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He aquí la nueva versión de la Constitución de la República Dominicana
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1 año agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo.- La nueva versión de la Constitución de la República Dominicana proclamada en el Congreso Nacional el pasado 26 y 27 de octubre con aspectos como la autonomía del Ministerio Público, unificación de las elecciones, reestructuración del sistema administrativo, entre otros ajustes.
A continuación, presentamos la actualización número 40 de la Carta Magna que cuenta con 10 artículos renovados y uno agregado.Principales ajustes:
Disposiciones Transitorias y Generales
El documento incluye varias disposiciones transitorias que buscan asegurar una implementación ordenada de la reforma. Entre ellas, se destaca la que establece que hasta que la ley correspondiente defina la organización del Consejo Superior del Ministerio Público, el funcionamiento de este órgano se mantendrá bajo las disposiciones actuales.
Reestructuración del Sistema Administrativo
En cuanto a la administración pública, la reforma plantea modificaciones en los artículos 166 y 167 para reestructurar la representación de la administración ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. El texto sugiere la creación de la figura del Abogado General de la Administración Pública, quien será responsable de representar a la administración en estos procesos.
Reforma del Consejo Nacional de la Magistratura
La reforma también incluye cambios en la composición y funciones del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). Se propone eliminar al Procurador General de la República como miembro del CNM, una medida que refuerza la separación de poderes al limitar la influencia del Ministerio Público en la selección de jueces. Además, se agrega como función del CNM la designación del Procurador General de la República, lo que centraliza este poder en un solo organismo y busca garantizar una mayor coherencia en las decisiones judiciales y administrativas.
Unificación de las Elecciones
La reforma también propone la unificación de las elecciones presidenciales, congresuales, parlamentarias y municipales, a realizarse el tercer domingo de mayo de cada cuatro años. Esta medida, que implicará una modificación al artículo 209 de la Constitución, tiene como objetivo simplificar el proceso electoral y reducir los costos asociados a la celebración de múltiples elecciones. No obstante, se incluye una disposición transitoria que establece que las elecciones del año 2028 se celebrarán de manera separada e independiente, con las elecciones municipales programadas para febrero y las demás en mayo, en un intento de asegurar una transición gradual hacia el nuevo sistema.
Autonomía y Fortalecimiento del Ministerio Público
Otra de las propuestas centrales de esta reforma es el fortalecimiento de la autonomía del Ministerio Público, en particular del Procurador General de la República. El documento propone que el Procurador sea designado por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) a propuesta del Presidente de la República, y que esta designación se haga por un período constitucional con carácter de inamovilidad, salvo por la aplicación de un juicio político.
Garantizar la Estabilidad Constitucional y la Regla de No Reelección
Uno de los pilares de la reforma es la propuesta de modificar el artículo 124 de la Constitución para consolidar las reglas de elección presidencial y, particularmente, establecer una prohibición estricta contra cualquier intento de modificar las disposiciones relacionadas con la reelección presidencial durante el mandato de un presidente en funciones. Esta medida, considerada crucial por el Ejecutivo, busca prevenir cambios constitucionales que puedan generar inestabilidad política o permitir la perpetuación en el poder.
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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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14 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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14 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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14 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
