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Caso Camaleón entra en fase de réplicas y contrarréplicas

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público y la defensa de los siete imputados en el caso Camaleón entrarán al proceso de réplicas y contrarréplicas durante la audiencia de conocimiento de medida de coerción en contra de la red.

Tras terminar la exposición de los abogados de Jochi Gómez Canaán y Carlos Vargas Lorenzo, la jueza del Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, Fátima Veloz, otorgará a los representantes del Ministerio Público la oportunidad de replicar ante las defensas realizadas por los implicados; luego, los acusados podrán contrarreplicar ante lo dicho por la barra de las autoridades, que están encabezada por Wilson Camacho y Mirna Ortíz.

Durante los 10 minutos de receso otorgados por el tribunal, Ingrid Hidalgo, abogada de Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, director de Tecnología del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), indicó que existen los argumentos suficientes para que su cliente no sea enviado a prisión preventiva como medida de coerción.

«(Baquero) Es un ciudadano español, cuyo pasaporte siempre mantuvo en sus manos; inclusive salió del país, retornó y entrega el pasaporte el día del allanamiento. Es decir, que en todo momento pudo sustraerse del proceso; él está dispuesto y tiene los suficientes arraigos para presentarse en todo acto del proceso como lo ha hecho», expresó Hidalgo.

La jurista indicó que contrario a lo solicitado por el Ministerio Público, quienes pidieron 18 meses de prisión preventiva como medida de coerción, estos manifestaron al tribunal que le impongan a su cliente la presentación periódica cómo medida cautelar.

«Debemos saber que no porque no exista un preso, no hay un proceso y parece que a eso es que estamos acostumbrados. A qué todo el mundo tenga que estar en una cárcel, para que puedan decir que hay un caso», exclamó Hidalgo, quien recalcó que su cliente había entrado al Intrant antes de la llegada de Hugo Beras, uno de los principales implicados en el caso y que renunció de la misma hace poco más de un año.

El Ministerio Público sostiene en su acusación que como encargado de la red semafórica y de videovigilancia del gran Santo Domingo, Gregorio Baquero fue una pieza clave en la coordinación técnica del fraude; además de señalarlo como la persona que facilitó el control de los sistemas a la empresa Transcore Latam S.R.L., la cual no cumplía con los requisitos legales ni técnicos para ejercer esas funciones.

Las autoridades indican que este adaptó la evaluación pericial en el proceso de licitación para favorecer a las empresas Aurix, Transcore Latam e Inprosol.

Mientras, falsificó el contenido de una certificación en donde declaraba que el Intrant había recibido de forma completa los bienes y servicios de Transcore Latam, esto con el propósito de que le desembolsaran el pago.

Baquero es imputado por participar en la ejecución técnica del esquema fraudulento, comprometiendo la seguridad vial y la transparencia en el uso de fondos públicos, siendo coautor de los delitos de asociación de malhechores, estafa contra el Estado, desfalco, coalición de funcionarios y falsificación, se lee en el documento depositado.

«Un expediente vacío»

De su lado, la defensa de Carlos José Peguero manifestó a los medios de comunicación que se encuentran positivos de que su cliente saldrá bien parado de este proceso cautelar.

«Nosotros estamos positivos porque ciertamente, como hemos venido diciendo desde el inicio, esas 304 páginas del Ministerio Público es un expediente vacío; para nadie es un secreto que estos imputados tienen buenos presupuestos, tienen buenas garantías, no se van a sustraer del proceso, mas que ustedes saben que esto es un show más mediático que otra cosa», manifestó el abogado Ricardo Alcántara.

A este se le imputa por los cargos de asociación de malhechores, estafa contra el Estado, lavado de activos, así como sabotaje a la red semafórica, y en actos de terrorismo en contra infraestructuras críticas del Estado dominicano.

Al grupo de siete implicados se le acusa de cometer delitos de alta tecnología, lavados de activos, falsificación y uso de documentos falsos y estafa contra el estado a través de las contrataciones públicas con las que fueron favorecidas esas empresas

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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.

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Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la  audiencia preliminar del caso Falcón.

El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.

El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.

La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.

El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.

El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.

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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.

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Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del  Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.

 El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.

Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».

Según el tribunal, estas disposiciones «imponían barreras desproporcionadas» al exigir que las candidaturas independientes cumplieran requisitos similares a los de los partidos políticos, lo que resultaba en una limitación al derecho fundamental a elegir y ser elegido.

El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.

En el caso del electorado, esto podría significar un aumento en las opciones políticas, especialmente en un contexto donde los partidos tradicionales a menudo dominan el escenario electoral. La posibilidad de que ciudadanos puedan presentar sus propuestas de forma independiente, sin depender de estructuras partidarias, generaría un mayor interés y nuevas opciones.

A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.

La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.

La decisión del TC

En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.

«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.

El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.

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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.

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Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.

Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.

En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.

Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competenciaampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.

Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.

En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.

La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.

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