SANTO DOMINGO. La Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional confirmó la condena en contra de cinco presuntos sicarios al servicio del capo boricua José David Figueroa Agosto, y revocó el descargo a favor de dos de cuatro absueltos.
El tribunal consideró como justa y conforme al derecho la condena de 30 años en contra de José Aníbal Hidalgo García (Molmo), José Miguel Rodríguez Almonte y Winston Antonio Rodríguez Tavárez (Fire), y la de 20 años impuesta a Gian Enrique Rojas Matos (Yan) y los 15 de Ricardo Pérez Mateo (Maceta).
Los jueces Ignacio Camacho Hidalgo, presidente, Nancy Joaquín Guzmán y Doris Pujols Ortiz rechazaron los recursos de apelación incoados por los imputados, por considerarlos improcedente, mal fundados y carentes de base legal.
Acogió los cargos de asociación de malhechores, homicidio agravado y porte y tenencia ilegal de armas de fuego.
Consideró que los medios propuestos por los procesados no posee asidero jurídico alguno, al considerar que la decisión cuestionada pondera en su conjunto y de forma armónica todas las pruebas aportadas por las partes, por lo que la decisión se encuentra ajustada a la sana crítica, la lógica y máxima experiencia que debe primer al momento de los juzgadores valorar las pruebas.
Asimismo, la Corte declaró con lugar el recurso de apelación incoado por la Fiscal del Distrito, Yeni Berenice Reynoso, así como los fiscales Cándida Ramos, Deny Silvestre e Isidro Vásquez Peña.
Revocó la sentencia 12-2012, dictada el 12 de marzo por el Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia, en cuanto a Wilhen Ortiz de los Santos o William Martínez Ortiz de los Santos (Richard o Bololo) y Diómedes Moya Durán.
De igual modo, dictó directamente su sentencia, declarando culpables a Ortiz De los Santos y Moya Durán, condenándolo a cumplir la pena de 10 años cada uno en los centros de corrección y rehabilitación de Puerto Plata y Santiago.
Ordena el restablecimiento de las medidas de coerción en contra de los imputados, consistente en prisión preventiva.
Los jueces rechazaron los recursos de apelación interpuesto por el Ministerio Público en contra del descargo a los procesados Joel Antonio Féliz Medina y José Alberto de la Cruz Paredes, confirmando la sentencia de primer grado.
Consideró que si bien es cierto que entre los imputados se verifica una participación asociativa en la materialización de los hechos, no menos cierto es que la pena debe ser proporcional y razonable al grado de ésta y la vinculación de los mismos en los hechos.
El grupo fue procesado por los asesinatos de Omar Antigua Polanco, Rubén Soto Hayet, el teniente coronel José Amado González y González, Máximo Gerónimo Paredes y Jorge Vólquez.
También de herir de bala Madeline Bernard Peña, José Luis Mejía Ramos y Agustín Romero.
Antigua Polanco fue abatido de 13 disparos en enero del 2010. Era señalado como uno de los hombres de confianza de Figueroa Agosto.
Soto Hayet, propietario de la panadería La Francesa, y dos empleados del establecimiento, cayeron a pleno sol del día del 14 de mayo de esa fecha. Asimismo, González fue muerto el pasado 24 de diciembre, y su viuda Bernard resultó herida.
El decomiso de bienes
La Corte de Apelación ratificó el decomiso, en beneficio del Estado, los bienes ocupados a los imputados. Estos consisten en una culata de madera para fusil, dos cargadores, un cargador doble, 24 fotografías, una pistola, una recámara para calibre 40 milímetros, tres cargadores para fusil normales, 60 cápsulas para estos artefactos, 13 cartuchos para dinamita, tipo gelatina, cinco chalecos antibalas, radios de comunicación, una jipeta, un jeep, entre otros objetos relacionados con actuaciones procesales realizadas durante la investigación.
Diario Libre