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Dotel cambió sus llantos por alegría tras lograr su libertad

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El expelotero de Grandes Ligas, Octavio Dotel, fue excluido del expediente. JORGE CRUZ/

Santo Domingo, RD.- El rostro del expelotero de Grandes Ligas, Octavio Dotel Díaz, fue cambiando ayer a medida de que el juez del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional motivaba su decisión sobre el porqué éste no podía ser encausado por presunto lavado de activos.

Dotel Díaz, quien durante su intervención por ante el juez José Alejandro Vargas lloraba de indignación al ser vinculado a la red que dirigía César Emilio Peralta, saltó de la emoción cuanto el magistrado lo desvinculó de los cargos presentados por los fiscales.  

En la audiencia, el magistrado, al motivar la decisión, determinó que no halló indicios de que Dotel Díaz fuera testaferro de César Emilio Peralta (César el Abusador), quien se encuentra prófugo.

Sin embargo, el tribunal planteó que había elementos para dictar medida de coerción en contra de Dotel Díaz, por la implicación que le hace el ministerio público sobre porte de arma de fuego, razón por lo que le impuso el pago de una garantía económica de un millón de pesos bajo la modalidad de contrato, impedimento de salida y presentación periódica.

Mientras que a la salida del tribunal, mientras el exjugador de Grandes Ligas era conducido a la cárcel preventiva del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, una multitud aplaudía y vociferaba su nombre, proclamando “libre, libre Dotel”.

Asimismo, el juez dispuso la libertad de los imputados Obispo Feliz Lorenzo, contable, y de Roberto José Cáceres, también vinculados a César el Abusador, tras imponerles el pago de una garantía económica de 500,000 pesos, impedimento de salida y presentación periódica.

Prisión preventiva
Mientras que el tribunal dictó tres meses de prisión preventiva en contra de José Bernabé Quiterio, para ser cumplidos en la cárcel de La Victoria. Al principio el juez dispuso que fuera enviado a la cárcel de Najayo, pero su abogado Felipe Herrera, pidió que si se podía cambiar de recinto carcelario, a lo que el juez aceptó.

Para dictar prisión preventiva, el juez alegó que como las autoridades de Estados Unidos aseguran que varias de las propiedades incautadas pertenecen a César el Abusador, también Bernabé Quiterio, dice que las mismas son de su propiedad, por lo que a su juicio hay una vinculación de este con César el Abusador, al tiempo que declaró el caso complejo. Mientras que el Ministerio Público adelantó que una vez le sea notificada la decisión del juez Vargas que dejó en libertad a los tres imputados, la recurrirá en apelación, al considerar que la decisión no se ajusta a la ley y que hubo una incorrecta valoración de las evidencias presentadas en contra de los encartados.

Al grupo se le acusa de incurrir en asociación ilícita para adquirir, poseer, transferir y utilizar bienes a sabiendas de que han sido producto del delito de tráfico ilícito de drogas y del delito de lavado de activos proveniente del tráfico de drogas ilícitas.

DECISIONES

Armas. La Procuraduría Especializada Anti Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía del Distrito Nacional acusan a Dotel Díaz de los delitos de tenencia ilegal de armas, municiones y sus accesorios, y tenencia y uso de armas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

Sostuvo que el transcurso de las pesquisas de este caso que lleva cabo junto a la DNCD ha obtenido suficientes evidencias que vinculan al grupo con la red criminal y que la medida que debió imponerse en este caso es la prisión preventiva.

Libres. El juez ordenó la libertad de Obispo Feliz Lorenzo, contable, y de Roberto José Cáceres, también vinculadados a la red de “El Abusador”, tras imponerles pago de una garantía económica de 500,000 pesos, impedimento de salida y presentación periódica.

listindiario.com

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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