Santo Domingo, R.D.-A pesar de que el presidente Luis Abinader tenia las opciones de promulgar o observar la Ley recientemente aprobada de forma ilegal e inconstitucional por el Congreso Nacional que elimina las candidaturas independientes se inclinó por la via que representa el desconocimiento de la ley sustantiva de la nación, colocándose al margen de su propia legalidad y de la institucionalidad de la nación, lo que de antemano significa que el caso pasa nuevamente al alto tribunal mediante la interposicion de una accion directa de inconstitucionalidad.
El decreto del jefe de Estado va en contra de la democracia participativa de la República, ya que en diciembre de 2024, el Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia interpretativa en virtud de lo que establece la Ley 137-11, su ley orgánica, que ajustó los articulos 156 y 157 de la ley 20-23 del régimen electoral para que los ciudadanos tengan la opcion de presentar de manera directa candidaturas a los diferentes cargos electivos en el proceso electoral.
Específicamente, el dictamen se refería al mecanismo de implementación de las candidaturas independientes, debido a que en el marco legal antes mencionado tenía de requisito la postulación por medio de un partido político para una persona participar en una contienda electoral.
Tras su análisis, el órgano constitucional decidió declararlo inconstitucional, ya que esa exigencia no estaba acorde con los principios constitucionales.
Es por esta razón que le sugirió al Poder Legislativo un texto que eliminaba la obligación de acudir a una entidad política para poder optar por las candidaturas independientes, sustituyéndolas por agrupaciones cívicas.
Sin embargo, el presidente Luis Abinader, al igual que el Congreso Nacional, obvió la sentencia TC/0788/2024 publicada por la alta corte, prefiriendo desaparecer este mecanismo de participación del régimen electoral.
Esto ocurrió luego de que el gobernante Abinader promulgara el pasado 26 de marzo la ley elaborada por el senador Rogelio Genao, la cual deroga los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, donde se encontraba la regulación de las candidaturas independientes.
Además, la pieza indica que las postulaciones a cargos de elección popular quedan reservadas a partidos, agrupaciones y movimientos políticos, conforme a la Constitución vigente.
“Que los partidos, agrupaciones y movimientos políticos constituyen las modalidades exclusivas de la participación política, entendida como el proceso hacia la elección de las autoridades electivas en las distintas instancias y ramas del gobierno”, ordena.
El senador Genao entendió necesaria la intervención del Congreso Nacional en la supresión del modelo de candidaturas independientes para evitarle “dificultades y contrariedades al sistema político dominicano, el que concentra en los partidos políticos los principales procesos de participación, suplencia y vacancia”.
Tanto el legislador como las comisiones que estuvieron a cargo del estudio de la pieza aseguraron que las candidaturas están reservadas a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
“La presentación de candidaturas a cargos electivos a nivel de los gobiernos locales está reservada explícitamente a los partidos políticos o agrupaciones políticas”, contiene uno de los considerandos. Por lo que, según indica el congresista en el documento legislativo, la creación de este modelo de participación electoral requiere de una “reforma constitucional”.
“Solo puede producirse como resultado de una reforma constitucional; de lo contrario, sería crear un sistema de presentación de candidaturas a cargos de elección popular paralelo al que por disposición expresa del constituyente se ha establecido”, versa el documento.