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El caso Odebrecht giró alrededor de Ángel Rondón.

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Santo Domingo, RD.-El proceso sobre los sobornos multimillonarios con el caso Odebrecht concluyó en primera instancia este jueves con la absolución de la mayoría de los imputados y la condena a sólo dos por razones que no tienen que ver con la acusación principal del Ministerio Público.

El principal acusado del caso ha sido Ángel Rondón, quien fue señalado por los fiscales del Ministerio Público como la persona que recibió los US$92 millones que se gastaron en sobornos hacia diferentes funcionarios y legisladores del país.

Pero previo al escándalo de Odebrecht, Rondón era conocido solamente por ser un exitoso empresario ganadero, alejado de la palestra pública.

Es el propietario de la Industria Láctea Agroindustrial que elabora el clásico queso “Patrón de Oro” y el yogurt “Élite”.

En octubre de 2013  la Asociación de Hacendados y Agricultores (ADHA) le concedió la Medalla al Mérito en Ganadería, en una ceremonia encabezada por el entonces presidente de la República, Danilo Medina, “por sus aportes al desarrollo de la agropecuaria nacional”.

Asimismo, es el principal inversionista la compañía gestora de cobros AAA, que ofrece servicios a varias instituciones estatales, y presidente tanto del consejo de accionistas del complejo Riviera Azul, ubicado en Puerto Plata, como de la compañía Conansa Internacional. 

Acusaciones
A todos los imputados se les acusa de delitos de soborno en el comercio, proscripción de la corrupción, lavado de activos, asociación de malhechores, coalición de funcionarios, prevaricación y falsedad en declaración de bienes.

De manera específica, el Ministerio Público aseguró que Rondón fue que recibió la suma millonaria que luego fue utilizada en forma de sobornos, según Jean Alain Rodríguez, quien en esa ocasión era el titular de la Procuraduría General de la República (PGR).

Rodríguez se basó en la confesión del gerente local de la constructora brasileña, Marcelo Hofke, que habría revelado esta información en su interrogatorio de siete horas en enero del 2017.

En su contra fueron pedidos 10 años de prisión.

Defensa
Durante todo el proceso judicial los abogados de Rondón afirmaron que su cliente es inocente, alegando que el Ministerio Público “no ha podido destruir su presunción de inocencia”, y que los fiscales no aportaron al proceso pruebas suficientes y plenas que acreditarán dicha teoría.

José Miguel Minier, quien encabeza el consejo de defensa de Rondón, aseveró que la presunción de inocencia es una de las garantías fundamentales del debido proceso y que para declarar culpable a una persona se precisa de prueba de cargo suficiente para “alcanzar un determinado estándar probatorio”.

Sobre esto, Minier dijo que las pruebas aportadas no establecen la certeza de la imputación formalizada en contra del imputado, por lo que ante la ausencia de elementos de pruebas suficientes que permitan que este cometiera el hecho atribuido, se impone la absolución del encartado.

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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.

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Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la  audiencia preliminar del caso Falcón.

El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.

El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.

La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.

El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.

El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.

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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.

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Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del  Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.

 El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.

Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».

Según el tribunal, estas disposiciones «imponían barreras desproporcionadas» al exigir que las candidaturas independientes cumplieran requisitos similares a los de los partidos políticos, lo que resultaba en una limitación al derecho fundamental a elegir y ser elegido.

El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.

En el caso del electorado, esto podría significar un aumento en las opciones políticas, especialmente en un contexto donde los partidos tradicionales a menudo dominan el escenario electoral. La posibilidad de que ciudadanos puedan presentar sus propuestas de forma independiente, sin depender de estructuras partidarias, generaría un mayor interés y nuevas opciones.

A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.

La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.

La decisión del TC

En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.

«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.

El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.

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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.

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Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.

Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.

En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.

Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competenciaampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.

Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.

En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.

La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.

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