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Así creció patrimonio de Víctor Díaz Rúa por sobornos de Odebrecht, según Ministerio Público
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5 años agoon
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LA REDACCIÓN
El Ministerio Público ratificó en audiencia que el imputado por corrupción administrativa Víctor José Díaz Rúa recibió sobornos, mientras ejerció funciones en el Estado, para
favorecer a la Constructora Norberto Odebrecht con la adjudicación de contratos de importantes obras pagadas con dinero de todos los contribuyentes.
Al dar lectura a la acusación contra Díaz Rúa en la continuación del juicio en el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, los fiscales litigantes reafirmaron la acusación contra el exministro de Obras Públicas por recibir sobornos en el ejercicio de la función pública. También, le imputan lavado de activos producto de infracciones graves, enriquecimiento ilícito y falsedad en la declaración jurada de patrimonio.
El Ministerio Público indicó que la mayoría de los productos financieros fueron abiertos después de 2004, cuando el imputado inicia su gestión como director del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (Inapa) y cuando se desempeñó como titular del Ministerio (entonces secretaría) de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones entre 2007 y 2012.
“En ese período se puede apreciar la diversificación de sus productos financieros, cuentas de ahorros y corrientes, certificados, préstamos y tarjetas de crédito, que daban lugar a miles de transferencias y transacciones bancarias entre los asociados. Con ello, el imputado buscaba difuminar el rastro de los más de 400 millones de pesos que manejó desde
Manifestó que fueron cuantiosos los pagos que gestionó Díaz Rúa a través del también imputado Ángel Rondón Rijo, representante de la Constructora Norberto Odebrecht en calidad de cabildero y socio en el país.
Los fiscales que intervienen en el juicio explicaron que mientras se desempeñó como funcionario, Díaz Rúa no tuvo ningún reparo en la utilización de sus cargos para solicitar y recibir, directa e indirectamente, sobornos como pago para beneficiar a Odebrecht en perjuicio de otras empresas nacionales y extranjeras, y del propio Estado dominicano,
lo cual realizó aprovechándose de su cargo y utilizando las instituciones
que dirigió.
También, la adquisición de bienes muebles e inmuebles en operaciones en las que contó con la complicidad de familiares, amigos y personas cercanas, entre las que figura el coacusado
Conrado Pittaluga.
“Todo un entramado societario fue creado para dar apariencia de legitimidad al dinero ilícito que a granel obtenía como consecuencia de las acciones delictuales que cometía en contra del Estado dominicano”, expusieron los fiscales durante la presentación de la acusación contra el exfuncionario.
Señalaron que entre octubre de 2004 y septiembre de 2006, “el imputado Díaz Rúa aumentó su patrimonio a la astronómica suma de RD$89,575,748.88, mágicamente lo logró con un salario de RD$75,101.00 como director del Inapa”.
Aseguraron que ello es el resultado del dinero ilícito producto de los actos de corrupción cometidos contra el Estado y el pueblo dominicano.
En ese mismo orden, indicaron que tras ser designado como secretario de Obras Públicas y Comunicaciones el procesado presentó una nueva declaración jurada de bienes, en fecha 10 de octubre de 2008, con un patrimonio neto de RD$414,083,066.53, reflejándose un aumento de más de un 200% en relación con la declaración presentada el 15 de septiembre de 2006.
Díaz Rúa creó varias empresas para el ocultamiento y la falsedad en las declaraciones de bienes para distraer y esconder su riqueza, entre las que figuran Guerra & Asociados C. por A., así como la compañía anónima Bloques Oriental, S.A. e Inmobiliaria Max 6.
El Ministerio Público precisó que Díaz Rúa también utilizó el dinero ilícito producto del pago de sobornos para adquirir bienes de lujo con la finalidad de introducir fondos ilícitos al sistema financiero, una maniobra típica del lavado de activos.
Citaron entre esos bienes, la compra del yate de recreo marca Pershing de 60 pies de eslora, bautizado como “Balbie” en honor a la esposa del imputado Díaz Rúa, el cual está registrado en Isla Vírgenes Británicas a nombre de la compañía offshore o de carpeta “Nutberry Limited”.
El titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), procurador adjunto Wilson Camacho, representa al Ministerio Público en el juicio junto a los fiscales Mirna Ortiz, Milcíades Guzmán, Isis de la Cruz, Joel López, Wagner Cubilete y José Miguel Marmolejos Vallejo. En el equipo también litigan los fiscalizadores
Elizabeth Paredes Ramírez y Ernesto Guzmán Alberto.
En horas de la mañana del jueves, los representantes del Ministerio Público continuaron con la lectura de la acusación contra Ángel Rondón, quien según las investigaciones recibió unos 1,000 millones de pesos y 2 millones de dólares en sus acciones delictivas vinculadas con Odebrecht.
Con Ángel Rondón Rijo, Víctor Díaz Rúa y Conrado Pittaluga, por los US$92 millones que la empresa Odebrecht admitió que pagó en el país para sobornar a funcionarios y lograr la adjudicación de obras públicas, también son procesados Andrés Bautista García, Tommy Galán Grullón y Roberto Rodríguez.
Las juezas Esmirna Gisselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo aplazaron el juicio para el próximo lunes 16 de noviembre a las 9:00 de la mañana, luego de que se cumpliera el horario del día.
hoy.com.do
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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.
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23 horas agoon
marzo 19, 2026Por Elba García
El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.
El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.
Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.
La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.
Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.
Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.
Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.
El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales, morales, económicos y políticos, lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con el ordenamiento actual.
Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.
Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.
Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron su llegada al poder en que en la República Dominicana se consolidaba un partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.
Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.
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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos
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23 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.
La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.
De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.
El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).
Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.
Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.
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23 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.
El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.
Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.
La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.
Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.
El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.
