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Ley de medios digitales busca ser actualizada por Pleno de la SCJ.

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Santo Domingo, R.D.-Un anteproyecto de ley fue sometido en el Senado de la Republica por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, a fin de producir una  modificación a los artículos 14,12 y 5 de la Ley numero 339-22 que habilita y regula el uso de los medios digitales en el Poder Judicial.

Las modificaciones se centran en dos aspectos fundamentales: por un lado, consolidar la digitalización como regla general para todos los trámites judiciales, incorporando herramientas como la firma digital y un sistema georreferenciado que garantice la trazabilidad y seguridad de las diligencias; y, por otro, establecer un marco más claro para el uso de audiencias virtuales, permitiendo a las partes optar por esta modalidad y otorgando al juez la facultad de decidir en caso de desacuerdo.

Esta iniciativa del Pleno tiene como objetivo mejorar la normativa. Para ello, facilita la firma digital gratuita a los auxiliares de la justicia y el uso de la tecnología para erradicar las notificaciones en el aire y fortalecer la seguridad jurídica.

El anteproyecto fue presentado por el juez presidente de la Suprema Corte de Justicia Henry Molinaquien dijo que la misma forma parte de un esfuerzo por modernizar y optimizar el sistema judicial del país, adaptándolo a las exigencias tecnológicas actuales y mejorando la eficiencia en la administración de la justicia.

El juez presidente asistió al Senado junto a los jueces de la Suprema Corte de Justicia   Justiniano Montero, Francisco Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández, Fran Soto Sánchez, Francisco Ortega Polanco, Ramón Herrera Carbuccia y Rafael Vásquez Goico.

Durante la visita, el magistrado Molina destacó que, aunque la Ley de Uso de Medios Digitales ha representado un avance significativo en el proceso de digitalización del sistema judicial, el rápido desarrollo tecnológico y las buenas prácticas observadas en otros poderes judiciales hacen necesario introducir ajustes que fortalezcan el acceso a la justicia y ofrezcan mayor seguridad jurídica al país.

La solicitud de modificación se realiza luego de ser aprobada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, en su sesión del pasado 9 de octubre, y en virtud de la facultad de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 96, numeral 3, de la Constitución dominicana.

“Como manda la propia ley, su implementación ha sido progresiva, logrando hitos importantes como el registro de más de 23,000 usuarios en la plataforma de acceso digital, la tramitación de más de 112,000 solicitudes y la realización de 27,000 audiencias virtuales, lo que se ha traducido en ahorros para el sistema, sus usuarios y la sociedad”, destaca el magistrado en su carta de remisión.

El magistrado Henry Molina concluyó resaltando que la aprobación de esta propuesta resulta necesaria para consolidar los avances logrados y continuar con la transformación de una justicia digital que beneficie a toda la ciudadanía.

La Ley de Uso de Medios Digitales en el Poder fue impulsada por el juez presidente de la Suprema Corte de Justicia y por los miembros del Pleno del alto tribunal, aprobada por el Congreso Nacional y promulgada por el presidente de la República, Luis Abinader, el 21 de julio del año 2022.

Por el Senado de la República estuvieron presentes los legisladores Santiago Zorrilla (El Seibo), Gustavo Lara (San Cristóbal), Lía Díaz (Azua), Pedro Tineo (Monte Plata), Ginette Bournigal (Puerto Plata), Antonio Marte (Santiago Rodríguez), Odalís Rafael Rodríguez (Valverde), Aneudy Ortiz (San José de Ocoa), Rafael Barón Duluc (La Altagracia), Moisés Ayala Pérez (Barahona) y María Mercedes Ortiz Diloné (Hermanas Mirabal).

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ACD Media es imputado por JCE a través de la ley mordaza por publicar encuestas.

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Santo Domingo, R.D.-Un procedimiento administrativo sancionador en  contra la firma encuestadora ACD Media, SRL,  ha iniciado la Junta Central Electoral (JCE)  al formular un pliego inicial de cargos por la presunta publicación y difusión de encuestas con fines electorales fuera del período legalmente habilitado, en aplicación del reglamento aprobado por el organismo en mayo pasado, cuya medida abre un proceso contradictorio, pero no implica una declaración definitiva de responsabilidad.

La actuación fue dispuesta por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares, luego de que el Pleno de la JCE la apoderara para investigar dos estudios de opinión atribuidos a ACD Media: una encuesta divulgada el 1 de junio y otra el 13 de julio de este año, ambas publicadas por Diario Libre.

Según el órgano electoral, los sondeos incluían mediciones sobre simpatía partidariaintención de voto y preferencias presidenciales de cara a 2028, por lo que, de manera preliminar, poseen contenido político-electoral.

Los críticos del reglamento de la JCE, entre ellos la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), sostienen que el organismo fue más allá de ese marco legal al extender la prohibición hasta impedir la publicación de encuestas desde antes del inicio de la precampaña, una limitación que -afirman- no fue establecida por el Congreso en las leyes electorales. Esa es la cuestión que ahora deberá dilucidarse en la jurisdicción constitucional, luego de que el Tribunal Superior Electoral (TSE) declinara conocer el fondo del caso y lo remitiera al Tribunal Constitucional.

La JCE sostiene que ambas publicaciones se realizaron después de la entrada en vigor del Reglamento sobre Encuestas, vigente desde el 22 de mayo de 2026, pero antes del inicio del período oficial de precampaña, durante el cual sí estaría permitida la difusión de este tipo de estudios. El artículo 13 de la normativa prohíbe expresamente la publicación de encuestas con fines electorales fuera de esos plazos y contempla como sanción principal la suspensión temporal del registro de la firma entre seis meses y un año; la cancelación definitiva solo procedería en caso de reincidencia.

El expediente enfatiza, sin embargo, que la imputación tiene carácter provisional. La JCE deberá determinar durante la instrucción el grado de participación de ACD Media en la elaboración, autorización y difusión de las encuestas, mientras la empresa dispondrá de 10 días calendario para presentar su defensapruebas y argumentos jurídicos.

La decisión se produce en medio de un intenso debate jurídico sobre la validez del reglamento. La Finjus sostuvo desde su aprobación que la JCE excedió las facultades que le confieren las leyes electorales al prohibir la publicación de encuestas antes de la precampaña. La entidad argumentó que la restricción carece de respaldo legal expreso y podría vulnerar derechos constitucionales como la libertad de empresa, la libertad de información y el acceso de la ciudadanía a datos de interés público.

Las objeciones no provinieron únicamente de ACD Media. También Participación Ciudadana presentó un recurso de reconsideración solicitando la revocación del artículo que establece la prohibición, al entender que contradice la legislación electoral vigente. Incluso la miembro titular de la JCEHirayda Marcella Fernández Guzmán, remitió una opinión sobre la constitucionalidad del reglamento.

Ante esos cuestionamientos, el Pleno de la JCE decidió sobreseer el conocimiento de los recursos de reconsideración hasta que el Tribunal Superior Electoral se pronunciara sobre las acciones de las que había sido apoderado, aunque el presidente del organismo, Román Jáquez Liranzo, aclaró posteriormente que esa decisión no suspendía la vigencia del reglamento.

El TSE, sin embargo, no conoció el fondo de la controversia. La mayoría del tribunal se declaró incompetente para decidir la impugnación y remitió el caso al Tribunal Constitucional, al entender que corresponde al control concentrado de constitucionalidad. Esa decisión también generó críticas de juristas y de Finjus, que sostuvieron que el TSE sí tenía competencia para examinar la legalidad del reglamento y advirtieron que trasladar automáticamente este tipo de controversias al Tribunal Constitucional altera el diseño institucional previsto por la Constitución.

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Más de cien mil dólares deben tener de fianza dominicanos solicitantes de residencia a EU.

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Santo Domingo, R.D.-Los dominicanos considerados como una carga pública por el  cónsul que evalúe su caso tendrán  que tener una fianza de más de 100 mil dólares,  según un plan piloto anunciado por  el Departamento de Estado (DOS por sus siglas en inglés), siendo la República Dominicana el primer pais escogido para aplicar la medida.

Los montos de las fianzas serán de seis cifras, una información que fue publicada por el medio Washington Free Beacon y que luego fue compartida por el Departamento de Estado junto a una imagen de Marco Rubio.

Las fianzas se están estimando entre los 100,000 y los 250,000 dólares, según el citado medio.

Diario Libre conversó con Natalia Molano, vocera en español del DOS, quien dijo que no hay un monto establecido, indicó que el mismo será determinado individualmente por el oficial consular tras evaluar las circunstancias particulares de cada caso, con base en la legislación migratoria vigente.

  • Molano también explicó las razones por las cuales el país fue escogido para el inicio de este plan piloto que más adelante se extenderá a otros países.

«República Dominicana se escogió por el gran volumen y la escala de solicitudes de visa que maneja nuestra embajada en Santo Domingo. Es un programa piloto que se irá evaluando para determinar si se suman otros países o si se realizan modificaciones», explicó la funcionaria.

La portavoz explicó que el análisis sobre una posible carga pública comienza incluso antes de la entrevista consular.

Una vez que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) aprueba la petición de residencia, el expediente es remitido al consulado con la información financiera presentada por el patrocinador mediante el affidavit de apoyo económico, documento obligatorio en este tipo de solicitudes.

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10 mil pesos de garantía a hombre acusado de robar guagua.

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Santo Domingo, R.D.-Una garantia económica de 10 mil pesos umpuso el Juzgado de Atencion Permanente del Distrito Nacional a un hombre captado en video mientras conducia en via contraria por la avenida John F Kennedy luego  de presudentamente robarse el vehiculo que manejaba en  un dealer ubicado  en  el sector de  Villas Agriocolas.

El magistrado Rigoberto Sena, dispuso además impedimento de salida del país y presentación periódica para el imputado, Eugenio Mauricio Álvarez, y ordenó su inmediata puesta en libertad.

La medida fue cuestionada por Juan Carlos de Jesús Rosario, propietario del vehículo, quien denunció la impunidad y el desamparo que sienten los ciudadanos trabajadores frente al sistema de justicia. El comerciante manifestó su indignación y frustración, ya que el hecho estuvo a punto de costarle la vida a uno de sus hijos.

«Ese negocio me ha costado sacrificio y humillación para tenerlo ahí, gracias a Dios y a mis hijos que me han ayudado. Por poco aplasta a mi hijo y al conductor vienen y lo sueltan con una medida de 10,000 pesos. ¿Quién me paga a mí los daños y mi dinero?», expresó con impotencia.

Según el expediente, el imputado sustrajo una guagua Nissan NV350 Rider del establecimiento Cristal de Jesús Autoimport y emprendió la huida conduciendo de manera temeraria por varias vías del Distrito Nacional.

Los videos del recorrido del vehículo, transitando en sentido contrario por la avenida John F. Kennedy, se viralizaron en redes sociales y generaron preocupación entre conductores y peatones.

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