Nacionales
Luce como otra torpeza del presidente abinader nombramiento de nuevos embajadores.
Published
12 meses agoon
By
LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-Lo que parece ser otra torpeza del presidente Luis Abinader son las designaciones de nuevos embajadores en sustitución de los que estaban en esas posiciones y que reúnen ciertas experiencias que pueden ser aprovechadas en favor del pais, lo cual no ofrece una justificación al respecto por parte del Gobierno.
En este caso, Abinader hizo cambios en Países Bajos, Antigua y Barbuda, El Salvador, Francia, Alemania, Costa Rica, Santa Sede (Vaticano), Argentina, Bélgica y China, países que, en su mayoría, representan oportunidades de comercio y requieren de un buen estado de las relaciones diplomáticas.
Un análisis realizado por Listín Diario sobre los perfiles de los viejos y los nuevos embajadores que representarán a la República Dominicana en estas 10 naciones presagia posibles conflictos o desinterés en las relaciones que se planea mantener con estos países.
Lejos de ser referentes en las relaciones internacionales y la diplomacia, y a pesar de los cuestionamientos por el acuerdo marítimo firmado con los Países Bajos, Abinader volvió a nombrar a un embajador sin experiencia en la materia.
El pasado embajador, Juan Bautista Durán, es un odontólogo miembro del oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM) que puso en marcha el movimiento “Unidos por el Cambio” en Europa durante el proceso electoral y fue nombrado en la posición.
El más reciente, Carlos de la Mota, carece también de experiencia y preparación en el área de las relaciones internacionales, siendo actor y arquitecto de profesión, con unos años ejerciendo de viceministro para las “comunidades dominicanas en el exterior”.
En el caso Países Bajos, el país salió a relucir en la palestra pública luego de haberse divulgado un acuerdo para definir los límites marítimos con Curazao, una isla que pertenece a esa nación europea, y en el que se han señalado presuntas “debilidades” en el proceso de negociación y formulación del pacto.
Otro caso ocurrió con la nueva elección de la embajadora en Costa Rica. El pasado embajador, Josue Fiallo, quien inició sus labores en ese país en enero de 2024, fue traído de vuela a la Cancillería por una “asesora” en el despacho del canciller Roberto Álvarez, que inició sus labores en 2020 y no posee experiencia en el servicio exterior.
María Amelia Marranzini saltó de ser asesora de Roberto Álvarez a embajadora en Costa Rica, sustituyendo a Fiallo, un diplomático de carrera, con más de 20 años de experiencia, y que ha ocupado diversas posiciones en el servicio exterior, sin contar su formación en las relaciones internacionales.
Desde 2018, cuando se firmó la apertura de las relaciones diplomáticas, Briunny Garabito, diplomático de carrera con experiencia en distintos países, se mantuvo en el cargo, hasta que recientemente el presidente dispuso su cambio.
Su lugar será ocupado por un también miembro del PRM, José Julio Gómez, quien tampoco tiene experiencia en el servicio exterior. En su currículum solo muestra haber sido viceministro de “política exterior bilateral”, pero no ha ocupado ninguna posición en embajadas, consulados o representaciones del país en el extranjero.
La decisión del presidente de nombrar a un exmiembro del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) como embajador ante la Santa Sede (Vaticano) despertó múltiples críticas sobre las razones que lo llevaron a tomar está acción.
Abinader dispuso el nombramiento de Víctor Valdemar Suárez, exdiputado del PLD por más una década y exmiembro de la entidad morada por casi 30 años en el Vaticano, luego de su renuncia de la organización, pasando a apoyar al presidente.
Inclusive, votó a favor de varias iniciativas legislativas que propuso el gobierno y pasaron por la Cámara de Diputados mientras él era legislador.
El cuestionamiento se produce porque Víctor Suárez, que por más de una vez lanzó críticas públicas y directas a Abinader, tanto cuando este último era candidato, como cuando ya alcanzó el poder, Suárez, sin experiencia diplomática, sustituirá a Luis Emilio Montalvo, otro inexperimentado en el área, quien ocupaba esa posición.
El pasado embajador es licenciado en psicología y doctor en medicina, sin ningún estudio en las relaciones exteriores.
En el caso de Argentina, ambos embajadores carecen de algún tipo de estudio o experiencia en diplomacia. Para hacer frente al gobierno del presidente Javier Milei, Abinader optó por colocar a Jorge Gerardo Neftalí Marte Báez, un médico que ha realizado toda su carrera en el sector de la salud, quien reemplazará a su colega Gustavo Hernando, con quien comparte profesión y carencia de conocimientos en las relaciones internacionales.
Por otro lado, en el caso de Antigua Barbuda, El Salvador, Francia, Alemania y Bélgica, Abinader dispuso cambiar embajadores de carrera diplomática por otros que también ostentan la misma posición.
Nacionales
JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
Published
14 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
Nacionales
Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
Published
14 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
Nacionales
Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
Published
15 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
