SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) otorgó un plazo de 30 días para que la Oficina Nacional de la Defensa Pública cumpla con el mandato de una sentencia de amparo que ordena la reposición de una defensora pública cancelada durante un juicio disciplinario en el que ésta no estuvo presente.
La alta corte tomó la decisión durante el conocimiento de recurso de revisión constitucional, incoado por la Oficina, en contra de la sentencia 82-2011, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, el 20 de junio del 2012, que ordena la reposición de la defensora pública Luisa Testamark de la Cruz.
Mediante sentencia TC/0011/14, plantea que el caso se contrae al hecho de que la defensora fue sometida a un proceso disciplinario por supuestamente incurrir en faltas graves en el ejercicio de sus funciones.
Asimismo, que la Oficina Nacional de Defensa Pública dictó la Resolución 001-2012, del 27 de enero 2012, mediante la cual se desvinculó del cargo a la misma, quien, no conforme con dicha decisión, accionó en amparo, por entender que se le conculcaron derechos fundamentales.
El TC considera que de la Cruz compareció a la audiencia celebrada por el Tribunal Disciplinario, y luego tuvo que abandonar la misma por experimentar síntomas de afectación de su salud, cuestión que se evidenció, y posteriormente comprobó con la presentación del correspondiente certificado médico.
Asimismo, que el reporte médico no fue tomado en consideración, siendo sancionada con la destitución del cargo de defensora pública, «sin estar presente, y sin contar con la posibilidad de estar representada por un abogado».
«El hecho de que la misma se ausentara y brindara un informe médico posterior justificaba su ausencia al momento del juicio, cuestión que fue argumentada por el tribunal de amparo, no constituyendo eso, como alega la parte recurrente, que el debido proceso administrativo se haya desnaturalizado, y que se haya obstruido la facultad sancionadora de la Administración Pública».