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Gobierno de Abinader no sale de un escándalo por su vocación de no respetar la ley y la Constitución de la República. – La Republica Online

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Gobierno de Abinader no sale de un escándalo por su vocación de no respetar la ley y la Constitución de la República.

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El director de la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN), Andrés Burgos,  anunciٕó este lunes  ante la protesta de gente pobre de Santiago que denuncia que se le ha cortado el servicio de agua potable por falta de pago, que a partir de ahora se levantan todas las restricciones por orden del presidente Luis Abinader  para continuar la suspensión del suministro del preciado liquido.

 Este funcionario, el cual toma esa medida desde hace mucho tiempo, ya que en los últimos meses son miles los afectados con el corte del servicio de agua potable, se da el lujo de semejante ilegalidad y lo peor de todo es que atribuye la disposición al presidente Luis Abinader.

El director de Coraasan o es muy ignorante o  pretende ponerse por encima de  la Constitución de la República, ya que el Tribunal Constitucional ha emitido varias sentencias que han sentado jurisprudencia, en el sentido de que a nadie se le debe cortar el servicio de agua potable por tratarse de un bien público fundamental para la vida y la salud.

El tribunal ha emitido varias sentencias a este respecto, entre las que se pueden mencionar las TC/0049 y la TC/0289, entre otras, en virtud de lo que establecen los artículos 15 y 61.1 de la Constitución de la República.

Las sentencias de la alta corte  han sentado jurisprudencias y constituyen  precedentes vinculantes para situaciones iguales que se presenten en el sector público y en los tribunales nacionales, cuyo mandato al respecto provienen del articulo 7, numeral 13 de la Ley 137-11 que instituye el Tribunal Constitucional.

Sin embargo, lo dicho por este funcionario, quien ya ha sido emplazado a cambiar de actitud y respetar las decisiones que provienen del Tribunal Constitucional, demuestra que él se cree  estar por encima del mandato de la ley de leyes, sobre todo en una época en que todavía perdura la contaminación con la pandemia del Covid-19.

Esta conducta del director del Coraasan e incluso del propio presidente, según el  funcionario, envía el mensaje de que el Gobierno del PRM no sabe distinguir entre su facultad y lo dispuesto mediante sentencias  por el Tribunal Constitucional, cuyas decisiones se derivan de lo estipulado en la Constitución de la República.

El tribunal Constitucional emitió la sentencia número TC/0482/16  en fecha  tres (3) de marzo de dos mil dieciséis (2016), en la que establece que los órganos o entes que manejan el agua potable no deben privar a ningún dominicano del servicio, ya que cuando se produce la suspensión del suministro del preciado liquido la casa afectada se llena de bacterias que amenazan la vida de los que viven en ella.

En los actuales momentos miles de personas han sido afectados con la medida, pese a que la decisión del Tribunal Constitucional es transversal a todo órgano o ente de la administración pública, lo cual no quiere decir que no se busque otra vía para obligar al usuario a pagar el servicio de agua potable.

En los últimos días son diversos los escándalos en que se ha visto envuelto el Gobierno por el abuso de los funcionarios de cometer ilegalidades que dejan muy claro que en el entorno del Poder Ejecutivo no hay miramientos cuando se trata de respetar las normativas jurídicas en materia de aumentos de sueldos y de otros mandatos de los tribunales competentes.

El Tribunal Constitucional creó la Unidad de Seguimiento para establecer y darle salida al desacato de los funcionarios a las decisiones de la alta corte, amén de que la Ley 137-11 también dispone que los afectados con disposiciones como las de Coraasan pueden interponer una acción de amparo de cumplimiento ante el Tribunal Superior Administrativo para llevar al funcionario público a respetar las jurisprudencias que se establecen en el país.

La Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN) no opera en la luna, sino en un país llamado República Dominicana y su administración no puede estar al margen del mandato del Tribunal Constitucional, el cual es el más facultado para determinar qué constituye una violación a los principios y derechos fundamentales.

Lo más grave del asunto es que el director de Coraasan no esconde su ignorancia e irrespeto a la ley cuando exhibe ambas debilidades por los medios de comunicación social y atribuye la disposición al presidente Luis Abinader, lo cual hace pensar que el mandatario no tiene ninguna asesoría legal.

https://www.tribunalconstitucional.gob.do/consultas/secretar%C3%ADa/sentencias/tc048216

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