaldado por al menos 2,000 sufragantes.

Legislaciones.

En 1962 el Poder Legislativo efectuó una reforma, introduciendo la ley 5884, en la que se apertura un apartado especial para consignar este mecanismo. Con esta reforma a la ley electoral fue cambiado de manera “sustancial” este apartado, ya que “las candidaturas independientes debían ser propuestas por agrupaciones políticas accidentales” y conformar una estructura de cuadros directivos con el mismo esquema de los partidos políticos. Luego, en 1997, adiciona un mandato para que quienes opten por utilizar este derecho político fundamental presenten una agrupación política avalada por un porcentaje mínimo de inscritos en el registro electoral. Por último, fueron promulgadas las leyes 15-19 y 20-23, que mantienen una redacción idéntica en estos artículos.

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Candidaturas independientes lleva a Paliza pedir a la JCE convocar partidos.

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Santo Domingo, R.D.-José Ignacio Paliza,  presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), solicitó este martes a la Junta Central Electoral (JCE) convocar a los partidos políticos reconocidos para discutir la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que autoriza a los dominicanos con aspiraciones a inscribir sus candidaturas sin necesitar el sustento de las organizaciones políticas.

Durante una entrevista en el programa matutino «El Sol de la Mañana», el también ministro de la Presidencia, considera que le corresponde al órgano electoral discutir con los partidos los métodos y fórmulas que deben implementarse en respuesta al dictamen del TC.

Paliza consideró que las entidades políticas deben reunirse en enero de 2025 para revisar y dialogar «detenidamente» el contenido de la medida ordenada por la Alta Corte.

Diversos sectores se han pronunciado en torno a la sentencia TC-0788-24, emitida el pasado 13 de diciembre, y expresado su preocupación, ya que genera una incertidumbre sobre hacia dónde conducirá al sistema político esta nueva normativa.

Además de dirigentes políticos como Leonel Fernández, Sigmund Freud, Edy Olivares también ha fijado posición la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), entidad que mediante un documento firmado por su vicepresidente ejecutivo, Servio Tulio Castaños, expresa su “preocupación”.

El jurista aseguró que la sentencia podría desvirtuar los esfuerzos realizados para fortalecer la democracia interna de los partidos políticos.

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Empresa chilena dice que Rep. Dominicana figura entre países mejores posicionados de AL

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Por Jhonny Trinidad

SANTO DOMINGO.- La Corporación Latinobarómetro con sede en Santiago de Chile ubicó a la República Dominicana entre los países mejores posicionados de Latinoamérica.

Sobresalió como una de las naciones con mayor bienestar en su población.

84 % de 19,214 dominicanos entrevistos entre el 23 de agosto y el 9 de septiembre manifestó satisfacción con su estilo de vida, lo que coloca a su país entre las naciones más optimistas de la región, junto a México y Brasil, que registran entre 82 % y 84 %, respectivamente.

Solo Costa Rica, Uruguay, Guatemala y El Salvador superan esos niveles, alcanzando entre 89 % y 85 %.

Argentina obtuvo un 79 %, Chile, Perú, Honduras, Venezuela y Ecuador, consiguieron índices de entre 71 % y 77 %. Bolivia ocupa el último lugar con solo un 55 % de satisfacción.

72 % de la población de El Salvador percibe que su país está avanzando, al igual que el 50 % de los dominicanos, mexicanos, uruguayos y panameños.

Las cifras más bajas en esta categoría son atribuidas a Bolivia (5 %), Perú (11 %), Honduras (12 %) y Ecuador (13 %).

Según el informe, el 71 % de los dominicanos considera que su familia ha mejorado en los últimos 10 años, ubicando a República Dominicana entre los líderes regionales en este indicador, junto a Costa Rica (73 %).

El 68 % de los dominicanos también aprueba el desempeño de su gobierno, igual que el 87 % de los slavadoreños, 80 % de los panameños y el 75 % de los mexicanos.

Los presidentes más populares, según el estudio, son los de El Salvador (74 %), México (67%), Panamá (62%) y República Dominicana (60%).

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