Conecta con nosotros

Economía

Asonahores pide reconsiderar la aceptación de torres en Punta Cana; decisión está viciada de nulidad

Published

on

Esta norma administrativa, afirma la entidad, “se encuentra afectada del vicio de nulidad absoluta”, porque su contenido es “contrario a los principios de confianza legítima y seguridad jurídica, consagrados en el artículo 3 (numerales 15 y 8)” de la Ley 107-13, que establece el procedimiento para la elaboración de normas administrativas

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Asociación de Hoteles y Restaurantes de la República Dominicana (ASONAHORES) solicitó al Ministerio de Turismo reconsiderar la resolución que elevó la altura límite de 5 a 22 pisos en el litoral de El Macao en el destino turístico Punta Cana.

Esta norma administrativa, afirma la entidad, “se encuentra afectada del vicio de nulidad absoluta”, porque su contenido es “contrario a los principios de confianza legítima y seguridad jurídica, consagrados en el artículo 3 (numerales 15 y 8)” de la Ley 107-13, que establece el procedimiento para la elaboración de normas administrativas.

El recurso se refiere a la resolución 002/2017, emitida el 12 de octubre de este año y publicada el pasado jueves 14 de diciembre, que Asonahores considera introduce un cambio radical en el modelo de desarrollo basado en baja densidad y baja altura, que ha sustentado el éxito de la oferta turística dominicana y ha sido imitado en México, Brasil, Costa Rica, Cuba, Jamaica y otros países, incluyendo la zona del Mediterráneo.

La entidad planteó que los numerales 15 y 18 del artículo 3 “exigen la previsibilidad y certeza normativa”, y esto no se cumple en este caso “debido al sorpresivo aumento de las alturas máximas permitidas”, lo que desconoce “la planificación decenal que ordena la Ley núm. 1-12 que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo”.

Explica que por la Estrategia Nacional de Desarrollo, MITUR “estaba obligado a elaborar un Plan Decenal de Desarrollo Turístico que defina las inversiones requeridas para desarrollar nuevas zonas turísticas de interés prioritario, asegurar la sostenibilidad de las zonas ya establecidas y elevar la contribución de la actividad turística al desarrollo nacional”.

Por esta razón, dice la petición de reconsideración, Asonahores y sus miembros “tienen la expectativa razonable de que la Resolución No. 07-2012, que establece el Plan Sectorial de Ordenamiento Territorial Turístico Punta Cana, Bávaro-Macao”, mantendría “su vigencia durante al menos diez (10) años sin que, de manera unilateral y sorpresiva, se modificasen las características y limitaciones de edificabilidad y densidad que tanto impactan sobre el modelo de desarrollo turístico exitoso en la RD”.

Destacó que los principios de la ley que regula los procesos para establecer normas administrativas reconoce el “derecho de las personas al mantenimiento de la vigencia del plan o reglamento”, para “evitar supresiones o modificaciones sorpresivas, irrazonables y desproporcionales”, esto como una consecuencia “de los efectos jurídicos que tiene la confianza legítima en la actividad de planificación o reglamentaria” de la administración pública.

Aseguró que la resolución cuestionada debe ser reconsiderada, además, porque “fue dictada en violación del procedimiento administrativo para la elaboración de normas administrativas, establecido en los artículos 30 y siguientes de la Ley 107-13, que se refieren a los derechos de las personas en sus relaciones con la administración pública y los procedimiento administrativo”

Este artículo de “persigue que todos los reglamentos y programas de la Administración Pública sean el resultado de un procedimiento transparente y participativo, cuestión que no se ha cumplido” en esta resolución”, cuya elaboración prescindió de vista pública, discusión y de participación.

Aseguró que los procedimientos previsto en la ley “no son meras directrices o pautas formales”, sino un requerimiento para la validez de la actuación administrativa, y su “inobservancia conlleva la nulidad de pleno derecho de la actuación resultante”, como en este caso, por la “ausencia de la debida participación ciudadana”.

acento.com.do

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Economía

El dólar era vendido este jueves a 60.25 pesos en Rep. Dominicana

Published

on

Santo Domingo, R.D.- El dólar era vendido este jueves a 60.25 pesos en República Dominicana.

El Banco Central fijó el cambio para de la siguiente manera:

Compra: 60.05

Venta: 60.25.

Continue Reading

Economía

El Ministerio de Trabajo revela los días feriados del 2025

Published

on

Santo Domingo, R.D.-El Ministerio de Trabajo informó este jueves cuales serán los días feriados del calendario para este 2025 en el país, dando cumplimiento a la Ley 139-97, la cual establece el traslado de algunos días para que puedan ser disfrutados por la población, en especial, por la clase trabajadora.

A través de nota de prensa, la entidad recordó que la ley establece el traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes.

«La ley fue publicada en la Gaceta Oficial 9957, de fecha 25 de junio de 1997, entró en vigor el 27 del mismo mes y año, por lo que, de conformidad con lo establecido por nuestra legislación, debe ser aplicada en todos los establecimientos del país», dice el documento.

En esta ocasión, el Ministerio de Trabajo resaltó solo dos fechas que deben ser trasladadas, los demás días se celebrarán en su fecha original.

Los días feriados del 2025 se aplicarán de la siguiente manera:

El miércoles 1 de enero, fecha de celebración de Año Nuevo, no se cambia.

El lunes 6 de enero, día de los Santos Reyes, no se cambia.

El martes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.

El domingo 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, no se cambia.

El jueves 27 de febrero, día de la Independencia Naciónl es inamovible.

El viernes 18 de abrilViernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo, inamovible.

El jueves 1 de mayo, día del Trabajo, se trabaja y se cambia para el lunes 05 de mayo.

El jueves 19 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.

El sábado 16 de agosto, día de la Restauración de la República, no se cambia.

El miércoles 24 de septiembre, día de Nuestra Señora de las Mercedes, no se cambia.

En tanto que, el jueves 06 de noviembre, día de la Constitución, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de noviembre.

El jueves 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.

Puntos para entender por qué algunos días se cambian, según la Ley 139-97:

Traslado de días feriados a lunes:

  • Los días feriados que caen entre martes y viernes se trasladarán al lunes más cercano. Esto incluye feriados como:
  • Día de Duarte (26 de enero)
  • Día del Trabajo (1 de mayo)
  • Día de la Constitución (6 de noviembre)
  • Si el día feriado cae en sábado, domingo o lunes, se mantiene en esa fecha.

Excepciones: algunos días festivos se celebran siempre en su fecha original, sin traslado. Estos son:

  • Día de la Independencia Nacional  (27 de febrero)
  • Viernes Santo (fecha variable)
  • Día de la Restauración (16 de agosto)
  • Día de la Virgen de la Altagracia (21 de enero)
  • Día de Navidad (25 de diciembre)

Continue Reading

Economía

Moody’s, Standard & Poor’s y Fitch Ratings mantienen sin cambios su evaluación riesgo país RD

Published

on

Las firmas calificadoras Moody’s, Standard & Poor’s y Fitch Ratings mantuvieron sin cambios su evaluación sobre la economía dominicana, según el último informe trimestral de riesgo-país, publicado por la Secretaría Ejecutiva del Consejo Monetario Centroamericano (Secmca).

Según la publicación del Informe de Riesgo País, tercer trimestre 2024, cortado a septiembre, su evaluación al alza está condicionada a la implementación de medidas de política que fortalezcan la flexibilidad fiscal y mejoren la composición, por moneda, de la deuda gubernamental, para futuras revisiones.

También, el retorno a alto crecimiento (en el contexto de estabilidad externa y macroeconómica) que conlleven a una convergencia del PIB per cápita con países con mejores calificaciones.

A la baja, no obstante, señalan que es necesario considerar “si hubiese un fuerte deterioro de las razones de deuda gubernamental a PIB y de intereses a ingresos; por ejemplo, a través de un relajamiento de la política fiscal, menor crecimiento al esperado o pérdidas financieras de las empresas de electricidad estatales”.

El informe precisa que al tercer trimestre 2024, no se realizaron revisiones para el país, por lo cual las calificaciones se mantienen en ´BB-´ positiva de Fitch, ´Ba3´ positiva de Moody´s y ´BB´ estable de S&P.

Deuda

La deuda pública se situó en US$73,419.2 millones a abril de 2024, con una tasa de crecimiento de 1.46%.

• Historial de robusto crecimiento económico.

• Matriz exportadora diversificada.

• Altos indicadores sociales y PIB per cápita.

Centroamérica

Para el cierre del tercer trimestre del año 2024, la agencia calificadora de riesgo Moody’s realizó revisiones y actualizaciones en las calificaciones de deuda soberana y perspectivas de riesgo país para Costa Rica y Guatemala, señala la publicación.

En Costa Rica, la revisión fue al alza en su calificación de riesgo, mientras que, para Guatemala, la revisión consistió en una reafirmación tanto de su calificación de deuda como de perspectiva de riesgo país.

No obstante, en octubre, Standard & Poor’s elevó la calificación de Nicaragua, pasando de ‘B’ a ‘B+’ con perspectiva estable.

Las revisiones se realizaron tomando en cuenta el desempeño de indicadores como la evolución de la actividad económica, déficit fiscal, necesidades de financiamiento (local y externo), análisis de ratios deuda pública/PIB, de intereses de deuda/ingresos fiscales, e indicadores del sector externo, entre otras.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group