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Código quitó calidad para querellarse contra los funcionarios

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Las modificaciones al Código Procesal Penal aprobadas por el Senado serán enviadas al Poder Ejecutivo.

Las modificaciones al Código Procesal Penal aprobadas por el Senado serán enviadas al Poder Ejecutivo.

Tras la modificación realizada al Código Procesal Penal o Ley 76-02, se suprimió la disposición de que cualquier ciudadano podía querellarse contra los funcionarios públicos. Además, la duración máxima del proceso será contada a partir de los primeros actos del procedimiento (medidas de coerción o anticipo de pruebas). En la pieza que será enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación o le haga observaciones, los legisladores suprimieron el párrafo III del artículo 85 de la norma vigente que reza que “los hechos punibles cometidos por funcionarios públicos, en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas, y en las violaciones de derechos humanos, cualquier persona puede constituirse como querellante”.

De igual forma, y de manera puntual, esta modificación toca mucho lo relativo a la ampliación de plazos y aumento de la duración en prisión preventiva, que ahora se ha elevado de uno a dos años.

La duración máxima del proceso (artículo 148) fue también aumentada de tres a cuatro años contados a partir de los primeros actos del procedimiento, con plazo extendido a un año. En los casos declarados complejos la prisión preventiva fue aumentada de 18 a 36 meses.

Además, la reforma de la norma sugiere al juez, en el artículo 226, que imponga la prisión preventiva en los casos cuya pena imponible sea de veinte años o más.

Agrega que en los procesos de personas que hayan sido condenadas por una infracción cuya pena sea de cuatro años o más, se dispondrá la prisión preventiva si es nuevamente sometida por hechos similares.

La pieza contempla la acción pública para los casos de violencia intrafamiliar; en violación a la ley de porte ilegal de armas de fuego, ley de drogas o cuando lo haya cometido un funcionario público.

También derogó los artículos 439, 417 y 423 relativos a los plazos para la prescripción de la pena, motivos del recurso de apelación y doble exposición, respectivamente.

La conciliación en violencia

La conciliación en caso de violencia intrafamiliar solo se da a petición de la víctima y si no peligra su integridad física.

En tanto, se reseña en la modificación al artículo 48 que se da la suspensión del cómputo de la prescripción cuando las infracciones sean cometidas por funcionarios públicos en el ejercicio del cargo o en ocasión de él, mientras sigan desempeñando la función pública y no se les haya iniciado el proceso.

En el artículo 72 se le otorgó la facultad al juez de primera instancia para conocer, de manera unipersonal, los procesos cuya pena máxima sean de diez años, la norma actual establece dos años.

Al reformar el acápite 86 se dispuso que el querellante puede tener la misma cantidad de abogados que el imputado, nunca excediendo de tres.

Frenan el abuso

Además, en la modificación al artículo 115 limita al imputado en cuanto al cambio de abogados, estableciendo que luego que se le designe un defensor público, el procesado puede elegir otro defensor de su confianza con posterioridad, sin que esta sustitución exceda dos defensores por etapa procesal.

Con el artículo 135, en lo adelante, se puede interponer acción disciplinaria a cualquier funcionario del sistema penal sin perjuicio de que puedan demandar su responsabilidad civil.

Penaliza la negligencia

El artículo 151 ahora establece que el vencimiento de los plazos de la investigación sin que se presente un acto conclusivo (acusación o archivo) genera responsabilidad civil y personal por mal desempeño del fiscal apoderado de la causa.

De igual forma, en el artículo 179 se establece que se pueden realizar allanamientos en lugares cerrados o cercados en horas de la noche, previa autorización expresa del juez y se elimina la posibilidad de que la Policía Nacional solicite órdenes de allanamiento.

Ahora se aumentó de treinta a sesenta días el plazo para renovar las interceptaciones de comunicaciones; se puede utilizar (artículo 200) un medio tecnológico que garantice la video-presencia de un testigo en el juicio; se establece el máximo de 48 horas para que un detenido sea presentado ante el juez.

Fondo para garantías

Se crea (artículo 235) un Fondo Único  para garantía procesal compuesto por los valores depositados procedentes de las garantías económicas en efectivo, que no será menor al 20% del total, el resto de los recursos serán administrados por el Ministerio Público.

Los archivos (artículo 281) serán definitivos luego de los seis meses, según los casos establecidos en la ley. También se eleva de 10 a 20 días el plazo para presentar apelación, entre otros novedades.

Diputados esperan unidad

El diputado José Gabriel García afirmó que la aprobación del Código Procesal Penal, por parte del Senado, permite augurar una nueva etapa en las relaciones de ambos cuerpos legislativos.

El legislador sostuvo que había muchas quejas en relación a temas capitales que habían sido discutidos en la Cámara de Diputados y que una vez se introducían en el Senado pasaban a “dormir el sueño eterno”.

Expresó que tras la promulgación y publicación por parte del Presidente de la República, corresponde a todo el sistema judicial hacer su parte y terminar con las sentencias benignas que favorecen a los delincuentes, “que inmediatamente van a los tribunales salen en libertad con prontitud y con una facilidad impresionante, burlándose de las víctimas a apenas días de haber agredido a la familia y a la sociedad dominicana”.

Dijo que el código contempla medidas muy drásticas para castigar a los delincuentes que llevan sangre, dolor y luto a nuestra sociedad y que merecen ser sancionados de manera ejemplar.

Mientras que el vocero de los diputados peledeístas, Rubén Maldonado, sostuvo que con la aprobación de la pieza acaban de asestar un duro golpe a la lucha contra la delincuencia en el país.

Dijo que el código servirá para hacer los estamentos judiciales más eficientes en la persecución de la delincuencia.

Justificación de la medida

El diputado por Santiago, Víctor Suárez, explicó que la eliminación del párrafo tercero del artículo 85 del Código se concretizó porque “una gran mayoría entendía que quienes dirigen los destinos de los recursos públicos están muy expuestos a cualquier persona que quiera, ya sea por razones políticas, perseguirlos”. Aclaró que en su caso, le hubiera gustado que se mantenga la disposición, pero que en todo caso es el Ministerio Público quien mueve la acción pública. Tras  más de siete años de debates y aprobada la norma, el legislador entiende que la misma no va a resolver el problema de la criminalidad sino que “da las herramientas necesarias para enfrentarla”. Puntualizó que no habrá resultados positivos si los tres ejes fundamentales (Policía, Ministerio Público y jueces), “no se ponen de acuerdo en que somos todos representantes del Estado en favor de la ciudadanía”. Confía que con la nueva herramienta la Justicia sea más eficiente.  En la pieza se reconoce el derecho de las víctimas de ser asistidas por un abogado pagado por el Estado, clasifica la función del juez de ejecución de la pena y de los alcaides.

LOS EXPERTOS

Servio Tulio Castaños Guzmán
vicepresidente de la finjus

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) espera que los actores judiciales sean exitosos implementando la norma, pero antes de emitir un juicio sobre el fondo de la misma, prefieren estudiarla.  “El Congreso nunca recibió en conjunto a todos los actores sino que lo hizo de manera individual, como que uno no entiende”, criticó Castaños.

Rosalía Sosa 
Participación Ciudadana
“Lamento que se concentren en modificar el Código Procesal para dar respuesta a la alarma social cuando existe un Ministerio Público con grandes deficiencias, tanto de recursos humanos como de técnicos; una Defensoría Pública sin presencia Nacional y con una judicatura que necesita ser fortalecida. Aún con la modificación vamos a tener los mismos problemas”.

Trajano Vidal Potentini 
Fundación Justicia y Transparencia
“No podemos decir que hubo un consenso a niveles significativos, porque hay algunos puntos que nosotros no compartimos en las modificaciones, por ejemplo, algo que entendemos que es un revés en la lucha contra la corrupción es el enfoque dado a la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil de querellarse. Pero en sentido general fue un buen trabajo”.

Yeni Berenice Reynoso 
Fiscal del Distrito Nacional
“En término general es una modificación que viene a dar un mayor apoyo a la investigación que se realiza en los procesos, pero como nosotros hemos dicho en otras ocasiones, el mayor problema en los temas de investigación no está en el Código Procesal Penal, sino en los actores del sistema de justicia. Pero qué bueno que se aprobó la modificación”.

EL CARIBE

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Ley de residuos sólidos es modificada en el Senado de la República.

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Santo Domingo. – Tras una declaración de urgencia y en dos lecturas consecutivas el Senado de la República aprobó las modificaciones a la ley número 225-20, Ley General de Gestión Integral y Procesamiento de Residuos Sólidos de la República Dominicana.

El proyecto fue presentado por los senadores Ramón Rogelio Genao Durán de la provincia La Vega; y Ginnette Bournigal de Jiménez de Puerto Plata.

Esta pieza tiene el propósito de fortalecer el marco normativo para la gestión integral y sostenible de los residuos sólidos, modificando los artículos 4, en los numerales 11, 38, y 39; y se agregan los numerales 21-bis, 26-bis y 47-bis. También modifica los artículos 16 y 17 de la presente ley con el fin de mantener la armonía entre el hombre y su ambiente, e impedir, subsanar, corregir o eliminar las situaciones que pongan en riesgo la calidad de los recursos naturales y de la biósfera.

La iniciativa refiere que desde la promulgación de la Ley 225-20, Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, no se han logrado grandes avances en la reducción del impacto ambiental de los residuos sólidos, no obstante, persisten desafíos en la implementación efectiva de la gestión integral de estos.

La normativa establece que el manejo y la gestión integral y disposición final de los residuos es uno de los principales pilares de la Ley No. 225-20, ya que el aumento de la población, junto a los cambios en los patrones de consumo, ha provocado un incremento en la cantidad de residuos que se generan en el país. En virtud de esto, se hace necesario adoptar medidas que garanticen la conservación del ambiente sano y ecológicamente equilibrado para las presentes y futuras generaciones.

El Pleno aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que modifica la Ley-358-05, sobre la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario.

Esta normativa tiene la finalidad de modificar varios artículos para establecer un régimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario, garantizando la equidad y la seguridad jurídica en las relaciones entre los proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean de derecho público o privado, nacionales o extranjeros y la calidad de los productos que consume la población.

La pieza presentada por el senador de la provincia de Santiago Rodríguez, Antonio Marte, indica que el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (PROCONSUMIDOR), como órgano del Estado destinado a garantizar los derechos fundamentales de las personas y su acceso a bienes, servicios y alimentos de calidad, debe poseer las cualidades administrativas que lo doten de las competencias sancionadoras necesarias, propugnando así por la eficacia en la aplicación de la ley y el beneficio colectivo.

En segunda lectura el Pleno aprobó el proyecto que designa con el nombre de Theodore Chasseriau el Bulevar Turístico del Atlántico, comprendido desde el cruce el Catey, en el municipio Sánchez, hasta el cruce el Limón, con la carretera de Samaná, de la provincia Samaná, propuesta del senador Pedro Manuel Catrain.

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«El mayor desafío que enfrentamos es la mora judicial», dice Henry Molina.

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Santo Domingo, R.D.-El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, consideró como el mayor desafío del sistema los innumerables casos pendientes.

Molina reconoció que «la mora judicial es y ha sido un reto existencial para la justicia y la sociedad«, por lo que implementan medidas en la ruta de que «estamos transformando esa realidad».

“El mayor desafío que enfrentamos es la mora judicial. Hay cientos de historias que ilustran la desesperanza e incertidumbre que generan los casos pendientes”, dijo Molina en su intervención.

En busca de corregir la situación, citó que todas las salas de la Suprema Corte resolvieron el 98 por ciento de casos ingresados en 2023, cuya meta en lo adelante es no tener expedientes inconclusos con más de seis meses.

El discurso de Molina revela que de los 11,268 casos ingresados en 2023, el 98 por ciento ya fue resuelto, con solo 561 pendientes entre las salas, a pesar de un incremento considerable por el ingreso de nuevos recursos a la Tercera Sala.

«Cada tribunal, cada jueza y juez, cada servidor judicial, ha contribuido a esta transformación. Demostrando que la justicia al día es posible si trabajamos unidos, con compromiso y entrega», añadió en sus palabras.

El objetivo de reducir los retardos judiciales encuentra marco normativo en la Ley 2-23 sobre Recurso de Casación, que pone pestillo e «impide» la entrada de prácticas dilatorias. Esta reduce de dos años a menos de cinco meses el tiempo promedio de los trámites de las partes para el apoderamiento de las salas.

Las declaraciones de Luis Henry Molina sucedieron en el marco de la Audiencia Solemne en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia, en conmemoración al Día Nacional del Poder Judicial, donde contó con la vicepresidenta de la República, Raquel Peña.

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Alianza País solicita a Abinader no recibir a Edmundo González

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Santo Domingo, R.D.-El partido Alianza País llamó al presidente Luis Abinader a no recibir en el Palacio Nacional al líder opositor venezolano, Edmundo González, debido a que podría arrastrar a República Dominicana a un “enfrentamiento diplomático” con Venezuela.

A través de un comunicado difundido en sus redes sociales, el partido indicó que “lo prudente” sería apostar al restablecimiento de las relaciones diplomáticas con la República Bolivariana de Venezuela, las cuales fueron clausuradas el pasado mes de julio.

Mediante el documento, el partido encabezado por Guillermo Moreno ratificó su apoyo a la “institucionalidad democrática” de Venezuela y se opone a “cualquier tipo de presión foránea para solucionar sus problemas internos”.

“Conforme los principios que rigen en la Constitución y los tratados internacionales de los que la República Dominicana es signataria, los Estados son soberanos para dirimir sus conflictos internos sin injerencias, presiones o intervenciones de fuerzas extranjeras. Corresponde al pueblo de Venezuela darle solución a los conflictos que se susciten en su país y ningún Estado ni gobierno extranjero debe inmiscuirse en los asuntos internos que solo corresponde resolver a los venezolanos”, señala Alianza País.

La reunión entre el presidente Abinader y Edmundo González está programada a realizarse el próximo jueves nueve de mayo a las 11:00 de la mañana mediante un acto en el Salón de Embajadores de la sede de Gobierno.

El acto estará centrado en los desafíos y oportunidades para el fortalecimiento democrático en Venezuela; la actividad contará con intervenciones de González, Abinader, el ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Álvarez y uno de los expresidentes que componen la delegación del Grupo IDEA.

“En esta reunión, se abordarán temas relacionados con la situación política en Venezuela, los retos para la democracia en la región y las oportunidades para una transición pacífica y ordenada”, reseña un documento de prensa enviado a los medios de comunicación, que señala que luego se hará un almuerzo que contará además con la presencia de la vicepresidenta Raquel Peña y los ministros José Ignacio Paliza, Andrés Bautista y Víctor (Ito) Bisonó.

Hasta el momento el Gobierno dominicano no ha reconocido ni ha Edmundo ni a Nicolás Maduro como ganadores oficiales de las elecciones presidenciales de Venezuela realizadas a finales de julio.

El Gobierno sí ha exigido en reiteradas ocasiones la publicación de las actas electorales, sin embargo el Consejo Nacional de Elecciones de ese país declaró ganador a Maduro sin dar a conocer las mismas.

Todo, mientras Edmundo señalaba que los datos que manejaba su equipo de campaña lo daban como un “amplio ganador”.

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