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Alexis Medina apela sentencia que lo condena a siete años de prisión por caso Antipulpo
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1 día agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-La sentencia que condena a Alexis Medina a siete años de prisión, fue recurrida en apelación por el Ministerio Público y por el propio hermano del expresidente Danilo Medina, quien fue vinculado en el caso Antipulpo.
La impugnación fue presentada ante la secretaria del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que dictó la sentencia condenatoria, desde el 30 de enero del presente año, hasta el 5 de febrero, esta última fue interpuesta por el Ministerio Público.
El tribunal que integran Claribel Nivar Arias, Jisell Soto y Clara Castillo, además condenó a Alexis Medina a pagar una multa de 150 salarios mínimos y sumas millonarias junto a sus empresas a favor del Estado, tras encontrarlo culpable de soborno, lavado de activos y asociación de malhechores.
En el caso de Alexis, según la acusación, los ilícitos ocurrieron entre 2012-2020, período en que su hermano, Danilo Medina, era presidente de la República.
También el Ministerio Público recurrió la decisión de los esposos Paola Molina Suazo y Carlos Martín Monte de Oca, condenados a cinco años cada uno; José Dolores Santana Carmona, sentenciado a seis años; y también a cinco años de cárcel a Wacal Vernabel Méndez, Ramón Brea Morel y Rigoberto Alcántara Batista. Igualmente, estas personas también recurrieron en apelación dicha decisión.
Cabe destacar que, las juezas homologaron el acuerdo entre el Ministerio Público Víctor Matías Encarnación, por lo que a este se le dictó cinco años de prisión suspendida y a una multa de 500 salarios mínimos.
El Ministerio Público había pedido 20 años de prisión, y el pago de 400 salarios mínimos para Alexis Medina, a quien imputó de haber defraudado al Estado con más de cinco mil millones de pesos a través de una red de corrupción que implementó aprovechándose de su posición de poder.
Asimismo, el ministerio público también recurrió en apelación la decisión del tribunal que también descargó a Carmen Magalys Medina Sánchez, así como a Fernando Rosa, ambos exfuncionarios del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper), así como otros que fueron exonerados de responsabilidad penal.
Asimismo, la sentencia de descargó Lina Ercilia de la Cruz y Pachristy Enmanuel Ramírez, el excontralor Rafael Antonio Germosén, el exministro de Salud, Freddy Hidalgo.
Cronología del caso
En total, 27 personas físicas y 21 empresas fueron imputadas en este caso, que fue el primero de los casos de presunta corrupción sometidos por el Ministerio Público en ser enviado a juicio de fondo desde el año 2020 hasta la fecha.
La decisión de apertura a juicio fue adoptada el 7 de febrero de 2023 por el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.
El caso se inició el 29 de noviembre de 2020 con allanamientos y arrestos, y fue declarado complejo el 8 de diciembre de ese año por el juez José Alejandro Vargas.
Entre los delitos imputados figuran asociación de malhechores, estafa contra el Estado, desfalco, sobornos, uso de documentos falsos, tráfico de influencias, lavado de activos, financiamiento ilícito de campañas políticas, coalición de funcionarios, concusión, falsedad documental, enriquecimiento ilícito, prevaricación y uso de prestanombres.
El Ministerio Público solicitaba penas de hasta 20 años de prisión, el decomiso de bienes y la inhabilitación para ejercer funciones públicas para los principales acusados del entramado de corrupción.
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Más de cuatro años lleva proceso judicial contra exprocurador y demás implicados del caso Medusa por incidentes abogados
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2 horas agoon
febrero 10, 2026
Santo Domingo, R.D.-El proceso judicial seguido contra el exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, y otros implicados en el caso Medusa, acusados de un presunto desfalco superior a RD$6,000 millones al Estado dominicano, cumple cuatro años, seis meses y 28 días en los tribunales.
El cómputo inicia desde el 13 de julio de 2021, fecha en que se dictó la medida de coerción contra los imputados. Sin embargo, hasta la fecha, el Ministerio Público no ha iniciado la lectura formal de la acusación, debido a múltiples incidentes y tácticas procesales presentadas por los abogados de la defensa.
El juicio se conoce ante las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, presidido por la magistrada Claribel Nivar. El más reciente incidente ocurrió cuando dicho tribunal decidió fusionar nuevamente la acusación contra Altagracia Guillén, señalada en el entramado de corrupción del caso Medusa, con el expediente principal que encabeza Jean Alain Rodríguez.
Se espera que este miércoles el Ministerio Público finalmente inicie la lectura de la acusación contra los imputados del caso Medusa, que la jueza del tribunal aplazo para esa fecha el juicio.
Plazos procesales y posible extinción de la acción penal
Este plazo solo puede extenderse por 12 meses adicionales en caso de sentencia condenatoria, a fin de permitir la tramitación de los recursos correspondientes.
No obstante, la normativa establece que los períodos de suspensión causados por dilaciones indebidas o tácticas dilatorias provocadas por los imputados y sus defensas no se computan dentro de ese plazo.
Asimismo, la fuga o rebeldía de un imputado interrumpe el cómputo del tiempo procesal, el cual se reinicia una vez comparezca o sea arrestado.
Postura de juristas sobre el proceso
El abogado Joaquín Zapata sostuvo que el proceso debería ser declarado extinta la acción penal por vencimiento del plazo máximo, aunque reconoció que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) no ha fijado una posición constante sobre este tema.
Recordó que una situación similar ocurrió en el caso Odebrecht, donde, pese a plantearse la extinción de la acción penal por vencimiento del proceso, la Suprema Corte optó por resolver el expediente por otra vía procesal.
“Desde el punto de vista doctrinal y conforme al debido proceso, debe declararse la extinción de la acción penal, pero habrá que esperar cuál será la posición que asuma la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia”, expresó Zapata.
Por su parte, el jurista Jaime Caonabo Terrero manifestó que ha llegado a la conclusión de que el Ministerio Público prioriza la mediatización de los procesos en los medios de comunicación, en lugar de concluirlos de manera efectiva en los tribunales.
“Solo hay que ver las solicitudes de medidas de coerción: el caso Medusa tiene 12,274 páginas, Senasa 535 páginas, con listas extensas de testigos y pruebas periciales y documentales, como si se tratara de juicios de fondo. Aun así, solicitan que los procesos sean declarados complejos para disponer de más tiempo”, señaló.
Cronología del caso Medusa
El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional fue apoderado del proceso el 3 de mayo de 2025, luego de que el 25 de febrero de 2025 la Corte de Apelación del Distrito Nacional acogiera una recusación contra los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado, que había sido apoderado el 7 de agosto de 2024.
La recusación fue interpuesta el 29 de enero de 2025 por los abogados de Jean Alain Rodríguez, principal imputado del caso Medusa.
Los implicados fueron enviados a juicio el 28 de junio de 2024 por el juez del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional. Durante la audiencia preliminar, 25 imputados llegaron a acuerdos con el Ministerio Público, admitiendo los hechos que se les imputaban.
Previamente, el 26 de julio de 2022, el juez Amauris Martínez fue apoderado para conocer la audiencia preliminar contra 63 imputados, incluidos 42 personas físicas y varias empresas.
El 13 de julio de 2021, la jueza Kenya Romero, de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, impuso 18 meses de prisión preventiva contra Jean Alain Rodríguez y otros tres implicados en la denominada Operación Medusa, además de declarar el proceso como complejo.
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Juez permite que Ethian Vásquez Amarante viva con su madre en Puerto Rico y use grillete electrónico
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2 horas agoon
febrero 10, 2026
Santo Domingo, R.D.-Tras negar la petición de los fiscales de que Esteffani José Vásquez Amarante, alías “Ethian” o “Baby”, permanezca en prisión mientras se conoce su caso, el juez Raúl M. Arias-Marxuach, determinó que este hombre acusado de narcotráfico y lavado de activos siga bajo libertad condicional.
El exesposo de la diputada de La Romana, Jacqueline Fernández, vivirá con su madre, quien reside en Puerto Rico, usará grillete electrónico y entregará su pasaporte. Todo esto bajo “modalidad de encarcelamiento domiciliario”.
Además, se le impuso una fianza, sin garantía, de $10,000 dólares.
Se recuerda que los fiscales habían pedido al juez que se realice una audiencia desde cero en contra de Esteffani José Vásquez Amarante para que se revoque la libertad condicional.
“Tras escuchar a ambas partes en una audiencia de novo (palabra en latín que significa nuevo) celebrada el 2 de febrero de 2026, el Tribunal deniega la petición urgente de los Estados Unidos. El acusado será puesto en libertad de conformidad con la Orden del Juez Magistrado en el expediente n.º 44 y sujeto a las condiciones allí establecidas”, dice el expediente que tuvo acceso Listín Diario.
Argumentos de Vázquez Amarante
En la audiencia celebrada “de nuevo”, Vázquez Amarante sostuvo que cualquier riesgo potencial de fuga se ve mitigado porque se entregó voluntariamente a las autoridades de la República Dominicana para su extradición a Estados Unidos.
Además, alegó fuertes lazos familiares con la comunidad debido a que su madre ha residido en Puerto Rico durante muchos años. También señaló que no tiene antecedentes penales y que el Gobierno no ha demostrado que represente un riesgo para la comunidad.
Argumentos del juez
Para determinar la libertad condicional, el juez Raúl M. Arias-Marxuach tomó varios factores en cuenta, dentro de estos están la naturaleza del delito, las pruebas, los antecedentes penales, entre otros.
El juez estableció que a pesar de que el tráfico de drogas representa un delito que facilita su detención en prisión “los demás factores favorecen la liberación”, ya que esta etapa del proceso no es para determinar la culpabilidad o inocencia de Vázquez Amarante, más bien establecer si existe las condiciones que garanticen la comparecencia de este hombre y la seguridad de cualquier persona.
El juez entendió que a pesar de las pruebas “sólidas” para sustentar los cargos de distribución internacional de cocaína y las evidencias de “montos multimillonarios en efectivo supuestamente entregados a un informante encubierto por orden del acusado”, para el lavado de dinero, “los antecedentes y características del acusado favorecen su liberación”.
“El Sr. Vázquez Amarante tiene 48 años y es ciudadano y residente de la República Dominicana. El Sr. Vázquez-Amarante no tiene antecedentes de abuso de sustancias y se sometió voluntariamente a un análisis de orina que arrojó resultados negativos para todas las drogas analizadas”, dijo.
“El Sr. Vázquez Amarante no tiene antecedentes penales en Puerto Rico ni en ningún otro lugar de Estados Unidos. Anteriormente, era residente legal permanente de Estados Unidos y residía en Puerto Rico”, continúo diciendo.
Además, dijo que este hombre conocido popularmente como Ethian, tiene a su madre y su hija residentes en Puerto Rico. “Si bien parece haber renunciado a su residencia permanente legal, no se presentó ninguna prueba de que huyera a la República Dominicana para evadir el procesamiento. Además, se entregó voluntariamente a las autoridades para enfrentar el procesamiento cuando se autorizó su extradición”.
Explicó que aunque Esteffani Vásquez Amarante intentó blanquear cantidades multimillonarias provenientes del narcotráfico en 2021, “no hay evidencia de que el acusado tenga acceso a recursos financieros tan significativos en la actualidad. De haberlo tenido, podría haber huido fácilmente de la República Dominicana”.
Sumado a esto, se determinó que no representa ninguna prueba de peligrosidad para las personas.
“Por las razones expuestas, es acusado Estefani Vázquez Amarante será puesta en libertad de conformidad con la Orden del Juez Magistrado en el Expediente núm. 44 y sujeta a las condiciones allí establecidas”, concluyó el juez.
Esteffani José Vásquez Amarante fue arrestado en República Dominicana el 6 de noviembre de 2025 a solicitud de Estados Unidos, varios meses después, el 14 de enero de 2026 fue extraditado a Puerto Rico por cargos de narcotráfico y lavado de activos.
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Fijan para el miércoles medida de coerción contra administradores de Barra Payán por presunto fraude
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2 horas agoon
febrero 10, 2026
Santo Domingo, R.D.-La jueza Fátima Veloz fijó para este miércoles el conocimiento de la medida de coerción contra los administradores de la empresa Comercial Barra Payán, que opera los negocios Barra Payán y Panadería Payán, por un presunto fraude de más de 39.7 millones de pesos, en perjuicio de los demás socios de la entidad.
La fiscal Luz del Carmen Marte, coordinadora del Departamento Investigativo de Crímenes y Delitos contra la Propiedad, solicitó al tribunal que se imponga a Marcos Antonio Frías García, Juan Ismael Frías García y Dagoberto Cabrera el pago de una garantía económica de un millón de pesos en efectivo, impedimento de salida del país y presentación periódica.
El monto total de lo defraudado presuntamente asciende a RD$39,784,661.18, afectando directamente a los socios Juan Santiago Frías Paulino, Juan Abraham Frías Paulino, Yeimy Cantalicia Frías Paulino y Juan Carlos Frías Beltrán, quienes figuran como querellantes. El Ministerio Público califica los hechos como abuso de confianza, tipificado en el artículo 408 del Código Penal Dominicano.
