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Análisis Noticiosos

La ciencia económica SÍ predijo la crisis, solo había que…

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Por Nasser Khoury y Xavier Massa

Cuántas veces habremos oído en los últimos años decir que la crisis financiera mundial que acaeció en 2008 era totalmente imprevisible, y que no se puede juzgar a la ciencia económica predominante por no haber podido ni tan si quiera intuir lo sucedido.

Este texto pretende ser un alegato en defensa de la ciencia económica, ya que puedo asegurar que si predijo lo que iba a suceder cuando finalizara la espiral de endeudamiento con asignaciones de activos de cada vez menor calidad.

Entonces nos surge una nueva pregunta: si los economistas lo predijeron porque no se hizo nada para intentar solucionarlo, o como mínimo paliar sus efectos. Son los políticos los que gobiernan los países, no los economistas. Esto debería responder en parte la inacción gubernamental respecto a la crisis financiera global. Pero los políticos se dejan asesorar, y en teoría, disponen de los mejores economistas para este fin.

La respuesta es que hay muchos economistas, y en una materia como la economía es muy sencillo confundir ciencia con ideología. Más allá de este hecho, los preámbulos de la crisis eran un momento dulce para la economía aparentemente. Salir-se de la línea ortodoxa que solo tenía en cuenta unos cuantos indicadores de referencia para valorar la situación era muy difícil. Además la desregulación que había padecido el sector financiero en los años previos había debilitado mucho las fuentes de información sobre sus operaciones, creando la denominada shadow banking o banca en la sombra. Los mismos ortodoxos aceptaban que la banca era un simple intermediador y que por tanto sus actuaciones no interferían en el buen funcionamiento de la economía.

Entonces, ¿quiénes fueron estos hombres que desafiaron a la “mainstream” para advertirnos de lo que se nos venía encima?

Más allá de la multitud de economistas que podríamos nombrar en este apartado (Raghuram Rajan y Noriel Roubini como más conocidos), me gustaría destacar las enseñanzas que ya existían desde principios del siglo XX. No somos la primera generación en vivir una crisis de este calibre, 1873 y 1929 son años que serán recordados para siempre por las respectivas crisis económicas y financieras que vivió el planeta y que no se separan tanto de la que vivimos hoy en día.

Las teorías de Irving Fisher, posteriores al crack del 1929, en las que recoge que es el sobreendeudamiento y la deflación las dos principales variables generadoras de crashes y depresiones deberían haber servido para evitar comportamientos de la economía como el vivido en nuestro país entre 1995 y 2007. El sobreendeudamiento en el caso español llevo como Fisher predice textualmente en su libro a la sobreinversión y la sobrespeculación. El sobreendeudamiento, predice, en algún momento causara la alarma de los deudores y los creditores lo que provocara que se empiecen a cancelar deudas. Si son activos los que soportan estas deudas se venderán a cualquier precio para minimizar la perdida. La cancelación de deudas reduce el dinero bancario, esto hace caer el nivel de precios por la venta de activos indiscriminada, la caída de los precios hará caer a su vez los beneficios que acaban generando más bancarrotas. De una tacada se reduce la producción el comercio y la ocupación, por el efecto bancarrota de negocios que se han visto arrastrados por esta espiral negativa, pero que funcionaban antes del crash. Esto genera pesimismo y pérdida de confianza que frenan aún más la circulación de dinero y la creación de nuevo valor. Lo que provoca finalmente la caída de los tipos de interés pero la subida de los tipos reales.

Esta disección aproximada de lo sucedido entre 2007 y 2012 fue recogido por Fisher en 1933 donde ya advertía de forma contundente los problemas que generaba el sobreendeudamiento y las políticas monetarias especialmente laxas que lo provocan. Pero no solo él (Fisher), también Ludwig von Misses, liberal recalcitrante de la escuela austriaca llega a conclusiones semejantes y Hyman P. Minsky y su hipótesis de inestabilidad financiera. Estos ejemplos excusan, a mi juicio, a la economía como ciencia social de la ignorancia y en muchos casos parcialidad de las decisiones de nuestros gestores que nos han llevado a tropezar por enésimas vez con la misma piedra.

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Análisis Noticiosos

Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.

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Por José Cabral

Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.

Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.

Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.

Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.

Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.

Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.

El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.

De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.

Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.

Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.

Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.

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Análisis Noticiosos

La torpeza y la ignorancia de un fiscal

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Por José Cabral

Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.

Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.

Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.

Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso  de la especie,  lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin  importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.

Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.

Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.

Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.

Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.

Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.

No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.

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Análisis Noticiosos

La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.

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Por José Cabral

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.

Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.

La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.

Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.

Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.

Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.

Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.

Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.

En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.

La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.

 

 

 

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