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Otro perremeísta envuelto en escándalo desde un cargo público.
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3 años agoon
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LA REDACCIÓNLa destitución del director del Instituto Postal Dominicano (IMPOSDON), Adán Alberto Peguero de León, fue sugerida al presidente Luis Abinader, por alegadas irregularidades que fueron encontradas en la firma de un contrato con la empresa extranjera Mía Cargo Group, la cual data de varias años atrás, pero que el actual incumbente le dio seguimiento al margen de la ley.
La sugerencia al respecto proviene de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) y la Unidad Antifraude de la Contraloría General de República que consideran que el presidente Luis Abinader debe proceder con la destitución del director de Inposdom, Peguero de León, por las anomalías encontradas en la contratación de la empresa extranjera Mía Cargo Group, las cuales se producen desde cuando dirigía la institución publica el reformista Modesto Guzmán.
Después de los resultados de la investigación en la que también participó la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), en el informe se sugiere al mandatario destituir igualmente al consultor jurídico de Inposdom, Joaquín Félix Santana, “por haber incurrido en faltas graves”.
Asimismo, recomendaron que sea suspendido en todos sus efectos el acuerdo suscrito entre el Inposdom y la empresa Mía Cargo Group, “por estar manifiestamente contrario al ordenamiento legal y en ese mismo orden, se le ordene a la institución contratante a efectuar el procedimiento de contratación de servicio conforme el ordenamiento jurídico vigente”.
Igualmente, recomendaron que sea iniciada una investigación por ante la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) para que se profundice sobre el histórico de las mercancías transportadas a nivel nacional e internacional por Mía Cargo Group, desde su constitución, hasta los últimos días de contrato por ante la institución de correo de República dominicana dado los señalamientos y procesamientos penales de los que ha sido objeto su socio principal, el señor Diego Vestillero.
El informe ordena a la Contraloría General de la República a realizar una auditoría interna al Instituto Postal Dominicano desde el periodo comprendido entre el año 2008 a la fecha.Irregularidades datan de cuando Modesto Guzmán
En el informe de las instituciones que hicieron la investigación se describe que se identificó que la firma del primer acuerdo “bajo este tipo de modalidad ilegal, es de fecha 13 de noviembre del año 2008, entre el señor Modesto Guzmán, en representación del Inposdom, y la empresa Inversiones Tahití, S.A, que posteriormente devino en el acuerdo con la razón social Mía Cargo Group”.
Esta alianza, según la DGCP, entre Mía Cargo Group e Inversiones Tahití pasó a tercerizar la especie del “acuerdo de exclusividad” que había suscrito con Inposdom en la gestión del señor Modesto Guzmán, lo que propició que a la llegada de la nueva gestión, encabezada por Adán Alberto Peguero de León, se excluyera a Inversiones Tahití, “firmando el documento directamente con la anterior subcontratista, o tercero en la relación y agregándole nuevos actores, como en el caso del señor Jesús Solé, así como nuevas violaciones al debido proceso legal”.
En una comunicación de prensa, sostiene la pesquisa permite “establecer que dicho proceso de contratación se realizó al margen de la Ley 340-06, de Compras y Contrataciones y que tampoco se trata de un procedimiento de alianza público-privada”.
Agrega que se obtuvo el documento de fecha 6 de septiembre de 2017, emitido por la DGCP, “el cual contiene la opinión emitida a solicitud del exdirector del Inposdom, Modesto Guzmán, en el que el órgano rector le señaló varias irregularidades”, entre las que figuran, la selección en la que había incurrido la institución, al no haber realizado el proceso de selección establecido por la Ley 340-06, de lo que se desprende que ya existía un precedente sentado por el órgano competente respecto al tema.
“En cuanto a la violación de la Ley 340-06 y su reglamento de aplicación 543-12, se comprobó que el contrato además de contener vicios de forma, toda vez que el mismo había sido elaborado y notariado en un país distinto al país en donde se encuentra el contratante y beneficiario principal del servicio, no fue debidamente apostillado, así como también vicios de fondo, inobservados por la máxima autoridad del INPOSDOM”, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP).
Afirma que certificó en fecha 08 de noviembre del 2021, que no figura registrado en el Portal Transaccional ningún proceso de selección de proveedores, en ninguna de las modalidades del Sistema Nacional de Compras Públicas realizado por la unidad de compras del Inpostdom asociado a alguna contratación con la empresa Mía Cargo.
Afirma que Adán Peguero, como el consultor jurídico de Inposdom, Joaquín Félix Santana, “han dado continuidad a una mala práctica institucional, violatoria a la Ley 340-06”.
Las entidades plantean que el hecho de que la máxima autoridad del Inposdom no procurara agotar el debido procedimiento de ley para la contratación del servicio hizo que el Estado suscribiera un acuerdo con una empresa que, según la consulta practicada a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), no registra empleadores ni empleados, lo que permite establecer que la entidad contratante no validó su idoneidad para desempeñar la logística que amerita el trabajo a realizar, ni su legalidad.
Tras una verificación exhaustiva en los diferentes sistemas internos de la Contraloría General de la República también se comprobó que dicho contrato no agotó el ciclo establecido por el sistema de control interno establecido por la Contraloría, ni existía registro alguno respecto a la compañía Mía Cargo Group, lo cual deviene una violación a la Ley 10-07 y su reglamento de aplicación 491-07, detalla la DGCP.
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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.
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3 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la audiencia preliminar del caso Falcón.
El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.
El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.
La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.
El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.
El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.
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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.
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3 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.
El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.
Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».
El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.
A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.
La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.
La decisión del TC
En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.
El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.
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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.
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3 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.
Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.
En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.
Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competencia, ampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.
Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.
En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.
La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.