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Sacerdote es condenado a 10 años de prisión por abuso sexual a menor

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La Vega, RD.-A diez años de prisión fue condenado el sacerdote fray Miguel Bienvenido Florenzán por haber sido encontrado culpable  de agredir sexualmente a Víctor Mano cuando éste era menor de edad y estudiaba en el Colegio Agustiano de la ciudad de La Vega.
 
El Primer Tribunal Colegiado del Palacio de Justicia de La Vega emitió la sentencia luego de un juicio de varios años en contra del padre.

Las juezas rechazaron todas las demás solicitudes interpuestas por el Ministerio Público, asegurando que éstos no habían podido demostrar la responsabilidad del religioso con acusaciones tales como violación sexual y acoso.

La lectura al fallo se dio en medio de mucha tensión de parte de familiares de la víctima y del religioso, así como feligreses que estuvieron en la audiencia.

El tribunal también condenó al religioso por la agresión sexual en perjuicio del estudiante del colegio Agustiniano de la ciudad al pago de una indemnización de RD$15 millones y al colegio por RD$5 millones.

Sin embargo, la defensa de Florenzán Ulloa advirtió que va a apelar esta sentencia y que demostrará en la corte la inocencia de su defendido.

Los abogados argumentaron que el delito más difícil de comprobar es la agresión sexual, única que fue aceptada por este tribunal.

La sentencia del juicio por pederastia contra Florenzán Ulloa se efectúa tras haberse conocido la acusación de violación sexual cuando tenía a su cargo la dirección del Colegio Agustiniano, en el año 2015.

El religioso deberá guardar prisión en la cárcel pública de La Vega. La lectura íntegra de la sentencia se efectuará el día 16 de diciembre de 2019.

MedlinePlus, un servicio de información en línea provisto por la Biblioteca Nacional de Medicina de los Estados Unidos, indica que el abuso sexual de menores es una forma de maltrato al menor. Incluye un amplio espectro de acciones entre un niño y un adulto, o con niños mayores. Con frecuencia, aunque no siempre, implica un contacto físico. Exhibir sus órganos genitales ante un niño o presionar a un niño a tener relaciones sexuales, es abuso sexual contra el menor. Utilizar niños en pornografía también es abuso sexual contra los menores.

La mayoría de los abusadores conocen al niño de quien abusan. Pueden ser amistades de la familia, vecinos o cuidadores de niños. Casi una tercera parte de los abusadores tienen un parentesco con los niños. La mayoría de los abusadores son hombres. Si cree que un niño puede haber sufrido un abuso, es importante que lo denuncie.

El portal healthychildren.org dice que el abuso sexual es un tema difícil de tratar para la mayoría de las personas, y es particularmente difícil para los padres de hablar con sus niños. Sin embargo, aunque el tema es muy alarmante, el abuso sexual es muy grave, y desafortunadamente, un problema común que afecta a los niños y a las niñas.

En la mayoría de los casos, la persona que abusa sexualmente de un niño es un adulto o un joven mayor que conoce a la víctima, y con frecuencia es una figura de autoridad que el niño conoce, le tiene confianza y quiere. El trasgresor frecuentemente usa coerción y manipulación, no la fuerza física, para atacar al niño.

No hay niño preparado sicológicamente para hacerle frente al estímulo sexual repetitivo. Aun los niños de dos o tres años que no pueden saber que la actividad sexual es incorrecta, desarrollarán problemas como resultado de su inhabilidad para hacerle frente a la sobre-estimulación.

El niño de cinco años o más que conoce y aprecia al que lo abusa se siente atrapado entre el afecto y la lealtad que siente hacia esa persona y la sensación de que las actividades sexuales son terriblemente malas.

Si el niño trata de romper con las relaciones sexuales, el que lo abusa puede amenazarlo mediante la violencia o negándole su afecto. Cuando los abusos sexuales ocurren en la familia, el niño puede tenerle miedo a la ira, los celos o la vergu¨enza de otros miembros de la familia, o quizás puede temer que la familia se desintegre si se descubre el secreto.

El niño que es víctima de abuso sexual prolongado, generalmente desarrolla una pérdida de autoestima, tiene la sensación de que no vale nada y adquiere una perspectiva anormal de la sexualidad. El niño puede volverse muy retraído, perder la confianza en los adultos.

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Someten a la justicia mujer acusada de agredir y herir a agente de la Digesett

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SANTO DOMINGO.- Una mujer acusada de agredir y herir con un arma blanca a un agente de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett)  será sometida a la justicia.

El vocero de la entidad, Rafael Tejeda Baldera, explicó que el agente afectado se encuentra en proceso de recuperación tras las heridas sufridas durante el incidente.

Tejeda Baldera destacó que en este caso no existía ninguna situación de tránsito ni fiscalización por infracción que justificara un enfrentamiento con la autoridad.

  • «Es un hecho lamentable y deplorable, ya que no hubo ningún motivo relacionado con tránsito que provocara esta agresión contra el agente”, expresó.

Indicó además que el caso ya está en manos de la justicia, con los tribunales apoderados y los procesos legales en curso para determinar las responsabilidades correspondientes.

La institución reiteró su llamado al respeto hacia las autoridades y confió en que la acusada responda ante la ley por sus acciones.

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Derechos de autor por TV en clinicas y hoteles se conoce en el el Tribunal Constitucional.

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Santo Domingo, R.D.-Un caso que enfrenta a productores audiovisuales y establecimiento comerciales por el pago de derechos de autor por televisores con servicio por cable y que se conocia en el  Tribunal Constitucional (TC), cuya alta corte anuló una sentencia de la Suprema Corte de Justicia mediante la  TC/0118/26 de la Suprema que  ordenó emitir un nuevo fallo.

Aunque el conflicto gira en torno a si clínicas, hoteles y otros negocios deben pagar regalías por exhibir contenidos televisivos, el alto tribunal no resolvió ese punto y devolvió el caso para que sea decidido nuevamente.

La decisión se produjo al conocer un recurso presentado por la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores Audiovisuales Dominicana (Egeda) contra una sentencia de la Primera Sala de la Suprema que había rechazado su demanda contra el Centro de Medicina Avanzada Doctor Abel González.

La entidad sostiene que ese tipo de exhibición constituye un acto de «comunicación pública» de obras protegidas, lo que genera el derecho de los autores y productores a recibir una remuneración.

El alto tribunal también consideró que exigir el pago a la clínica podría implicar un cobro duplicado, debido a que las compañías de cable ya pagan licencias por la retransmisión de los programas.

El TC anuló esa decisión, pero no por estar en desacuerdo con ese criterio, sino porque la Suprema basó parte de su razonamiento en la existencia de un supuesto contrato de servicio de cable que no fue incorporado al expediente ni debatido por las partes.

Para el TC, sustentar una sentencia en hechos no probados vulnera el derecho de defensa y el principio de contradicción, por lo que ordenó devolver el caso para que sea decidido nuevamente.

Pese a que el fondo del conflicto sigue sin resolverse, la Sociedad de Gestión Colectiva de los Productores Audiovisuales (Sogespa) calificó la decisión como un fallo «histórico» que fortalece la protección del derecho de autor en el país.

La entidad afirmó que la sentencia reafirma principios como el derecho exclusivo de los productores a autorizar la comunicación pública de sus obras, incluyendo su exhibición en habitaciones de clínicas y hoteles.

«El respeto al derecho de autor constituye un pilar fundamental para el desarrollo de las industrias culturales y creativas», expresó su director gerente, Nelson Jiménez Cabrera.

Sin embargo, la sentencia TC/0118/26 no valida esa interpretación ni establece quién debe pagar en estos casos, ya que se limitó a anular la decisión de la Suprema por fallas en su motivación.

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Cancelan licitación para la compra de gomitas multivitamínicas para estudiantes

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Santo Domingo, R.D.-Fue cancelada por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabie) el proceso de licitación INABIE-CCC-LPN-2026-0002, que tenía como objetivo la adquisición de gomitas multivitamínicas para estudiantes del sistema educativo público.

La institución explicó que la medida fue adoptada con el fin de introducir «mejoras sustanciales en los aspectos técnicos y económicos» del proceso, buscando garantizar una contratación más eficiente y ajustada a los requerimientos establecidos.

A través de un breve comunicado, dijo que el programa estaba concebido como parte de una estrategia de intervención nutricional dirigida a alumnos de los niveles inicial, primaria y secundaria en todo el país.

Horas antes, el Inabie había anunciado la ejecución de un plan piloto de «suplementación con gomitas multivitamínicas, para intervenir nutricionalmente a unos 70 mil estudiantes» a un costo de  151 millones 200 mil pesos. Beneficiaría a escolares de 3 a 19 años del sistema educativo público, a los cuales se les entregaría tres gomitas a la semana por espacio de un año.

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