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20 y 10 años ratifica tribunal a acusados de la muerte de arquitecta Leslie Rosado

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Santo Domingo.-Fue ratificada la sentencia de 20 y 10 años de cárcel de primera instancia por la Primera Sala de la Corte de Apelación da la Provincia Santo Domingo en contra de los dos imputados de la muerte de la arquitecta Leslie Rosado, cuyo hecho ocurrió en octubre del 2021 cuando la victima se desplazaba en un vehículo todo terreno por la avenida Duarte de Andrés, Boca Chica.

La corte confirmó el dictamen del Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingoal determinar que no se configuraron los elementos constitutivos del tipo penal del asesinato, tras el análisis de las circunstancias que rodea el hecho y las pruebas aportadas.

Una comunicación del Poder Judicial afirma que el voto de la mayoría de los jueces se sustenta «en que estos casos, es cuando el juzgador debe analizar las circunstancias que han acompañado la actuación de la persona, como podrían ser los actos preparatorios que evidencien que hay un plan para la comisión de ese hecho, los cuales, en el caso que nos ocupa, brillan por su ausencia», indica la sentencia que rechaza la existencia de premeditación y acechanza, por lo que establece que se trata de un homicidio voluntario.

Rosado viajaba en su yipeta Mercedes-Benz junto a su hija, una adolescente de 15 años cuando fue herida mortalmente, luego de una persecución del policía y el motorista que alegó que la joven lo había chocado cuando viajaba con su familia en una motocicleta. La menor resultó ilesa de los tiros que realizó el cabo.

Previo a disparararle de cerca a los cristales del vehículo de Rosado, el cabo Janli Disla Bautista había realizado varios tiros durante la persecución, uno de ellos a los neumáticos.

Argumentos de los jueces

Las juezas explican que la decisión del Tribunal Colegiado no desnaturalizó los hechos y que la sentencia emitida y ratificada por la corte se tomó en base a los principios de legalidad, tipicidad, tutela judicial efectiva y proporcionalidad.

En base a esas motivaciones la alzada (Corte de Apelación) considera que la pena impuesta se encuentra plenamente justificada y se ajusta al principio de legalidad y a los criterios para la determinación de la misma establecidos en el artículo 339 del Código Procesal Penal, que establece:

Art. 339.- Criterios para la determinación de la pena. Al momento de fijar la pena, el tribunal toma en consideración, los siguientes elementos: 1) El grado de participación del imputado en la realización de la infracción, sus móviles y su conducta posterior al hecho; 2) Las características personales del imputado, su educación, su situación económica y familiar, sus oportunidades laborales y de superación personal;  3) Las pautas culturales del grupo al que pertenece el imputado; 4) El contexto social y cultural donde se cometió la infracción; 5) El efecto futuro de la condena en relación al imputado y a sus familiares, y sus posibilidades reales de reinserción social; 6) El estado de las cárceles y las condiciones reales de cumplimiento de la pena; 7) La gravedad del daño causado en la víctima, su familia o la sociedad en general.

En base a este aspecto, mantuvo el criterio del tribunal colegiado, por no estar reunida la figura jurídica de la premeditación o acechanza, por vía de consecuencia la acción del coimputado, Rafael Castillo Novas, se mantuvo como cómplice del homicidio voluntario por su participación.

En esas atenciones, la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo rechaza los recursos de apelación incoados por los querellantes y actores civiles José Rosado Torres, Minerva Marte Carpio y Jabys Ariel Martínez Alemany, el Ministerio Público ambos en contra de la sentencia penal núm. 54803-2022- SSEN-00607 dictada por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de la referida jurisdicción, y confirma en todas sus partes la sentencia recurrida, por ser justa y fundamentada en derecho.

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Tribunal escuchó varios testigos del Ministerio Público contra Elizabeth Silverio

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SANTO DOMINGO.- La  Novena Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, presidida por la jueza Milagros Ramírez, aplazó este lunes para el próximo 16 de marzo la continuación del nuevo juicio contra Elizabeth Silverio (neurocientífica), directora del Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, acusada de ejercer la medicina de manera ilegal en el país.

La decisión fue tomada luego de que el tribunal escuchara a varios testigos presentados por el Ministerio Público, entre ellos madres y padres de las presuntas víctimas del caso. Los testigos relataron las situaciones que vivieron y pidieron justicia por los perjuicios que, según denunciaron, sufrieron sus hijos.

Durante la audiencia también ofreció su testimonio el director de Habilitación del Ministerio de Salud Pública, como parte de las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

Aplazan para marzo nuevo juicio contra Elizabeth Silverio por ejercicio ilegal de la medicina

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Previo al inicio del proceso, Elizabeth Silverio aseguró que demostrará su inocencia frente a los hechos que se le imputan.

De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, Silverio ejercía la medicina sin contar con el exequátur correspondiente, en violación de la ley, lo que presuntamente afectó la salud de decenas de menores con condiciones especiales.

Asimismo, se le atribuye el uso de títulos falsos, con los cuales hacía creer que era psicóloga con especialidad en neurociencia.

Se recuerda que el 10 de octubre de 2025, los jueces de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anularon la sentencia que condenaba a Silverio a siete años de prisión, dictada el 21 de octubre de 2024 por las magistradas del Tercer Tribunal Colegiado.
Tras esa decisión, la corte ordenó la celebración de un nuevo juicio.

Centro Kogland fue clausurado

El Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, ubicado en el sector Gascue, fue creado en diciembre de 2021. Su directora, Elizabeth Silverio, de 30 años, afirmaba poseer cinco maestrías.

La situación provocó que Silverio fuera intimada a presentar su exequátur ante el Ministerio de Salud Pública y, ante la inexistencia de la documentación correspondiente, se procedió al cese de las operaciones del centro Kogland.

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Audiencia preliminar de exjefe de la DEA en el país es aplazada para abril.

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Santo Domingo, R.D.-Un aplazamiento de la audiencia incial en el Tribunal del Distrito Columbia de Estados Unidos  fue concedido en el caso por presunta corrupción contra el dominicano Melitón Cordero, acusado de gestionar más de 100 solicitudes de visado en abuso  del programa para informantes confidenciales mientras se desempeñaba como supervisor de la oficina de la Administración para el Control de Drogas (DEA) en República Dominicana.

La audiencia inicial, prevista para el 6 de marzo, fue pospuesta por un plazo de 30 días para permitir que la defensa se reorganice y el gobierno prepare la evidencia, con la posibilidad de que el caso se resuelva antes de llegar a un juicio formal, según establecen documentos judiciales a los que este medio tuvo acceso.

En ese sentido, la audiencia preliminar quedó programada para el próximo 6 de abril a las 12:30 de la tarde.

La decisión del juez también incluye detener temporalmente el conteo del plazo legal que permite la celebración de un juicio rápido. Esto significa que los días entre el 6 de marzo y el 6 de abril no contarán para el cálculo de ese plazo.

Esto se debe a que, normalmente, el gobierno estadounidense dispone de 30 días desde el arresto para presentar cargos ante un gran jurado.

La decisión de posponer la audiencia preliminar fue tomada por el tribunal el 26 de febrero de 2026, un día después de que la defensa presentara la solicitud.

Los documentos judiciales explican varias razones por las que se concedió el aplazamiento en el caso penal federal contra Cordero. La primera de ellas es la contratación de una nueva abogada por parte del dominicano, quien pasa de ser representado por un defensor público federal a la abogada Mary Carpenito, que aún se encuentra en proceso de incorporarse formalmente al caso.

Otro de los motivos es que el gobierno entregará evidencia previa a la acusación formal, así como la intención de ambas partes de contar con más tiempo para prepararse.

Además, existe la posibilidad de resolver el caso antes de una acusación formal, lo que podría evitar un juicio, según se desprende de los documentos.

El pasado 12 de febrero, la embajadora estadounidense en República Dominicana, Leah Francis Campos, informó el cierre de la oficina de la DEA en el país «hasta nuevo aviso», mediante un comunicado difundido en redes sociales en el que calificó la corrupción como «una violación repugnante y deshonrosa de la confianza pública».

La acusación sostiene que  Cordero, de 47 años, habría utilizado su posición en la DEA para tramitar al menos 119 solicitudes de visa bajo un esquema fraudulento, presentando a los solicitantes como supuestas «fuentes confidenciales» de la agencia antidrogas. A cambio, se habrían pagado hasta 10,000 dólares por cada trámite.

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Ejecutivas de colegio Da Vinci reciben ratificacion de medida de coercion.

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Santo Domingo, R.D.-La medida de coercion en contra  varias ejecutivas del colegio Loenardo Da Vinci fue ratificada por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo  por la muerte de la estudiante haitiana Stephonrra Mircie Jopseph, de 11 años de edad, quien se ahogó durante una excursioon escolar.

El tribunal confirmó la decisión dictada en primera instancia, que establece como medida de coerción una garantía económica de 500 mil pesos mediante compañía aseguradora, presentación periódica ante las autoridades e impedimento de salida del país contra las cuatro imputadas.

Las imputadas en el caso son Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del centro educativo; Gisela Altagracia de las Mercedes González Estrella, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavares Vélez, orientadora, y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario. Acudieron a la audiencia, y gozan de libertad, ya que cumplen medida poco gravosa.

A la salida de la audiencia, el abogado de la familia de la niña, Miguel Valdez Mar Díaz, cuestionó que en el proceso no se haya incluido a otros posibles responsables vinculados al centro educativo y al lugar donde ocurrió la tragedia.

El jurista indicó que durante la audiencia se discutió que las personas señaladas no serían las únicas responsables del descuido que provocó la muerte de la menor.

Valdez Mar Díaz también criticó el accionar del Ministerio Público, al señalar que el proceso ha sido complejo para la familia y que, hasta el momento, la madre de la niña no ha recibido las pertenencias que la menor llevó el día de la excursión, pese a los requerimientos realizados.

Asimismo, informó que el tribunal fijó para el 26 de marzo una audiencia en la que se conocerá el proceso contra representantes del colegio y los propietarios de la Hacienda Los Caballos.

La mujer estuvo acompañada por varios familiares, quienes intentaban consolarla mientras reiteraba su llamado para que las autoridades establezcan responsabilidades en el caso.

De su lado, la abogada de parte de las imputadas, María del Pilar Zuleta, manifestó su satisfacción con la decisión adoptada por el tribunal.

“La corte conoció el caso, tomó su tiempo y decidió ratificar la medida. Entendemos que fue una decisión ajustada a derecho y que no existe ninguna presunción de culpa contra nuestras representadas”, expresó.

Indicó además que el Ministerio Público había solicitado un aumento de la garantía económica impuesta como medida de coerción, solicitud que finalmente no fue acogida por el tribunal.

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