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Como inadmisible fue declarado recurso de imputado que buscaba libertad por caso Pulpo

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El implicado en el caso Pulpo, José Dolores Santana Carmona, continuará bajo prisión preventiva como medida de coerción luego de que la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional declarara inadmisible un recurso de apelación interpuesto por éste.

El tribunal, compuesto por los jueces Nancy Joaquín, Yuli Tamariz y Daniel Nolazco Olivo, tomó la decisión tras declarar inadmisible el recurso interpuesto por el imputado a través de su abogado Ruben Puntiel, en contra de la decisión dictada por el entonces juez del juzgado de Atención Permanente de esa jurisdicción, José Alejandro Vargas, quien pasó al Tribunal Constitucional (TC).

El tribunal de alzada acogió la solicitud del Ministerio Público de declarar inadmisible la apelación del imputado, ya que la audiencia no procedía debido a que, tal y como lo señaló el Ministerio Público, el Tercer Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional ratificó la medida a Santana Carmona y otros implicados en el caso el pasado 06 de septiembre. 

Al imputado Santana Carmona se le atribuye la participación como testaferro del coimputado Juan Alexis Medina Sánchez, en el entramado societario que sirvió de estructura operativa para las acciones fraudulentas en contra del Estado puestas en evidencia a través de la Operación Anti Pulpo.

En torno al caso demás fueron enviados a prisión Juan Alexis Medina Sánchez, hermano de Danilo Medina, el ex director del Fondo Patrimonial de las Empresas Privadas (Fonper), Fernando Rosa,  Wacal Vernavel Méndez Pineda.

Igualmente,  Francisco Pagán Rodríguez y Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, ex director general y director de Fiscalización, respectivamente, de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (Oisoe) y Julián Esteban Suriel Suazo, empero, se varió su prisión preventiva, por arresto dominiciliario.

Asimismo, figuran como imputados Carmen Magalys Medina Sánchez, hermana de Juan Alexis, Lorenzo Wilfredo (Freddy) Hidalgo Núñez, exministro de Salud y Rafael Antonio Germosén Andújar, excontralor general de la República. Estos tres imputados se encuentran bajo arresto domiciliario.

Con esta investigación, la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) y la Dirección General de Persecución del Ministerio Público revelaron a finales de 2020 un entramado societario que se valió del tráfico de influencias para establecer relaciones contractuales con instituciones del Estado, a través de las cuales sustrajo miles de millones de pesos del erario, en montos que siguen en aumento en la medida que se incorporan nuevas evidencias.

El expediente del caso detalla que el grupo de imputados operaba en torno a un conjunto de empresas de carpeta creadas por Medina Sánchez, quien se aprovechó de su condición de hermano del entonces presidente de la República, Danilo Medina Sánchez, para establecer un amplio entramado de corrupción.

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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.

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Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la  audiencia preliminar del caso Falcón.

El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.

El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.

La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.

El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.

El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.

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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.

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Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del  Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.

 El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.

Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».

Según el tribunal, estas disposiciones «imponían barreras desproporcionadas» al exigir que las candidaturas independientes cumplieran requisitos similares a los de los partidos políticos, lo que resultaba en una limitación al derecho fundamental a elegir y ser elegido.

El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.

En el caso del electorado, esto podría significar un aumento en las opciones políticas, especialmente en un contexto donde los partidos tradicionales a menudo dominan el escenario electoral. La posibilidad de que ciudadanos puedan presentar sus propuestas de forma independiente, sin depender de estructuras partidarias, generaría un mayor interés y nuevas opciones.

A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.

La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.

La decisión del TC

En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.

«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.

El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.

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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.

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Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.

Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.

En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.

Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competenciaampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.

Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.

En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.

La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.

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