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Fiscalía Distrito Nacional rechaza incompetencia caso Claudio Nasco

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showimage (4)SANTO DOMINGO. La Fiscalía del Distrito Nacional rechazó la solicitud de declinatoria por incompetencia hecha por los imputados Luis Manuel Esteven Ponciano y Joel Rafael Liriano Rodríguez, a través de sus abogados, Plutarco Jáquez, Antonio Ogando y Claudio Gálvez con los fines de que se detengan las investigaciones sobre las circunstancias en que fue muerto el comunicador Claudio Nasco Cubas, la noche del 13 de diciembre del 2013.

Los abogados de los imputados alegan que el lugar donde ocurrió el hecho pertenece al Municipio Santo Domingo Oeste y que, por tanto, es a la jurisdicción de la Provincia Santo Domingo, que le corresponde conocer del caso.

Sin embargo, mediante auto número 01-2014 firmado por la procuradora fiscal titular Yeni Berenice Reynoso y el procurador fiscal Dante Castillo, director del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona, se explica que procede rechazar dicha petición toda vez que del análisis del párrafo 1 del artículo 8 de la Ley 64-05 del 31 de enero del 2005, se deduce una errónea interpretación de parte de los abogados de los encartados.

La Fiscalía aclara que la Ley que crea los municipios de Los Alcarrizos y Pedro Brand, no modificó los límites dispuestos para el Distrito Nacional, con la creación de la Provincia de Santo Domingo por la Ley 163-01 del 16 de octubre del 2001.

Ley 64-05 es precisa cuando en el artículo 8 expresa: «El Municipio Santo Domingo Oeste comprenderá toda la parte del Distrito Nacional que se encuentre al Oeste de los límites establecidos para el Distrito Nacional, en el artículo 2 de la Ley No. 163-01».

La Fiscalía en su dictamen puntualiza que el artículo 2 de la Ley 163-01 establece que el Distrito Nacional estará limitado al Oeste por una línea que se inicia en el Mar Caribe sigue hacia el Norte por el limite Oeste de la urbanización Costa Verde hasta la prolongación de la Avenida Independencia, torna esta vía en dirección Oeste-Este hasta la Avenida Luperón.

La división jurisdiccional conforme lo establece la Ley 163-01 fue debidamente tipificada mediante la disposición de la Ley 141-02, del 4 de septiembre del 2002.

Es importante destacar que en fecha 16 de enero del presente año, los licenciados Manuel Ulises Bonnelly Vega, Alberto Reyes Báez y Fabio Guzmán Saladín realizaron un escrito de contestación, en representación de la querellante (madre del occiso) en el que plantearon que en un estudio concienzudo de los límites territoriales establecidos por la Ley revelan que en realidad, en el lugar donde están ubicadas las mencionadas cabañas se encuentra dentro de la demarcación del Distrito Nacional.

Por las razones antes expuestas, la franja donde están la red de moteles, incluyendo la Cabaña Chévere, donde ocurrió el crimen contra el comunicador, pertenece a la jurisdicción del Distrito Nacional, destacando que el artículo 8 de la Ley 64-00, no da lugar a confusión cuando dice que al Oeste el Municipio Santo Domingo, está limitado por parte del Distrito Nacional y la Avenida Luperón.

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Gobierno deposita en Senado proyecto de ley que modifica la Ley 1-24, que crea la DNI

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Santo Domingo, R.D.-El Gobierno depositó este jueves ante el Senado de la República el proyecto de ley que modifica la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) del 15 de enero de 2024, según lo informó la Presidencia la República en un comunicado.

La pieza fue depositada por el consultor jurídico Antoliano Peralta, luego de que los integrantes de la mesa de trabajo conformada por representantes del Gobierno y sectores de la sociedad civil organizada llegaran a un consenso respecto a las modificaciones.

El objeto de la iniciativa legislativa ahora propuesta es modificar las disposiciones contenidas en los artículos 1, 2, 9, 10, 11, 26 y 32 de la Ley núm. 1-24, con el propósito de lograr la mayor claridad y especificidad posible en cuanto a la sujeción constitucional de cada una de estas disposiciones de la citada ley.

«Dentro de los aspectos más relevantes que este proyecto busca modificar se encuentra la propuesta de fusión de los artículos 1 y 2 de la Ley núm. 1-24 para definir en el nuevo artículo 2 términos clave como inteligencia, inteligencia estratégica, militar y delictiva, fuentes abiertas y fuentes cerradas, entre otros. Además, se pretende modificar el numeral 16 del artículo 9 para asegurar la coordinación entre la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) en la protección de la privacidad de los usuarios», dice el referido comunicado.

También señalaron que se propone una adecuación al artículo 11 de la Ley núm. 1-24, «con el fin de reforzar las garantías relativas a la obtención del contenido de información de fuentes cerradas. En este sentido, la modificación legal busca exigir la autorización de un juez para todo procedimiento que limite derechos constitucionales».

De modo que el presente proyecto de ley recoge las principales inquietudes que existían en torno a la Ley número 1-24, con la finalidad de que la regulación del sistema de inteligencia nacional esté lo más apegada posible a las disposiciones constitucionales.

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llaman empleados de instituciones en proceso de fusión y eliminación a continuar labores

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio de Administración Pública (MAP) llamó a los servidores públicos de las instituciones que están dentro del proceso de la reforma a la administración pública (fusión y eliminación) a continuar con normalidad el desarrollo de sus labores habituales.

A través de un comunicado firmado por el ministro Sigmund Freund, el MAP aseguró que no habrá desvinculaciones inmediatas o masivas; ya que cada una de las instituciones que forman parte de este plan de mejora de la administración pública, iniciarán un proceso riguroso de evaluación interna para determinar los próximos pasos en materia de procesos y recursos humanos.

“Las propuestas de fusión o eliminación no serán oficializadas hasta tanto sean emitidas las disposiciones legales correspondientes, por lo que las decisiones que se tomen en ese sentido serán debidamente comunicadas, de manera clara y oportuna, a todas las partes involucradas, asegurando que cualquier cambio sea llevado a cabo con total transparencia y respeto”, indicó el documento.

El MAP apuntó que, para el desarrollo de esta iniciativa, que ayudará a la administración y gestión pública, “es importante contar con el compromiso y apoyo de todas las partes involucradas en este proceso que será realizado en varias etapas, de manera personalizada y estructurada, de acuerdo con las realidades de cada institución”.

“Pueden tener la tranquilidad de que cada etapa del proceso será realizada de manera cuidadosa, planificada y organizada, y que, desde nuestro ministerio estaremos ofreciendo informaciones oportunas y claras en todas las etapas”, agregó.

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Abinader designa como presidenta del Gabinete de Educación a Raquel Peña.

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Santo Domingo, R.D.-Raquel Peña,  vicepresidenta de la República,  fue designada como presidenta del Gabinete de Educación en sustitución del presidente Luis Abinader, quien de acuerdo al decreto 117-21, lo presidía.

El decreto 117-21 tiene como objeto integrar y procurar la articulación el Gabinete de Educación y Cultura creado mediante el Decreto núm. 498-20.

En julio del año 2020, bajo el auge de la pandemia del Covid-1, el presidente la designó como coordinadora del Gabinete de Salud. Asimismo, en julio de 2021, con la creación del “Gabinete de Inversión e Innovación”, Raquel Peña fue designada como presidenta y coordinadora.

En octubre de 2022, a través del decreto 594-22, Luis Abinader la designó como presidenta del Gabinete Eléctrico en sustitución de Lisandro Macarrulla.

Joel Santos

En el decreto 540-24, el presidente designó a Joel Santos, actual ministro de Energía y Minas, como presidente del Gabinete del Sector Eléctrico.

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