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DGCP suspende registro de proveedores de Ministra de la Juventud e inicia investigación de oficio

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Santo Domingo.- La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) anunció este lunes la suspensión del Registro de Proveedores del Estado (RPE) de la actual ministra de la Juventud, Kinsberly Taveras Duarte.

La DGCP confirmó que Taveras figura como proveedora del Estado con dos empresas, una de corte personal a su nombre y otra jurídica (Colegio Domínico Chino CDC, SRL), donde funge como gerente administradora y es poseedora del 75 por ciento de sus acciones.

La institución informó que la decisión fue tomada a raíz de la divulgación de una entrevista concedida por la funcionaria al programa “Nuria, investigación periodística” y que inició una investigación de oficio para establecer los vínculos de las empresas de Taveras, conforme a lo establecido en los artículos 71 y 72 de la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas y sus modificaciones, para identificar si las empresas en las que figura como accionista, han participado en procedimientos de contratación o resultado beneficiadas de alguna compra o contrato público siendo ésta funcionaria pública.

El órgano rector reiteró a los servidores públicos que el artículo 14 de la referida Ley prohíbe a los funcionarios públicos ofertar o contratar con el Estado y recordó que mediante la circular DGCP-07-2020, emitida el pasado 26 de agosto, otorgó un plazo de 30 días calendarios, a partir de su emisión, para que los funcionarios incluidos en el régimen de prohibiciones requirieran la suspensión de su RPE para dar cumplimiento a la normativa vigente.

«La DGCP continúa en el proceso de identificación de los funcionarios que aún no han solicitado la suspensión de su RPE para proceder de oficio a su inhabilitación, tal y como ordena la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Estamos comprometidos a garantizar la igualdad de oportunidades y evitar los conflictos de interés en los procesos de contrataciones», subrayó el director de la DGCP, Carlos Pimentel.

La legislación establece que los funcionarios de primer y segundo nivel de jerarquía de las instituciones sujetas al ámbito de aplicación de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas y sus modificaciones, entre los que figuran, ministros, viceministros, directores y subdirectores, alcaldes y regidores, no pueden ser oferentes ni contratar con el Estado para suplir bienes, obras y servicios a las instituciones gubernamentales.

elcaribe.com.do

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Someten a la justicia mujer acusada de agredir y herir a agente de la Digesett

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SANTO DOMINGO.- Una mujer acusada de agredir y herir con un arma blanca a un agente de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett)  será sometida a la justicia.

El vocero de la entidad, Rafael Tejeda Baldera, explicó que el agente afectado se encuentra en proceso de recuperación tras las heridas sufridas durante el incidente.

Tejeda Baldera destacó que en este caso no existía ninguna situación de tránsito ni fiscalización por infracción que justificara un enfrentamiento con la autoridad.

  • «Es un hecho lamentable y deplorable, ya que no hubo ningún motivo relacionado con tránsito que provocara esta agresión contra el agente”, expresó.

Indicó además que el caso ya está en manos de la justicia, con los tribunales apoderados y los procesos legales en curso para determinar las responsabilidades correspondientes.

La institución reiteró su llamado al respeto hacia las autoridades y confió en que la acusada responda ante la ley por sus acciones.

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Derechos de autor por TV en clinicas y hoteles se conoce en el el Tribunal Constitucional.

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Santo Domingo, R.D.-Un caso que enfrenta a productores audiovisuales y establecimiento comerciales por el pago de derechos de autor por televisores con servicio por cable y que se conocia en el  Tribunal Constitucional (TC), cuya alta corte anuló una sentencia de la Suprema Corte de Justicia mediante la  TC/0118/26 de la Suprema que  ordenó emitir un nuevo fallo.

Aunque el conflicto gira en torno a si clínicas, hoteles y otros negocios deben pagar regalías por exhibir contenidos televisivos, el alto tribunal no resolvió ese punto y devolvió el caso para que sea decidido nuevamente.

La decisión se produjo al conocer un recurso presentado por la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores Audiovisuales Dominicana (Egeda) contra una sentencia de la Primera Sala de la Suprema que había rechazado su demanda contra el Centro de Medicina Avanzada Doctor Abel González.

La entidad sostiene que ese tipo de exhibición constituye un acto de «comunicación pública» de obras protegidas, lo que genera el derecho de los autores y productores a recibir una remuneración.

El alto tribunal también consideró que exigir el pago a la clínica podría implicar un cobro duplicado, debido a que las compañías de cable ya pagan licencias por la retransmisión de los programas.

El TC anuló esa decisión, pero no por estar en desacuerdo con ese criterio, sino porque la Suprema basó parte de su razonamiento en la existencia de un supuesto contrato de servicio de cable que no fue incorporado al expediente ni debatido por las partes.

Para el TC, sustentar una sentencia en hechos no probados vulnera el derecho de defensa y el principio de contradicción, por lo que ordenó devolver el caso para que sea decidido nuevamente.

Pese a que el fondo del conflicto sigue sin resolverse, la Sociedad de Gestión Colectiva de los Productores Audiovisuales (Sogespa) calificó la decisión como un fallo «histórico» que fortalece la protección del derecho de autor en el país.

La entidad afirmó que la sentencia reafirma principios como el derecho exclusivo de los productores a autorizar la comunicación pública de sus obras, incluyendo su exhibición en habitaciones de clínicas y hoteles.

«El respeto al derecho de autor constituye un pilar fundamental para el desarrollo de las industrias culturales y creativas», expresó su director gerente, Nelson Jiménez Cabrera.

Sin embargo, la sentencia TC/0118/26 no valida esa interpretación ni establece quién debe pagar en estos casos, ya que se limitó a anular la decisión de la Suprema por fallas en su motivación.

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Cancelan licitación para la compra de gomitas multivitamínicas para estudiantes

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Santo Domingo, R.D.-Fue cancelada por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabie) el proceso de licitación INABIE-CCC-LPN-2026-0002, que tenía como objetivo la adquisición de gomitas multivitamínicas para estudiantes del sistema educativo público.

La institución explicó que la medida fue adoptada con el fin de introducir «mejoras sustanciales en los aspectos técnicos y económicos» del proceso, buscando garantizar una contratación más eficiente y ajustada a los requerimientos establecidos.

A través de un breve comunicado, dijo que el programa estaba concebido como parte de una estrategia de intervención nutricional dirigida a alumnos de los niveles inicial, primaria y secundaria en todo el país.

Horas antes, el Inabie había anunciado la ejecución de un plan piloto de «suplementación con gomitas multivitamínicas, para intervenir nutricionalmente a unos 70 mil estudiantes» a un costo de  151 millones 200 mil pesos. Beneficiaría a escolares de 3 a 19 años del sistema educativo público, a los cuales se les entregaría tres gomitas a la semana por espacio de un año.

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