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Descargan a señalado como autor intelectual del atentado a David Ortiz

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Santo Domingo, RD.-Víctor Hugo Gómez Vásquez, señalado como autor intelectual del atentado contra el ex-pelotero David Ortiz, fue descargado por falta de pruebas por  el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.
El intento de asesinato en contra del ex-jugador de Grandes Ligas ocurrió el nueve de junio de 2019 en el centro de diversión Dial Bar and Lounge.

También fueron descargados Carlos Rafael Álvarez Pérez (Carlos Nike) y Reynaldo Rodríguez Valenzuela (El Chino).

En junio de 2019 circuló la noticia de que el expelotero, mejor conocido como “Big Papí”, fue herido de bala mientras disfrutaba en un centro de diversión en la avenida Venezuela, en Santo Domingo Este. Por el hecho también resultó herido el comunicador Jhoel López.

Tres días después, el procurador del momento, Jean Alain Rodríguez; el también director de la Policía Nacional del momento, Ney Aldrin Bautista y el actual fiscal de Santo Domingo Este, Milcíades Guzmán, encabezaron una rueda de prensa en la que ofrecieron detalles de cómo se planeó y produjo el atentado contra David Ortiz.

Señalaron a Víctor Hugo Gómez Vásquez como autor intelectual del atentado. Jean Alain Rodríguez, aclaró que el acto estaba dirigido a Sixto David Fernández “El Modelo”, quien también se encontraba compartiendo con el pelotero en el citado bar.

Días después, el 28 de junio, fue apresado Gómez Vásquez. Tras su detención circuló un video negando las acusaciones que se le habían imputado.

“Me están acusando de planificar un atentado en contra de Sixto David Fernández, lo cual en ningún momento o por alguna razón tengo interés o haría algo así. Yo no soy su enemigo y él mismo ha confesado que no tiene ningún tipo de enemigo”, expresa Gómez en el vídeo.

Según el fiscal Milcíades Guzmán, durante la rueda de prensa para dar a conocer los detalles del suceso, la vinculación de Víctor Hugo y Sixto David en el atentado contra Big Papi nació a través de una relación “de carácter comercial”, que se había roto  “en algún momento y por eso terminaron con diferencias”. Gómez Vásquez estuvo recluido en la cárcel La Victoria junto con Alberto Miguel Rodríguez Mota.

El fiscal de Santo Domingo Este indicó, además, que cuando Víctor Hugo cae detenido en 2011 aduce que Sixto David “lo chivateó, lo tiró para adelante, y de ahí es donde se desprende la maldad de Víctor Hugo en contra del señor Sixto David Fernández”.

También en el video que grabó Víctor Hugo Gómez Vásquez, este trae a relucir el nombre del narcotraficante César Emilio Peralta “César El Abusador”, detenido en Puerto Rico. Dijo que lo conocía vía Sixto David Fernández, quien era supuestamente amigo de Peralta.

Víctor Hugo Gómez Vásquez fue señalado por las autoridades estadounidenses como parte del Cártel del Golfo y que realizaba sus operaciones entre febrero de 2016 a abril 2018.

A pesar de la versión de las autoridades dominicanas, quienes arrestaron a más de 10 personas, el expelotero de Grandes Ligas contrató al excomisionado de policía de Boston, Ed Davis para que realizara una investigación del suceso.

El informe se dio a conocer en marzo de 2022 y señaló a César Emilio Peralta como el autor del atentado. A diferencia de lo informado por las autoridades dominicanas, el excomisionado aseguró que la bala iba dirigida contra David Ortiz.

“El poderoso y políticamente conectado narcotraficante César ´El Abusador´ llegó a sentirse irrespetado por Ortiz, lo que lo llevó a poner una recompensa por la cabeza del pelotero de los Medias Rojas de Boston”, dijo Ed Davis.

Los condenados en el caso durante audiencia del lunes

El tribunal, presidido por Elizabeth Rodríguez Espinal, Julio A. Aybar Ortiz y Flor E. Batista Polo, condenó este lunes a 30 años de prisión a Eddy Vladimir Féliz García («El Nata») y Rolfi Ferreras Cruz o Ramón Martínez Pérez (a) Rolfi, este último quien admitió que disparó al exbeisbolista. El Nata, era quien conducía la motocicleta en que se transportó Rolfi Ferreras.

Mientras, que a 20 años de prisión fue sentenciado Alberto Miguel Rodríguez Mota. Este hombre fue señalado como la persona que presuntamente ejecutaría el pago por cometer la operación de sicariato contra Sixto David Fernández.

En tanto, fueron condenados a 10 años de prisión, cada uno, José Eduardo Ciprián Lebrón (a) Chuky y Óliver Moisés Mirabal.

De su lado, Gabriel Alexander Pérez Vizcaíno(a) Hueso, fue sentenciado a nueve años de prisión, mientras, Joel Rodríguez de la Cruz (a) Calamardo, fue condenado a seis años de prisión.

Mientras, a cinco años de prisión fueron condenados los imputados Franklin Junior Meran (a) Rubirosa, Porfirio Ayendi Dechamps Vásquez (a) Nene y Junior Cesar La Hoz Vargas (a)Yayo y/o El Lindo

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Ministerio Público crea Unidad Canina para fortalecer búsqueda de personas desaparecidas

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Santo Domingo, R.D.-El Consejo Superior del Ministerio Público creó una Unidad Canina especializada para integrarla a la búsqueda de personas desaparecidas y recuperación de cadáveres, informó este domingo la Procuraduría General (PGR).

La unidad, que estará adscrita al Instituto Nacional de Patología Forense (Inacif), intervendrá en los procesos de investigación, en coordinación con otras agencias del Estado, siempre conforme al protocolo y las circunstancias objetivas de cada caso.

El órgano superior de gobernanza del Ministerio Público, presidido por la procuradora general Yeni Berenice Reynoso e integrado por la procuradora adjunta Ysis Germania de la Cruz, el procurador fiscal Denny Frey Silvestre Silverio y el fiscalizador Merlin Mateo Sánchez, tomó su decisión durante la Décimo Tercera Sesión Ordinaria, efectuada el pasado 8 de enero.

Agencias internacionales cooperarán

Según se explica en un comunicado de prensa, para la creación de la Unidad Canina, el Ministerio Público recibirá la cooperación de agencias internacionales, específicamente en lo que respecta a la asistencia de entrenamiento del personal asignado a esos fines.

  • Por igual, se ha dispuesto la elaboración de un protocolo para el total cumplimiento de la Ley 248-12, de Protección Animal, a fin de garantizar el cuidado de los caninos entrenados para estas labores, explicó la secretaria del Consejo, Minerva Cocco, concluyó la nota de prensa.

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Puntos críticos del recurso de apelación de Santiago Hazim que busca revocar la prisión preventiva

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Santo Domingo, R.D.-En el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que impuso 18 meses de prisión preventiva a Santiago Hazim, principal implicado en el caso SeNaSa, la defensa plantea diversos puntos críticos para revocar la decisión.

Los abogados Miguel Valerio Jiminián, Yipsy Roa Díaz, Yenifer Doñe Miliano y Daniel Santillán destacan en el recurso contra la decisión del juez Rigoberto Sena la falta de motivación jurídica, la excepción de inconstitucionalidad por control difuso y lo que califican como un fallo “literario y religioso”.

Sostienen que la decisión emitida el pasado mes de diciembre por el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional vulnera derechos fundamentales y principios básicos del debido proceso.

Por ello, solicitan la revocación inmediata de la medida de coerción, por considerarla arbitraria, desproporcionada y carente de sustento jurídico.

Inconstitucionalidad por desproporcionalidad

Uno de los puntos más relevantes de la instancia es la solicitud de una excepción de inconstitucionalidad. La defensa pide a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que, mediante el ejercicio del control difuso, declare inconstitucional el artículo 377.2 del Código Procesal Penal para este caso específico.

Argumentan que imponer 18 meses de prisión preventiva constituye una «pena anticipada», especialmente cuando el propio tribunal fijó un plazo de solo ocho meses para que el Ministerio Público concluya la investigación.

«Resulta una incoherencia que la prisión preventiva sea más extensa que el tiempo otorgado para investigar; esto desnaturaliza la medida y viola la presunción de inocencia», establecen los juristas en el recurso.

Resaltan que la medida excede notablemente el plazo previsto y viola los artículos 40.9 y 69 (numerales 1, 2 y 3) de la Constitución de la República.

Críticas a un fallo «literario y religioso»

La defensa de Hazim también plantea que la decisión del juez Sena carece de la debida motivación, pues se sustenta en apreciaciones de carácter religioso y literario impropias de una decisión judicial.

Según el recurso, la sentencia se asemeja más a una «mala narración novelesca» y a la «cita arbitraria de pasajes bíblicos» que a un razonamiento jurídico.

Aducen que estos elementos fueron utilizados para «caer en gracia» al afirmar que el imputado habría «violado la confianza del presidente Luis Abinader«, lo cual consideran inaceptable en un Estado social y democrático de derecho.

“La decisión se encuentra fundamentada en pasajes bíblicos que nada tienen que ver con la naturaleza jurídica de la medida… el tribunal señaló de forma directa a Hazim como avaro y traidor a la patria, juicios de valor personal sin conexión con los elementos probatorios”, enfatizan.

Derecho a la salud y dignidad humana

El recurso también alega violaciones al derecho a la salud y a la dignidad humana. Los abogados indican que no se ponderaron adecuadamente los elementos de arraigo que garantizan que el imputado no representa peligro de fuga.

Presentaron constancias del Icahn School of Medicine at Mount Sinai que establecen que Hazim recibe, desde 2011, un tratamiento especializado con infusiones de Ocrevus (ocrelizumab) cada seis meses en Nueva York.

Sostienen que la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Las Parras imposibilita la continuidad de este tratamiento, lo que podría derivar en consecuencias irreversibles para su bienestar físico y neurológico.

Se espera que la Corte de Apelación del Distrito Nacional fije próximamente la fecha para el conocimiento de este recurso, donde se decidirá si se mantiene la medida o se dicta una menos gravosa que permita al imputado llevar el proceso en libertad.

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La JCE anuncia horario de 08:00 a.m. a 01:00 p.m. para servicios a la ciudadanía

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE) informó que en 14 centros de cedulación  por lo que estarán brindando sus servicios a la ciudadanía en un horario de 8:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde desde el 12 al 16 de enero del 2026.

El órgano electoral explicó que la reducción del horario se debe a que se llevará a cabo la captura de datos biométricos y personales para el proceso de la renovación de la cédula de identidad y electoral, exclusivamente a los empleados de la institución.

Estos 14 centros con este horario especial durante la fecha señalada son los siguientes:

1. Bajos de Haina
2. Boca Chica
3. Carretera Mella
4. Cristo Rey
5. Doctor Delgado
6. Ensanche Luperón
7. Gascue
8. Herrera
9. Las Américas
10. Los Alcarrizos
11. Pedro Brand
12. Plaza Naco
13. San Antonio de Guerra
14. Villa Mella

La primera etapa de inicio del despliegue progresivo controlado y limitado para la captura y posterior entrega, que abarca el primer trimestre de este año y dirigido solo al personal de la JCE, «garantiza la estabilidad operativa, calidad del servicio y confiabilidad de los sistemas antes de su despliegue a escala general».

Además, la JCE explicó que al mismo tiempo esta es la «manera correcta» de reducir riesgos, ajustar los tiempos e identificar mejoras.

«Recordamos a la ciudadanía que esto obedece a la ejecución de la primera etapa del proceso de renovación de la cédula de identidad y electoral, y pedimos su comprensión ante los inconvenientes que esto les pueda causar», agregó la institución en una nota de prensa.

Recordó que será a partir de abril cuando se inicie la captura y entrega de la nueva cédula a la población en general según el mes de nacimiento.

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