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El Código Penal es Ley; aumenta el cúmulo de penas a 60 años cárcel

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El proyecto que modifica el Código Penal fue aprobado en el Senado el pasado 2 de julio.

El proyecto que modifica el Código Penal fue aprobado en el Senado el pasado 2 de julio.

SANTO DOMINGO. La Cámara de Diputados convirtió ayer en Ley el proyecto que modifica varios artículos del Código Penal de la República Dominicana, al aprobar en única discusión ese proyecto acogiéndolo tal y como fue devuelto por el Senado, con sus modificaciones.

La pieza legislativa, que consta de seis considerandos, 52 vistas y 356 artículos, deberá ser promulgada u observada por el Poder Ejecutivo.

Fue aprobada con 132 votos a favor y tres, en contra. Se trata de los votos de los diputados Minou Tavárez Mirabal, Juan Hubiere y Magna Rodríguez. En tanto, 11 diputados se abstuvieron de votar.

El Senado le incluyó a esa iniciativa legislativa la tipificación de la desaparición forzada de personas, con sanciones y agravantes, y la penalización de los negocios de multinivel o de estructura piramidal.

El proyecto de Ley establece un cúmulo de penas de hasta 60 años de prisión, eleva la pena máxima de 30 a 40 años de cárcel; castiga por muertes por violencia doméstica con hasta 40 años de prisión, y el secuestro con penas de 20 a 30 años de cárcel.

También tipifica los crímenes horrendos, la invasión y ocupación de tierras, condena el cuatrerismo, el uso del “ácido del diablo” y el sicariato. Además, castiga con hasta 10 años de prisión a los adultos que usen a menores para cometer sus delitos.

De ser promulgado, derogaría 51 leyes o disposiciones legales, según el artículo 354.

En el artículo 355 se le otorga un plazo de un año al Poder Ejecutivo para realizar las readecuaciones necesarias a la legislación vigente, complementarias al Código Penal.

El presidente del órgano legislativo, Abel Martínez, pidió a sus pares llamar a los diputados ausentes al momento de la votación, para que “no se pierdan ser parte de la historia”, como forma de garantizar el quórum.

Afirmó que ese era un proyecto transcendental para la historia del país.

El presidente de la Comisión de Justicia, Demóstenes Martínez, manifestó que ayer fue un día histórico, porque la Cámara de Diputados convertiría en Ley el proyecto que modifica varios artículos del Código Penal, que fue puesto en vigencia hace 130 años.

Recordó que el estudio de las modificaciones al Código Penal se iniciaron hace 17 años, a iniciativa del entonces presidente Leonel Fernández, y que éste, hace 14 años, presentó el primer proyecto de ley con esos fines al Congreso Nacional.

Valoró que en el Senado el proyecto fue fortalecido, y que se remitió a la Academia de la Lengua para que fuera enriquecido. Aseguró que el nuevo Código Penal garantizaría una persecución eficaz para los que cometen hechos delictivos en el país.

Los debates

Antes de aprobarse ese proyecto, se registraron debates prolongados en los que participaron 17 diputados, incluyendo el propio presidente de la cámara baja, Abel Martínez.

El diputado reformista Pedro Botello dijo que el Congreso Nacional “se viste de gala” para poner una pieza moderna en manos de los que administran justicia y de quienes persiguen el crimen.

Cree que el nuevo Código Penal se pone en consonancia con las nuevas normas vigentes al introducírsele 82 modificaciones.

“Este Código le da un golpe mortal al crimen organizado, a los delincuentes organizados”, destacó.

Mientras que el diputado peledeísta Elpidio Báez llamó la atención sobre la política criminal que se desarrolla en el país, porque cree no contribuye a disminuir esos delitos.

Entiende que ese Código Penal se orienta al endurecimiento de las penas, bajo el discurso de la mano dura y tolerancia cero, y que eso no garantiza los resultados esperados.

Reflexionó sobre muchas deficiencias que afectan el sistema judificial, pese a que el Código Procesal Penal lleva 10 años de aplicación.

“Nosotros queremos llamar la atención de que para mejorar la justicia dominicana no sólo se precisa endurecer las leyes penales. Todos los actores de la justicia penal tienen que trabajar en la dirección de promover una política integral, una política de reducción de la inequidad”, expresó.

El vocero de los diputados del PRSC, Ramón Rogelio Genao, pidió el cierre de los debates. Fue secundado por el diputado perredeísta Radhamés González, lo que fue acogido por el Pleno.

Los diputados rechazaron una propuesta de modificación hecha por la diputada Josefa Castillo, y las sugerencias de las diputadas Minou Tavárez Mirabal y Magna Rodríguez de postergar la aprobación de esa iniciativa, para no delegar en los jueces su interpretación con respecto a varios artículos.

Protección médicos por aborto

Los diputados Geovanny Tejada, Minou Tavárez Mirabal y Magda Rodríguez expresaron sus inquietudes sobre el “estado de necesidad”, definido en el artículo 22 de esa iniciativa, con relación a la aplicación del aborto terapéutico. Al respecto, el presidente de la cámara baja, Abel Martínez, aseguró que el espíritu congresual es el de preservar la legítima defensa, y aseguró que los médicos estarán protegidos en caso de practicar ese tipo de aborto. 

El diputado Henry Merán pidió no tener temor sobre el “estado de necesidad”, porque la Constitución dominicana es clara al respecto.

Diario Libre

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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