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Diferentes hipótesis surgen por razones económicas ante acusación de pelotero de G.L.

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Santo Domingo, R.D.- Diferentes teorías surgen en la República Dominicana frente a la violación sexual que pesa contra el pelotero de Grandes Ligas, Wander Franco, quien ya cumple una medida de coerción impuesta por un tribunal de Puerto Plata.

Cándido Simón Polanco, abogado penalista, ha propuesto la opción del matrimonio del joven pelotero con la adolescente victima de la violación sexual, pese a que el Código Civil lo prohíbe.

«Si se aman, o si se quieren y hay vocación y la mamá le autoriza, que es la tutora, con consentimiento o sin consentimiento del papá y si no lo hace, un juez de niños, niñas adolecentes, le puede autorizar. Yo iría con él dónde un oficial del Estado Civil y le digo: cásenme», explicó Simón.

Dijo que, aunque le digan que no lo puede solicitar por escrito y que puede ir donde un juez de amparo que lo va a amparar, ya que las leyes inconstitucionales son inaplicables.

«Él (Wander Franco) o cualquier joven que en circunstancias como esta tengan la vocación de casamiento, si ella también lo quiere, pueden casarse y si se casan no hay caso penal», explicó el jurista.

 «Todos los dominicanos y dominicanas que hayan cumplido 18 años de edad y quienes estén o hayan estado casados, aunque no hayan cumplido esa edad, gozan de ciudadanía», es lo que establece el artículo 21 de la Constitución.

A consideración del jurista sobre la edad de la joven de 15 años y Franco de 22, «la edad no es lo que da la madurez o la infantilidad» y manifestó que la ley que prohíbe el matrimonio de una persona de entre 15 y 18 años es inconstitucional.

 «La ley que prohíba que un menor o una menor de edad de entre 15 y 18 años se case es inconstitucional. Es más, yo voy a levantar un movimiento de desobediencia civil en contra de las leyes absurdas», dijo Simón.

El 6 de enero del 2021 el presidente Luis Abinader promulgó la ley 1-21 que prohíbe el matrimonio infantil en la República Dominicana.

Dicha ley modifica y deroga varias disposiciones del Código Civil y la Ley 659 sobre actos del Estado Civil.

«Las personas menores de dieciocho años no podrán contraer matrimonio en ninguna circunstancia», es lo que establece la modificación realizada al artículo 144 del Código Civil en 2021.

El abogado tildó de «estúpido» el concepto de la ley de prohibición del matrimonio infantil, ya que la infancia clínicamente es hasta los tres años «y nadie se casa del nacimiento a los tres años».

En el caso del pelotero dijo que la ley señala que de los 18 años hasta los 21 se es joven-adolescente porque jurídicamente se asume que la persona no ha madurado lo suficiente.

Reiteró que «si se aman, si se quieren, con consentimiento o si consentimiento de su papá se casen, si se aman y si quieren».

Indicó que la joven esta «posiblemente enamorada» de un muchacho joven que «hasta bueno esta», «el tipo se ve bien».

Simón Polanco dijo que a Franco no se le debió aplicar medida de coerción y que es una extorsión lo que ocurre con el pelotero ya que tanto él como la menor de edad «son novios».

«En función de lo que ha surgido y la información que ha fluido más la media de coerción que dictó el juez a petición del Ministerio Publico, pero no todo lo que va es, lo que me parece a mí es que luce más que un propósito judicial, una extorsión», dijo el jurista.

De igual forma indicó que la fiscal de Puerto Plata al frente del caso de Franco, Luisa Marmolejos, debió «inhibirse» debido a que tiene un hijo que fue abogado de la madre de la menor lo cual a su parecer entra en un conflicto de intereses ya que los trabajos realizados forman parte del caso del pelotero.

«Lo prudente era que ella (la fiscal) se inhibiera y explicara las razones por las que se iba a inhibir», dijo Simón.

Las declaraciones de Cándido Simón fueron durante una entrevista en el programa radial Entrados.

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Emiten resolución en favor de pensionados y jubilados

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Santo Domingo, R.D.– La resolución 00263-2024 de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) a favor de los pensionados y jubilados del Estado dominicano dispone el aumento de la cobertura y beneficios para los planes especiales transitorios de servicios de salud de la población en condición de retiro.

La medida, que ordena reducir al 3.2% los aportes de los pensionados y jubilados al Seguro Familiar de Salud (SFS) hasta el tope de 10 salarios mínimos nacional, garantizará coberturas adicionales aprobadas por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y ampliará la red de prestadores de servicios de salud en todo el país, incluyendo clínicas, laboratorios y centros diagnósticos, para mejorar el acceso y la calidad de la atención.

Esta disposición entrará en vigor de forma retroactiva a partir del 01 de diciembre de 2024, impactando positivamente a jubilados y pensionados de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), médicos, maestros, policías, exmiembros de los cuerpos castrenses y sus dependientes directos.

Para la aplicación de los nuevos beneficios, el Gobierno dispuso una inversión de más de mil 600 millones de pesos y emitió el decreto 644-24 para reducir al 3.2% el aporte de los pensionados, reafirmando su compromiso de mejorar las condiciones de vida de los jubilados y pensionados.

La resolución establece los nuevos per cápita por ampliación de red e inclusión de nuevos beneficios e instruye a las Administradoras de Riesgos de Salud ARS SeNaSa, ARS CMD y ARS SEMMA brindar los servicios y actualizar un listado con los nuevos Prestadores de Servicios de Salud (PSS).

Sobre SISALRIL

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) es la institución responsable de garantizar el derecho a la salud y la protección ante riesgos laborales de la población de manera oportuna y con calidad, mediante la regulación y supervisión en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

Es una entidad autónoma del Estado, establecida el 9 de mayo de 2001 mediante la Ley No. 87-01 que crea el SDSS.

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Apresan a varios haitianos por herir y atracar a una mujer de 61 años en Dajabón

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Restauración.–Varias personas de nacionalidad haitiana fueron apresadas por autoridades conjuntas  para ser investigados con relación al robo efectuado en la residencia de la señora Martina Valdez, a quien también hirieron por arma blanca en el municipio de Restauración.

En un amplio operativo encabezado por el teniente coronel Caba Suriel, encargado de la Dirección Central de Investigaciones Criminales (DICRIM), el Ejército de República Dominicana y la Policía Preventiva, se realizan las detenciones para tratar de esclarecer el hecho donde resultó afectada por golpes y heridas la señora Martina Valdez de 61 años de edad.

Se presume que un hombre de origen haitiano es el responsable de amordazar y provocarle heridas a la señora Martina Valdez de 61 años para robarle sus pertenencias.

Este hecho ocurrió alrededor de la siete de la noche del lunes cuando la señora Valdez se encontraba en su residencia de la calle Duarte de dicho municipio.

Caba Suriel manifestó que no permitirá que antisociales siembren la intranquilidad de las personas de bien en esta provincia, por lo que pidió a los malhechores a abstenerse de infringir la ley.

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Declaran inocente al agente de migración acusado de violar a una haitiana en el AILA

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Santo Domingo, R.D.-Fue descargado de responsabilidad penal el agente de Migración Carlos Jiménez Rosario, cuya decisión provino del  Primer Tribunal Colegiado de la Provincia de Santo Domingo de un hecho que se produjo por supuestamente violar sexualmente a una haitiana en septiembre del 2023 en el Aeropuerto Internacional de las Américas (AILA)

La información la ofreció su abogado Óscar de León, quien dijo que la supuesta víctima Stephy Graph Cadichon, de 31 años, nunca compareció al tribunal y tampoco fue posible localizarla en Estados Unidos donde habría viajado.

Graph Cadichon imputó al agente haber abusado sexualmente de ella luego de una supuesta discusión que sostuvieron en la terminal aérea, porque la extranjera presuntamente intentó viajar con un visado falso de un niño que la acompañaba.

Según su denuncia, Jiménez Rosario la llevó a un cuarto del aeropuerto donde la violó.

De León explicó que los jueces Elizabeth Rodríguez, Flor Batista y José Leonel Asencio emitieron la sentencia absolutoria a favor de Jiménez Rosario por insuficiencia probatoria.

El agente duró preso siete meses en la cárcel Najayo-Hombres, como medida de coerción, la cual se le varió por presentación periódica y una garantía económica cuando fue enviado a juicio de fondo.

La extranjera tenía un proceso abierto en su contra por supuesta visa falsa, en el que se le declaró en rebeldía.

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