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Asonahores pide reconsiderar la aceptación de torres en Punta Cana; decisión está viciada de nulidad
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8 años agoon
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LA REDACCIÓNEsta norma administrativa, afirma la entidad, “se encuentra afectada del vicio de nulidad absoluta”, porque su contenido es “contrario a los principios de confianza legítima y seguridad jurídica, consagrados en el artículo 3 (numerales 15 y 8)” de la Ley 107-13, que establece el procedimiento para la elaboración de normas administrativas
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Asociación de Hoteles y Restaurantes de la República Dominicana (ASONAHORES) solicitó al Ministerio de Turismo reconsiderar la resolución que elevó la altura límite de 5 a 22 pisos en el litoral de El Macao en el destino turístico Punta Cana.
Esta norma administrativa, afirma la entidad, “se encuentra afectada del vicio de nulidad absoluta”, porque su contenido es “contrario a los principios de confianza legítima y seguridad jurídica, consagrados en el artículo 3 (numerales 15 y 8)” de la Ley 107-13, que establece el procedimiento para la elaboración de normas administrativas.
El recurso se refiere a la resolución 002/2017, emitida el 12 de octubre de este año y publicada el pasado jueves 14 de diciembre, que Asonahores considera introduce un cambio radical en el modelo de desarrollo basado en baja densidad y baja altura, que ha sustentado el éxito de la oferta turística dominicana y ha sido imitado en México, Brasil, Costa Rica, Cuba, Jamaica y otros países, incluyendo la zona del Mediterráneo.
La entidad planteó que los numerales 15 y 18 del artículo 3 “exigen la previsibilidad y certeza normativa”, y esto no se cumple en este caso “debido al sorpresivo aumento de las alturas máximas permitidas”, lo que desconoce “la planificación decenal que ordena la Ley núm. 1-12 que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo”.
Explica que por la Estrategia Nacional de Desarrollo, MITUR “estaba obligado a elaborar un Plan Decenal de Desarrollo Turístico que defina las inversiones requeridas para desarrollar nuevas zonas turísticas de interés prioritario, asegurar la sostenibilidad de las zonas ya establecidas y elevar la contribución de la actividad turística al desarrollo nacional”.
Por esta razón, dice la petición de reconsideración, Asonahores y sus miembros “tienen la expectativa razonable de que la Resolución No. 07-2012, que establece el Plan Sectorial de Ordenamiento Territorial Turístico Punta Cana, Bávaro-Macao”, mantendría “su vigencia durante al menos diez (10) años sin que, de manera unilateral y sorpresiva, se modificasen las características y limitaciones de edificabilidad y densidad que tanto impactan sobre el modelo de desarrollo turístico exitoso en la RD”.
Destacó que los principios de la ley que regula los procesos para establecer normas administrativas reconoce el “derecho de las personas al mantenimiento de la vigencia del plan o reglamento”, para “evitar supresiones o modificaciones sorpresivas, irrazonables y desproporcionales”, esto como una consecuencia “de los efectos jurídicos que tiene la confianza legítima en la actividad de planificación o reglamentaria” de la administración pública.
Aseguró que la resolución cuestionada debe ser reconsiderada, además, porque “fue dictada en violación del procedimiento administrativo para la elaboración de normas administrativas, establecido en los artículos 30 y siguientes de la Ley 107-13, que se refieren a los derechos de las personas en sus relaciones con la administración pública y los procedimiento administrativo”
Este artículo de “persigue que todos los reglamentos y programas de la Administración Pública sean el resultado de un procedimiento transparente y participativo, cuestión que no se ha cumplido” en esta resolución”, cuya elaboración prescindió de vista pública, discusión y de participación.
Aseguró que los procedimientos previsto en la ley “no son meras directrices o pautas formales”, sino un requerimiento para la validez de la actuación administrativa, y su “inobservancia conlleva la nulidad de pleno derecho de la actuación resultante”, como en este caso, por la “ausencia de la debida participación ciudadana”.
acento.com.do
Economía
Envíos de remesas alcanzaron US$11,866.3 millones en 2025
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6 días agoon
enero 11, 2026
Santo Domingo, R.D.-República Dominicana recibió US$11,866.3 millones por concepto de remesas en el 2025, lo que representó un aumento de US$1,110.3 millones (10.3%) en comparación con 2024.
Estadísticas ofrecidas por el Banco Central refieren que particularmente, en diciembre se recibieron US$1,098.4 millones, unos US$94.9 millones (9.5%) más que en diciembre de 2024, y un incremento de US$208.9 millones (23.5%) respecto a noviembre de 2025.
El BCRD explicó que el desempeño económico de los Estados Unidos fue uno de los principales factores que incidió sobre el comportamiento de las remesas, ya que desde ese país se originó el 80% de los flujos formales del mes de diciembre, unos US$751.9 millones.
La entidad destacó que el índice de gestores de compras (PMI en inglés) no manufacturero del Instituto de Gerencia y Abastecimiento (ISM en inglés) registró un valor de 54.4 en dicho mes, superior al 52.6 observado en noviembre, lo que indica un mayor dinamismo en el sector servicios, donde se emplea gran parte de la diáspora dominicana.
El Banco Central señaló la recepción de remesas por canales formales desde otros países en diciembre, como España, con un valor de US$65.1 millones, un 6.9% del total, siendo este el segundo país en cuanto al total de residentes de la diáspora dominicana en el exterior se refiere.
Haití contribuyó con 1.8% del total de flujos recibidos, mientras que Suiza e Italia aportaron el 1.5% y 1.4% respectivamente. En el resto de la recepción de remesas se distinguen países como Canadá y Francia, entre otros.
Respecto a la distribución de las remesas recibidas por provincias, el BCRD detalló que el Distrito Nacional recibió una proporción del 45.8% durante diciembre, seguido por las provincias de Santiago y Santo Domingo, con un 10.9% y 7.5%, respectivamente. Aproximadamente dos terceras partes de las remesas (64.2%) se reciben en las zonas metropolitanas del país.
Este resultado de las remesas a diciembre del pasado año, junto con las estimaciones de las demás variables del sector externo, con exportaciones por encima de los US$14,900 millones, aportes del turismo próximos a los US$11,200 millones, otras exportaciones de servicios que superarían los US$3,500 y una inversión extranjera directa (IED) superior a los US$4,800 millones, permiten anticipar un escenario optimista sobre la captación de divisas con un flujo total hacia la economía dominicana que rebasaría los US$46,800 millones al cierre de 2025.
impuesto de 1% no impactará flujos de remesas
Para este año, los analistas del Banco Central pronostican que las remesas superarán los US$12,200 millones, con un crecimiento de alrededor de 3.5% con respecto a 2025, tomando en cuenta la entrada en vigor del impuesto del 1% de las remesas desde Estados Unidos efectivo a partir de este mes de enero.
No obstante, el BCRD espera que este impuesto a las remesas tenga un impacto limitado sobre los flujos recibidos en República Dominicana ya que aplica a envíos en efectivo, y quedan exentos los envíos desde cuentas bancarias y plataformas digitales.
Apunta que los dominicanos en Estados Unidos tienen estatus migratorio mayormente legal, lo que les permite tener mayor acceso a la bancarización que otros migrantes, más alternativas distintas al efectivo, y mayor transparencia en las transacciones.
Del mismo modo, según estadísticas del Instituto de Políticas Migratorias de los Estados Unidos, alrededor del 56% de los dominicanos en ese país son ciudadanos naturalizados, los cuales, en caso de pagar el impuesto, podrían acceder al reembolso del gravamen, según lo establecido en la ley que aprobó el impuesto.
Otro aspecto destacado en un trabajo del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA), es que este impuesto representa una proporción reducida de la masa salarial de los dominicanos en Estados Unidos, por lo que su efecto económico sería marginal, lo cual corrobora que el impacto sobre el envío de remesas hacia la República Dominicana sería mínimo.
Economía
Inflación interanual cerró el 2025 en 4.95%, según el Banco Central
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6 días agoon
enero 11, 2026
Santo Domingo, R.D.-En diciembre 2025, el l índice de precios al consumidor (IPC) registró un aumento mensual de 0.84%, mientras que la inflación interanual medida desde diciembre de 2024 hasta diciembre de 2025 se ubicó en 4.95%.
El dato lo ofrece el Banco Central en una nota enviada a los medios de comunicación, en la que refiere que esta variación del IPC se explica, en gran medida, por la combinación del impacto rezagado de las condiciones climáticas adversas sobre la producción de algunos rubros agropecuarios, que fueron afectados por las intensas lluvias incluyendo las asociadas a la tormenta Melissa, con una mayor demanda estacional de bienes durante la temporada navideña.
El órgano monetario indicó que la variación del IPC en el mes analizado se originó, principalmente, por los aumentos observados en el grupo Alimentos y Bebidas No Alcohólicas, la cual explicó el 50.17% de la inflación del referido mes.
Dentro de este grupo se destacan las alzas de precios del pollo fresco, artículo de alta ponderación en la canasta familiar, que vio afectado su ciclo de producción debido a las razones antes expuestas.
Adicionalmente, continuaron incidiendo los incrementos en los precios de los plátanos en sus distintas variedades, los ajíes y los tomates, cuyas plantaciones resultaron impactadas adversamente por los fenómenos atmosféricos.
En lo que respecta a la inflación subyacente, en el mes de diciembre esta se situó en 0.63%, menor al aumento observado en el IPC general, lo que obedece a que el índice subyacente excluye bienes de consumo de alta volatilidad, como el pollo fresco y los plátanos. La inflación subyacente interanual se situó en 4.85%, también manteniéndose dentro del objetivo establecido por el Banco Central de 4.0% ± 1.0%.
Este último indicador permite extraer señales más claras para la conducción de la política monetaria, debido a que excluye algunos artículos que normalmente no responden a las condiciones de liquidez en la economía, como son los alimentos con gran variabilidad en sus precios, los combustibles y servicios con precios regulados como la tarifa eléctrica, el transporte, además de las bebidas alcohólicas y el tabaco.
Variación por grupos
Al analizar los resultados de la variación mensual del IPC general correspondiente a diciembre de 2025, se observa que los grupos de mayor incidencia en la inflación fueron Alimentos y Bebidas No Alcohólicas, Bienes y Servicios Diversos, Restaurantes y Hoteles, Transporte y Recreación y Cultura, que en conjunto explicaron el 90 % de la variación de este indicador.
El grupo Alimentos y Bebidas No Alcohólicas registró una inflación de 1.59 %. Este resultado, como se mencionó anteriormente, se originó en los incrementos en los precios del pollo fresco, los plátanos y sus variedades, así como en los ajíes y los tomates.
Otros rubros que presentaron aumentos de precios fueron el café, la zanahoria, el caldo de pollo, carne de res, yuca, papa y arroz, mientras que las disminuciones de precios en los guandules verdes y verduras contribuyeron a que la variación de este grupo no fuese mayor.
El índice del grupo Bienes y Servicios Diversos presentó una variación de 1.32% explicada por la subida de precios en los servicios de cuidado personal, particularmente en el lavado, peinado y corte de pelo. De igual manera, el rubro Recreación y Cultura reflejó una tasa de inflación de 1.64% debido a incrementos en los paquetes turísticos.
En tanto que el IPC del grupo Restaurantes y Hoteles exhibió una tasa de variación de 1.00%, producto de los aumentos en los precios de comidas preparadas fuera del hogar, destacándose el plato del día, el servicio de víveres con acompañamiento, el servicio de pollo y los sándwiches.
El banco señaló que el alza del índice de precios observado en el servicio de suministro de alimentos responde al aumento de los costos de los insumos básicos utilizados en su elaboración, que de manera directa inciden en el precio al consumidor de estos servicios.
En cuanto a la variación de 0.29% evidenciada en el grupo Transporte, ésta responde principalmente a los aumentos en las tarifas del pasaje aéreo y en los servicios de transporte terrestre. Mientras que el rubro Muebles y Artículos para el Hogar mostró una inflación de 0.56%, debido a alzas verificadas en los servicios domésticos y de reparación de muebles, además de los productos de limpieza y artículos para el hogar
Variación en bienes transables y no transables
El IPC de los bienes transables experimentó una variación de 0.85 % en diciembre de 2025, explicada principalmente por el incremento de precios en algunos bienes alimenticios, los paquetes turísticos y las tarifas del pasaje aéreo. En relación con el índice de los bienes y servicios no transables, la inflación se situó en 0.83%.
Incidencia por regiones geográficas
La inflación por regiones geográficas en el mes de diciembre comparado con noviembre muestra que la región Ozama, que comprende el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo, alcanzó una variación de 0.80%, la región Norte o Cibao de 0.87%, la región Este de 0.67% y la región Sur de 1.05%.
La tasa de variación más pronunciada verificada en la región Sur obedece a un mayor aporte del grupo Alimentos y Bebidas No Alcohólicas. En contraste, el nivel inferior de inflación observado en la región Este se explica por una menor contribución de los grupos Alimentos, Restaurantes y Hoteles y Transporte.
Medición por quintiles
El BCRD concluye que los resultados de los índices de precios por estratos socioeconómicos evidenciaron una tasa de inflación de 1.00 % para el quintil 1, 0.96% quintil 2 y 0.81% en el quintil 3. En tanto que los quintiles 4 y 5 registraron variaciones de 0.77% y 0.70%, respectivamente.
Las tasas de variación de los quintiles 1, 2 y 3 responden a una mayor incidencia del grupo Alimentos y Bebidas No Alcohólicas. En lo que respecta a los estratos de mayores ingresos, quintiles 4 y 5, las tasas de inflación reflejan un menor impacto del grupo Alimentos y Bebidas No Alcohólicas y la incidencia de los incrementos de precios en el rubro Bienes y Servicios Diversos.
Economía
Sectores más impactados por el aumento del salario mínimo en RD
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2 semanas agoon
enero 6, 2026
Santo Domingo, R.D.-El reciente aumento del salario mínimo para el sector privado no sectorizado, decretado por el Comité Nacional de Salarios, no solo influye en los ingresos de los trabajadores, sino también en el comportamiento económico de diversos sectores productivos del país.
Claves del ajuste
- Los nuevos salarios mínimos rigen desde el 1 de junio de 2025.
- El aumento será escalonado: 12 % en 2025 y 8 % en febrero de 2026.
- Aplica al sector privado no sectorizado.
- Los montos varían según el tamaño de la empresa.
- La medida busca reducir brechas salariales y mejorar ingresos, pero se prevé tenga impacto en ciertos sectores de la economía.
Sectores con mayor presión de costos laborales
Los sectores más afectados por el aumento son aquellos con alta proporción de empleados que ganan el salario mínimo o cercano a este. Entre estos destacan:
1) Comercio minorista y servicios personales: Tiendas al detalle, salones de belleza, servicios de limpieza y asistencia personal emplean una gran cantidad de trabajadores con salarios próximos al mínimo, lo que eleva los costos operativos de estas actividades económicas.
3) Construcción y manufactura ligera: La construcción residencial y obras pequeñas, así como talleres de manufactura con alta intensidad de mano de obra, verán aumentos importantes en su nómina, lo que puede presionar márgenes si no hay productividad compensatoria.
Micro y pequeñas empresas: foco principal del impacto
Aunque el escalonamiento del aumento (12 % en 2025 y 8 % en 2026) busca dar margen de adaptación, se prevé que micro y pequeñas empresas sentirán con más fuerza el efecto en su estructura de costos, pues la mayoría de sus colaboradores se encuentran en el rango salarial mínimo. Esto puede llevar a ajustes en contratación, automatización parcial o cambios en horarios para optimizar horas de trabajo.
El ajuste arrancó el 1 de junio de 2025, con un incremento del 12 %, y tendrá un segundo tramo del 8 % en febrero de 2026. Los trabajadores de grandes empresas pasan a devengar RD$27,988.80 mensuales, mientras que en las microempresas el salario mínimo se fija en RD$15,860.32.
Entre ambos extremos, las medianas y pequeñas empresas aplican montos intermedios definidos en la resolución oficial.
