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Acusan Ministerio Público de no respetar las garantías procesales.

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El Ministerio Publico valida actuaciones arbitrarias e inquisitorias en un sistema que ya ha derogado esas deficiencias cuando les niega a las personas el ejercicio de sus garantías procesales en la etapa preparatoria, según lo planteó el El Observatorio por el Justo Proceso

Los abogados constitucionalistas entrantes del Observatorio indicaron, en su informe número tres, que el Ministerio Público está violándole a determinados imputados el derecho a la defensa.

Esto al punto que dirige actos investigativos en contra de personas que ni siquiera sospechan estar en la mira del órgano de persecución.

Manifestaron que en armonía con el paradigma penal acusatorio, los tribunales judiciales deben velar por la materialización del debido proceso.

Expresaron que  en caso de que el sujeto pasivo solicite, por ejemplo, certificar que en su contra se ha encaminado un sumario violatorio de su derecho de defensa o al contradictorio, las actuaciones registradas deberían ser anuladas.

Los abogados consideraron que actualmente el sistema que prevalece es el acusatorio o adversarial y que los fiscales están haciendo todo lo contrario, ya que actúan como si se tratara de un sistema inquisitorio.

 “Pasar de investigado a imputado sin saberlo, supone haber actuado en desequilibrio de fuerzas, lo que fractura clarísimamente el derecho de defensa, contradicción e igualdad de armas”, indicaron.

Precisan que la dignidad de la persona postula la existencia del derecho a ser sujeto del proceso, no objeto del mismo y que el debido proceso que se predica a toda clase de actuaciones judiciales se aplica a la etapa de la investigación previa.

“El derecho a la presunción de inocencia que acompaña a toda persona hasta que se le condene en virtud de sentencia firme, se vulnera si no se comunica oportunamente la existencia de una investigación preliminar a la persona involucrada en los hechos, de modo que esta pueda, desde esta etapa, ejercer su derecho de defensa conociendo y presentando las pruebas respectivas”, dijeron.

Además, dijeron que es irrelevante para el ordenamiento constitucional el nombre que jurídicamente se le otorgue a una persona en una investigación, pues, dijeron, que lo que trascendente es que a la misma no se le apliquen excepciones temporales al ejercicio de sus prerrogativas en cualquier etapa, y muy particularmente en la etapa pre procesal.

“El Ministerio Público ha ignorado que por encima del Código Procesal Penal, predomina no solo la Constitución de la República, sino también los tratados internacionales sobre derechos humanos y las interpretaciones que de sus normas hagan los órganos jurisdiccionales competentes”, explicaron.

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Hombres que robaban alimentos fueron apresados por Policía Nacional.

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Santo Domingo. – Este jueves la Policía Nacional informó que detuvo cuatro hombres involucrados en el robo de fundas con alimentos de primera necesidad, sustraídos de varios camiones que transitaban por la avenida del Puerto del Distrito Nacional.

El cuerpo del orden dijo que los detenidos son Aaron Ezequiel Cabrera, de 36 años; Breilin José Vizcaíno Capellán, de 18; Ángel Reguillo Emiliano, de 26, y Miyel Ambiórix Morillo, de 27, todos residentes en la citada demarcación.

Según la entidad, la detención fue realizada por agentes de la Dirección Central de Investigación (Dicrim), quienes actuaron de manera inmediata tras dar seguimiento a los responsables, identificados a través de un video que se hizo viral en redes sociales y medios de comunicación.

Los cuatro apresados serán puestos a disposición del Ministerio Público para los fines legales correspondientes.

La Policía Nacional reafirma su compromiso de actuar con prontitud frente a hechos delictivos y garantizar la seguridad ciudadana.

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Presidente de la República solicita al Congreso agilizar modificación de ley de Compras y Contrataciones.

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Santo Domingo, R.D.- Luis Abinader solicitó este jueves al Congreso Nacional agilizar la aprobación del proyecto que modificaría la ley de Compras y Contrataciones, la cual tiene el objetivo de establecer sanciones más severas contra la corrupción y fortalecer el marco regulador de las contrataciones del Estado.

Esta normativa, que fue propuesta por la exsenadora y ministra de Interior y Policía, Faride Raful, derogará la Ley 340-60, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, que data del 2006.

El director de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, destacó que una de las tareas fundamentes de esta nueva ley es devolver el sistema de consecuencias, que fue eliminado en el mismo año que fue aprobada.

El mandatario y Pimentel hablaron del tema al encabezar el acto en el que se anunció que República Dominicana fue escogida por primera vez como sede de la Conferencia Internacional Anticorrupción (IACC), la cual se llevará a cabo en el 2026.

Prohibiciones que propone proyecto de ley

  • El artículo 25 prohíbe a los exfuncionarios gestionar o representar intereses privados y particulares ante la institución a la que prestaron sus servicios, o ante las instituciones que les sean subordinadas, durante los 12 meses siguientes a la fecha de su salida del cargo.
  • También castiga con uno a tres años de prisión a los que incurran en falsedad en las declaraciones juradas requeridas para registrarse como proveedor del Estado o para participar de un procedimiento de contratación.
  • Además, sanciona con dos a cinco años de prisión y hasta multa de 50 salarios mínimos a los servidores del Estado que, en ejercicio de sus funciones intervengan en la tramitación, aprobación o celebración de un contrato, de manera dolosa, en violación al régimen de inhabilidades y prohibiciones previsto en la presente ley.
  • El proyecto establece que, cada institución contratante deberá contar con un apartado integrado a su portal institucional en donde se agrupen las informaciones y documentaciones relativas a su actividad contractual, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a estas.
  • Establece que los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta 30 % del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de la ley.

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No habrán elecciones extraordinarias en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-Las solicitudes de convocatoria de elecciones extraordinarias en La Vega fueron rechazadas este jueves por la Junta Central Electoral (JCE).

El órgano indicó que no tiene competencia legal para convocar a elecciones extraordinarias en el municipio, pese al vacío que se generó hace tres meses con la renuncia del alcalde Kelvin Cruz y la vicealcaldesa Amparo Custodio.

En sus motivaciones, la JCE acotó que la Ley 20-23, de Régimen Electoral, solo la faculta a convocar elecciones extraordinarias cuando se anulan las anteriores, aspecto que no ocurrió en este caso de La Vega.

«De la lectura del referido numeral 2 del artículo 95 se comprueba claramente que el legislador dominicano, al momento de definir los casos en los que procedería a convocar elecciones extraordinarias, no contempló el escenario que alegan los solicitantes, de lo cual se deduce que no existe competencia legal para que la Junta Central Electoral proceda a la convocatoria de elecciones extraordinarias en el municipio La Concepción de La Vega«, expresó el pleno del organismo electoral en uno de sus considerandos.

El exalcalde Kevin Cruz fue escogido con el 73 % de los votos de La Vega, fue juramentado en el cargo y lo asumió por casi cuatro meses, antes de que el presidente Luis Abinader lo designara ministro de Deportes. Su vicealcaldesa, Amparo Custodio, quien podía sucederlo en el puesto, renunció indicando que ese cargo debía ocuparlo un dirigente del Partido Revolucionario Moderno, que ganó la plaza.

Sin embargo, para resolver este impasse, la semana pasada el Concejo de Regidores de La Vega, revocó la renuncia de Custodio para que esta regresara a la alcaldía y el pasado 15 de noviembre fue juramentada como la nueva alcaldesa.

No obstante, los partidos de oposición Fuerza del Pueblo y de la Liberación Dominicana (PLD) insisten en que el Concejo de Regidores no tiene facultad para nombrar alcaldes. Los dos partidos han sometido recursos ante la justicia para tratar de revertir la decisión de los regidores.

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