Análisis Noticiosos
Fallo del Tribunal Electoral abona la división del PRD
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13 años agoon
Por Juan Bolívar Díaz
Contrario a lo que dice su último dictamen en la crisis del principal partido opositor, el Tribunal Superior Electoral (TSE) fue apoderado de los documentos, certificados por la Junta Central Electoral (JCE), que permiten comprobar la sustitución de unos 629 dirigentes y la inclusión adicional de otros 300, para totalizar 929.
La clara negación de justicia profundiza el desguañangue del PRD, alienta las confrontaciones y remite a los afectados a protestas que podrían generar graves actos de violencia y una ingobernabilidad partidaria que anularía esa formación política, conduciendo a un régimen unipartidista.
La tremenda corte.
En la madrugada del martes 16 el TSE rechazó la solicitud de amparo a sus derechos ciudadanos elevada originalmente por 69 dirigentes perredeístas, a los cuales se adhirieron posteriormente poco más de un centenar. La declaró “inadmisible por resultar notoriamente improcedente”, bajo el argumento fundamental de que “por los medios de prueba aportados, este Tribunal no ha podido comprobar la condición de miembros del Comité Ejecutivo Nacional de dichos accionantes y en consecuencia no se ha probado la violación de los derechos fundamentales alegados”.
Por lo que se discutió en audiencia y recogió la prensa, la JCE se declaró incapacitada para certificar la lista de miembros del CEN perredeísta electos en la convención nacional del 2010 por un período de cuatro años y que en marzo del 2012 rigió la elección de los candidatos a diputados del exterior en los comicios del 2012 y la aprobación del programa de gobierno, y que dio facultad al candidato presidencial Hipólito Mejía para pactar alianzas.
En la primera audiencia del recurso, el TSE resolvió formular dos peticiones, a la JCE y al presidente del PRD Miguel Vargas. Pero en el primer caso incurrió en dos “errores”, al pedir “los resultados de la XXVII Convención Nacional Ordinaria del PRD, celebrada el 27 de septiembre del 2009, especificando los nombres, número de cédula y el cargo de todos los candidatos que resultaron electos por el voto directo en la indicada convención”
Pero resulta que aunque la Convención comenzó en el 2009, se extendió hasta el 2010 y fue en febrero de este año que fueron electos los miembros del CEN. Y además una buena proporción de los mismos no son electos por “voto directo”, sino que lo son “de oficio”, por ser legisladores y alcaldes, expresidentes de la República y del partido, y una cuota de los vicepresidentes y subsecretarios generales son propuestos por el presidente a ratificación de la Comisión Política.
Donde no se equivocó el Tribunal fue en la petición al presidente del partido, a quien le precisaron el listado “de todas las personas que en la actualidad ostentan la calidad de miembros del CEN”. La actualidad son los que Vargas Maldonado registró en la JCE el 18 de mayo y el primero de junio del 2012, sin el concurso del secretario general como indican los estatutos.
El TSE sí tenía los electos
Por los términos equívocos en la solicitud, la JCE pudo sacar el bulto al conflicto. Parecía una nueva demostración de parcialidad de un tribunal cuyos integrantes se los repartieron el expresidente Leonel Fernández y Vargas Maldonado. Pero al día siguiente quedó evidente que ese fallo es un escándalo mayúsculo, que en cualquier país de mediana intensidad democrática tendría consecuencias.
El doctor Enmanuel Esquea, dirigente perredeísta y principal abogado de los recurrentes, mostró por Teleantillas que el Tribunal sí tenía el listado completo de los integrantes del CEN electos en el 2010 y que sesionaron en el 2012, incluido como anexo por los peticionarios del amparo. Mostró el listado, con fotos, nombres y cédulas del CEN del 2010, con el sello de recibido de la JCE en la primera página, selladas todas las páginas, y al final la certificación sellada del secretario general del organismo, Ramón Hilario Espiñeira, que reza; “La presente es copia fiel y conforme a su original, al cual me remito, la que expido, firmo y sello, recibido en la Secretaría General en fecha 19 de marzo del 2012”. Agrega que fue emitida el 22 de abril del 2013.
Es obvio que los jueces pudieron comparar la lista oficial registrada en la JCE en marzo del 2012, con 2005 miembros, con las introducidas el 18 de mayo y el 1 de junio del mismo año, con 2007 y 2307 miembros, para comprobar si hay sustituidos e incluidos. Porque los impetrantes del amparo los presentaron debidamente certificados por la JCE. Sería la primera vez que un tribunal desconoce una certificación oficial.
El documento aportado al TSE, el Acta de la reunión ordinaria del CEN del 4 de marzo del 2012, podía ayudar a los jueces a establecer la realidad, puesto que la JCE certificó que el quórum fue de 1156 de los 2007 integrantes del organismo. El tribunal desoyó a los abogados que pidieron atención a los documentos presentados y que compareciera Vargas Maldonado, bajo el increíble argumento de que “sus declaraciones no aportarían valor probatorio alguno”.
Más leña al fuego
Es obvio que la decisión del TSE constituyó una negativa de justicia que se inscribe en la dirección de terminar de desguañangar al principal partido de la oposición que parece irrevocablemente dividido.
Al negar tan arbitrariamente el acceso a la justicia a los recurrentes, en vez de ser un factor de conciliación, el tribunal toma posición y echa más leña al fuego en que se consume una de las organizaciones fundamento del sistema político dominicano. Y al declarar inadmisible el recurso, no se pronuncia sobre el fondo, que es si los recurrentes son o no miembros del principal órgano directivo del PRD, bajo el falso argumento de que no se ha podido comprobar.
Después de la experiencia de enero pasado, cuando cientos de militantes perredeístas irrumpieron en una reunión del CEN convocada por Vargas Maldonado, se generalizan los temores de que rebrote la violencia en el nuevo intento por reunir el organismo con las exclusiones. Los que alegan la exclusión y todos los que cuestionan a Vargas Maldonado han reiterado que se harán presentes donde quiera que lo convoquen.
Por de pronto, el tremendo fallo generó reacciones duras como las del expresidente Hipólito Mejia de que no les están dejando más alternativa que “tomar las calles”, es decir, recurrir a protestas, mientras prometen endurecer la oposición al Gobierno. Se agudizan las acusaciones de que el líder del partido gobernante, Leonel Fernández, contribuye al incendio en interés de destrozar el PRD, y empiezan a responsabilizar también al presidente Medina.
La crisis del PRD es más significativa por la desmovilización que afecta al Partido Reformista Social Cristiano, tercera organización del sistema político, despersonalizado y virtualmente absorbido por el partido de gobierno.
Para qué descuartizan el PRD?
Negado a dar pasos conciliatorios que restablezcan la unidad del PRD, o permitan una expresión democrática de sus militantes, teniendo como fuerza principal el apoyo de los tribunales que constituyó con el líder del PLD, Vargas Maldonado parece no importarle ninguna consecuencia. Para la opinión pública, y así lo han marcado las encuestas, es obvio que sólo controla una minoría de ese partido. Y no se sabe si su resentimiento es mayor con Hipólito Mejía o con la gran mayoría de los dirigentes nacionales que lo apoyaron hasta el 2011.
Por eso tiene a la casa nacional del PRD bajo secuestro y busca el auxilio de la fuerza pública para hacer una reunión allí, ya que los hoteles y salones de reuniones se niegan a acogerlo para evitarse riesgos.
La situación se complicará aún más dado que este viernes 19 de julio se cumplió el plazo de cuatro años por el que fue juramentado como presidente del PRD, lo que también está certificado por la JCE y se puede encontrar en los periódicos de esos días. Es posible que ahora es cuando comience la parte más peligrosa y crítica de la confrontación, porque la mayoría de los perredeístas está perdiendo las tenues esperanzas de reunificación y muchos parecen dispuestos a tomar posición.
Al final lo que quedaría del partido más antiguo del país pueden ser apenas cenizas, lo que dejaría espacio para que surja una opción alternativa que cierre posibilidades aún al que se quede con la franquicia, sea por decisión legítima de la mayoría o por imposición con la colaboración de fuerzas externas.
Los sectores más duros del PLD y sus millonarios voceros tienen razón para alentar el desguañangue del partido blanco. Por de pronto está incapacitado para hacer la mínima oposición y su descrédito va en ascenso. Como telón de fondo está la falta de democracia y las debilidades institucionales de los partidos dominicanos que históricamente se debaten entre el caudillismo autoritario y la anarquía.
Artículo publicado originalmente en el periódico HOY.
Análisis Noticiosos
Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.
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3 días agoon
mayo 21, 2026Por José Cabral
Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.
Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.
Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.
Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.
Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.
Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.
El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.
De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.
Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.
Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.
Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.
Por José Cabral
Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.
Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.
Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.
Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso de la especie, lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.
Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.
Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.
Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.
Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.
Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.
No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.
Análisis Noticiosos
La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.
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3 semanas agoon
mayo 6, 2026Por José Cabral
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.
Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.
La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.
Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.
Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.
Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.
Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.
Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.
En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.
La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.
