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Dice alcaldías han sido deficientes en planeamiento

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Los centros de expendio de bebidas alcohólicas proliferan en las proximidades de las universidades sin ningún control .

Los centros de expendio de bebidas alcohólicas proliferan en las proximidades de las universidades sin ningún control .

El titular de la Procuraduría Especializada para Medio Ambiente dijo ayer que los ayuntamientos han sido deficientes en su responsabilidad y competencias relativas a los espacios públicos, planeamiento urbano y el tema de permiso de uso de suelo.

Al opinar sobre la colocación de centros de expendido de bebidas alcohólicas próximos a las universidades, el procurador adjunto, Andrés Chalas, consideró que “cuando se habla claramente de la regulación del uso del suelo para la instalación y expansión de establecimientos comerciales, el ayuntamiento está llamado a jugar su papel y decir, no, aquí no se puede dar un permiso para eso, usted tiene que buscar un lugar apropiado para eso, y los requisitos mínimos son estos”.

Indicó que “no es bueno buscar parches para cada situación sino, soluciones integrales”.  Precisó que este tema solo le compete al Ministerio Público (a su dependencia) cuando hay denuncias de ruido y aseguró que, según lo que recuerda, no ha recibido denuncias de universidades sobre la contaminación sonora por la presencia de centros de expendio de bebidas alcohólicas en sus alrededores.

Aseguró que esta situación no se limita a la población de los centros académicos superiores, sino también a las escuelas públicas y colegios, “donde hay una población cautiva y se establecen centros de expendio de bebidas sin que los gobiernos locales hagan valer las disposiciones de la ley 176-07, que les faculta para regular el uso de suelo”.

Reiteró que para cualquier infraestructura que se vaya a instalar se necesita un permiso de uso de suelo y es ahí que las alcaldías están llamadas a jugar un papel importante.

Ley de ordenamiento territorial

Andrés Chalas abogó por la coordinación interinstitucional en busca de que el desarrollo de las urbanizaciones sea armónico. “Tenemos que ver el asunto de manera más holística y debemos pensar de manera clara y urgente en la ley de ordenamiento territorial para establecer los parámetros de las actividades”, indicó.

Aseguró que para combatir este flagelo hay leyes, pero deben ser adecuadas de manera que ese crecimiento de la población, la interacción de las universidades y las escuelas, con los negocios sea de manera correcta y ordenada, “no desordenada como lo es actualmente”.

Hay un proyecto

En julio del 2012 el Poder Ejecutivo sometió un anteproyecto de ley para regular la venta de bebidas alcohólicas a los ciudadanos, entre ellos los estudiantes uniformados, aunque fueran mayores de edad, así como prohibir la colocación de negocios de expendio de alcohol a 50 metros de distancia de centros educativos.

Además de controlar la venta de estas bebidas, la pieza denominada “Control de Expendio, Suministro y Consumo de Bebidas Alcohólicas”, buscaría fomentar el consumo responsable de alcohol.

En el capítulo IV de la iniciativa se establece que quedará prohibida la venta de bebidas alcohólicas a personas en visible estado de embriaguez, bajo el efecto de drogas o con deficiencia mental; a policías, militares y demás uniformados, así como a personas que porten armas de fuego o blancas. La pieza, pendiente de conocimiento,  fue modificada en el 2007 y aún permanece en el Senado.
Luego de una publicación de elCaribe sobre el tema la ministra de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, Ligia Amada,  abogó por una ley que prohíba la instalación de esos negocios cercanos a las academias. Esa propuesta fue respaldada por senadores de los principales partidos políticos, como Luis René Canaán Rojas y Euclides Sánchez.

Que se establezcan regulaciones

El expresidente de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), Radhamés Camacho, favoreció que se establezcan regulaciones para el expendio de bebidas alcohólicas en las inmediaciones de los recintos universitarios y escuelas.

Aunque reconoció que la sociedad dominicana vive en democracia, donde existe la libre empresa, entiende que estos negocios deben ser regulados ya que para que haya una educación de calidad no basta con el 4% ni la jornada extendida, sino un contexto adecuado para el aprendizaje.  Afirmó que la Universidad Autónoma de Santo Domingo  se encuentra prácticamente impenetrable por estos centros.

Autoridades buscan salida a venta de alcohol

El ministro de Interior y Policía y varios diputados respaldan la propuesta de Ligia Amada Melo de que por ley se prohíba el expendio de alcohol en zonas universitarias. José Ramón Fadul declaró que hay que prohibir los centros de expendio de bebidas alcohólicas en los alrededores de las universidades y reveló que junto a los ayuntamientos están trabajando una resolución para controlar la situación y dar mayor protección a los estudiantes.

Sonido
La Contaminación sonora perjudica el ambiente académico y arrabaliza las zonas universitarias.

EL CARIBE

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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