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735, 837 choferes con licencias vencidas manejan en todo el territorio nacional.

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Santo Domingo, R.D.-Cerca de ochocientos mil choferes con licencias vencidas conducen vehículos de motor en la República Dominicana, lo cual confirma el Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre (ONTRANT), lo cual causa alarma.

Este es un indicador chocante ante otros números, como las muertes por accidentes de tránsito ocurridas en el país, teniendo la cifra preliminar de 1,753 decesos en siniestros viales que recopiló la Oficina Nacional de Estadísticas (ONE) en 2023.

No existe claridad sobre los procesos de fiscalización que órganos como el Intrant o la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) sometan a los choferes, más allá de la renovación voluntaria luego de vencido el carnet y que induce a exámenes.

Estos datos son la respuesta a una solicitud de acceso a la información pública, los mismos que generan interrogantes en torno a varios tópicos.

Emigración

Ante la pujante diáspora dominicana y los constantes desplazamientos a tierras extranjeras, con la última gran masa siento tentada por la “vuelta de México”, es importante que de estos números internos se maneja la cantidad de quienes no estén en suelo local y, por tanto, no tengan las intenciones de renovar.

fallecidos

Compartir los bancos de datos de instituciones como la Junta Central Electoral (JCE) y el Intrant es un apartado a considerar, sobre todo de las actas de defunción recientes para que se realice un vaciado de los fallecidos de las licencias de conducir.

infractores

Que se identifique a tiempo a los conductores que transitan con carnets vencidos, visto el drama provocado en las calles y que podría conducir a la “sorpresa” de que se paseen con documentación desactualizada.

Insistir en la atención de estos temas es una tarea que el Estado, en su conjunto, no puede delegar, considerando lo costoso de los accidentes viales, tanto en pérdidas humanas como gastos del sector salud, y que ninguna solución puede ser planteada sin antes manejar las estadísticas.

El documento

La licencia es un documento público de carácter personal e intransferible expedido por autoridad competente, el cual autoriza a una persona para la conducción de un vehículo con validez en todo el territorio nacional.

Las licencias de conducir vencidas son aquellas que han perdido su vigencia y no se pueden utilizar para conducir.

En República Dominicana, las licencias de conducir tienen una vigencia de cuatro años y se pueden renovar hasta tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Una vez cumplida la fecha de vencimiento que se indica en la licencia de conducir, el documento pierde vigencia y no se puede circular.

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Perseguirán armerías clandestinas y agilizarán solicitudes de permisos

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Santo Domingo, R.D.-Los que porten de manera clandestina armas de fuego serán perseguidos por el Ministerio de Interior y Policía, cuyo órgano  agilizará las solicitudes de operación de los miembros de la Asociación Dominicana de Importadores y Vendedores de Armas de Fuego (Adivaf).

Durante un diálogo con más de 30 representantes de estos negocios en Santo Domingo, La Romana, Peravia y San Francisco de Macorís, la ministra Faride Raful explicó que encontró un registro de dos mil procesos en curso y que aplicará un esquema de trabajo que garantizará la «efectividad, seriedad y transparencia» para la renovación, traspaso y licencias nuevas.

La ministra informó mediante nota de prensa que solicitó la colaboración de Adivaf para identificar los negocios que están fuera de la ley y aseguró que la institución no permitirá la ilegalidad.

Juan Antonio Ferrand, director jurídico de la institución, destacó el interés de canalizar y tramitar las autorizaciones, conforme lo establecido en la Ley No. 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

Precisó que por primera vez fue creada una comisión interinstitucional entre los ministerios de Interior y Policía y el de Defensa para atender todos los pendientes en esta norma.

«Atendemos todos los pendientes, como la actualización del catálogo de armas para su clasificación y las municiones también. Deben mantenerse actualizados y comunicársele al presidente para que no haya solapamiento de funciones», sostuvo.

Igual, Carlos Manuel Ogando, viceministro de Control y Regulación de Armas y Municiones, resaltó que desde el inicio de esta gestión aumentó en un 200 por ciento el traspaso de armas, con la entrega de cientos de licencias.

En tanto, los miembros de Adivaf valoraron la disposición de la institución en escuchar sus inquietudes y prometieron trabajar mancomunados, con la esperanza de que sus demandas sean resueltas, entre las que están el levantamiento de la prohibición de la importación de armas, establecida en 2006.

Sobre el tema, la ministra indicó que será «analizada, debatida y luego escalada a nivel presidencial», porque es el presidente de la República quien debería establecer por norma, esta petición.

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Pasaportes no fue consultado por Migración para solicitar cédulas en el aeropuerto

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Santo Domingo, R.D.-El director general de Pasaportes, Lorenzo Ramírez, aseguró este miércoles que no fue consultado por Migración para pedir cédulas a los dominicanos en el aeropuerto al momento de entrar o salir del país.

También señaló que su oficina no ha recibido informes de falsificación de libretas, defendiendo la validez de los documentos que entregan.

«La Dirección General de Migración es una entidad de seguridad nacional, y por eso tiene la potestad de hacer estos operativos. Sin embargo, es una medida que ellos tienen. Nosotros no tenemos con la institución ninguna información que indique que haya alguna situación con los elementos o con el desarrollo del pasaporte«, dijo Ramírez en un encuentro con la prensa.

«La noticia que sí les puedo dar es que yo estoy trabajando, o hemos conversado con ellos, para mejorar todo el rendimiento, donde desarrollamos una mesa técnica para que desde que nosotros hagamos la impresión del pasaporte, podamos tener el auto gate de manera automática, sin tener que trasladarse a la Dirección General de Migración. Esa es la tarea a la que le estamos invirtiendo ahora», continuó.

«El documento que se requiere para viajar es el pasaporte, pero estamos pidiendo la cédula como un mecanismo para validar identificación y evitar suplantación de identidad», reza un breve comunicado compartido con este medio tras una solicitud de información.

El comunicado señala que las personas pueden mostrar el documento de identificación tanto físico como en formato digital. Sin embargo, la entidad declinó responder a partir de qué fecha comenzó a implementarse esta medida, alegando motivos de «seguridad nacional».

«Es una medida de reciente aplicación«, fue la escueta respuesta de la institución.

La Dirección General de Migración (DGM) también declinó informar sobre el motivo que provocó la medida, citando las mismas razones.

«No se ha devuelto ninguna persona por no tener la cédula al momento de hacer migración de salida y entendemos que presentarla no genera retraso a los pasajeros», dice la entidad en el comunicado sobre la medida que hasta el momento no había sido informada y tomó por sorpresa a muchos viajeros dominicanos.

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En opinión de expertos municipales modificación a la Ley 176-07 debe ser «integral».

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Santo Domingo, R.D.-Fue aprobado en primera lectura este martes por el Senado de la República el proyecto de ley que modifica los artículos 36, 64 y 81, además de adicionar los artículos 66.1 y 66.2 a la Ley 176-07, que regula el Distrito Nacional y los municipios.

Para Víctor de Aza, presidente de la Liga Municipal Dominicana, la ley necesita una revisión profunda para adecuarla a la Constitución de 2010 y cumplir con el artículo 203, que ordena convertirla en una Ley Orgánica de la Comunicación Pública.

Entre las prioridades, D’Aza señaló la necesidad de abordar los porcentajes de inversión municipal y la cobertura de vacantes.

D’Aza informó que este fin de semana evaluarán las propuestas en la Liga Municipal, y el próximo lunes se reunirán con la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Diputados para analizar las reformas.

Mientras que Waldys Taveras, director ejecutivo de la mancomunidad del Gran Santo Domingo, calificó las modificaciones como insuficientes y lamentó que no se aborde una reforma integral de la ley.

“La falta de voluntad y de dirección política lleva a que sigamos poniendo parches. Eso que ellos están planteando deberían hacerlo en la reforma constitucional”, expresó.

Taveras subrayó la necesidad de uniformar las reglas de sucesión para todos los niveles de elección popular.

“El partido que postuló presenta una terna al órgano correspondiente… Entonces no puede ser diferente con relación a los ayuntamientos”, agregó.

Por su parte, Pedro Richardson, director de FEDODIM, respaldó la iniciativa en términos generales, pero expresó reparos sobre algunos puntos.

Richardson enfatizó que las vacantes en los gobiernos locales deben ser cubiertas exclusivamente por estos, a través de una terna presentada por el partido ganador.

“No creemos prudente que el alcalde proponga sustituciones de regidores, porque la alcaldía no es el órgano al que le corresponde ejercer la función normativa y supervisora del gobierno local”, explicó Richardson.

Asimismo, añadió que, si el partido no presenta una terna en el plazo estipulado, el consejo de regidores debe asumir esa función.

Modificaciones
El artículo 3, que modifica el 36, sobre el regidor, indica que, si no hubiese suplente para sustituirlo, el partido que lo postuló presentará dentro de 30 días una terna al Consejo de Regidores.

La misma deberá ser escogida de los candidatos a regidor donde ocurrió la vacante. Si dentro de ese periodo no se somete la terna, el Concejo de Regidores escogerá al sustituto de una terna planteada por el alcalde.

El artículo 4, que modifica el 64, sobre la sustitución del alcalde, señala que, si la vacante de éste ocurriese por pérdida del mismo, se posicionará al vicealcalde.

El artículo 5, refiere que el Tribunal Superior Electoral es una máxima autoridad en materia contenciosa electoral y sus decisiones no son objeto de recurso alguno, y solo puede ser revisado por el Tribunal Constitucional cuando la misma sea manifestante contraria a la Constitución.

En su artículo 3, la iniciativa señala que los procedimientos contenciosos electorales del reglamento por del Tribunal, así como los celebrados por la Juntas Electorales seguirán los principios de transparencia, publicidad, simplificación, oralidad, uniformidad, eficacia, celeridad y economía procesal y con ellas, se observarán las garantías institucionales y legales del debido proceso.

Este proyecto contempla en el artículo 7, que la integración de este órgano será por cinco jueces electorales y suplentes, designados por el Consejo Nacional de la Magistratura por un periodo de cuatro años.

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