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Alexis utilizó poder de su hermano, presidente de entonces, Danilo Medina, para alzarse con cantidad enorme de dinero público.
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3 años agoon
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LA REDACCIÓNSanto Domingo, RD.-Es un hecho que Alexis Medina utilizó poder de su hermano como presidente de la República para sustraer una cantidad enorme de dinero del patrimonio público.
Según los fiscales, Alexis Medina utilizó a “título personal” la presidencia de su consanguíneo para favorecerse de las operaciones que realizaba a través de sus empresas con varias instituciones estatales.
Tanto así, que llegó a emplear la presidencia del país como un “escudo” para realizar esas supuestas maniobras fraudulentas, con las que formó un entramado societario que distraía fondos del patrimonio público.
Esto se evidenció, según los fiscales, en uno de los allanamientos realizados al imputado, donde le fue incautado un portanombre de escritorio con el escudo nacional en la parte superior y debajo el texto “Lic. Juan A. Medina Sánchez”.
Cuatro meses después de que su hermano se sentara en la silla presidencial, Alexis Medina firmó un contrato con el que se comprometió personalmente “a realizar gestiones de comercialización, promoción y desarrollo de actividades relativas a la compra y contrataciones de bienes y servicios para instituciones del Estado dominicano, así como dependencias autónomas”.
Esto a sabiendas de que el artículo 4 de la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones establece que no pueden ser oferentes ni contratar con el Estado “los parientes por consanguinidad hasta el tercer grado o por afinidad hasta el segundo grado, inclusive, de los funcionarios relacionados con la contratación cubiertos por la prohibición”.
Los fiscales indican que no había forma de que se garantizara el cumplimiento de esta ley “con un hermano del presidente de la República merodeando las instituciones públicas en calidad de promotor y gestor de negocios a cambio de un 40% de los beneficios”.
La corrupción: “política estatal”
Las investigaciones del Ministerio Público arrojaron que las presuntas acciones delictivas de la organización criminal que dirigía Alexis Medina afectaron a instituciones como Salud Pública, el Ministerio de Educación y la Policía Nacional.
A esta lista se agregan el sistema de energía eléctrica del país, a través de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. y la Unidad de Electrificación Rural y Sub-urbana (UERS); la seguridad vial; el orden socio económico, y las elecciones de los aós 2016 y 2020.
Según los fiscales, desde las distintas instituciones estatales se gestó un “proceso de normalización de la corrupción” para distraer activos al patrimonio del Estado de los contribuyentes.
La principal “fuente” de la señalada corrupción fueron las numerosas licitaciones supuestamente adulteradas, ya que en ningún caso las empresas de Juan Alexis Medina fueron seleccionada previamente a participar en el proceso.
No obstante, “todos los casos obtenían informaciones previas y la mayoría de las veces se ejecutaba el proceso sin tener las características que requería el procedimiento aplicado”.
El Ministerio Público enumera dentro de las principales acciones que evidencian la corrupción administrative: las licitaciones por urgencia, las falsificaciones de documentos públicos, las cubicaciones adulteradas, las sobrevaluaciones de hasta un 90%, el uso de testaferros y las nóminas adulteradas.
Asimismo, en varias de estas instituciones fueron desvinculados servidores públicos que a juicio de la presunta red criminal eran un “obstáculo” para su expansión económica.
Los fiscales subrayan que la red desplegó “técnicas ordinarias y especiales” a través de la estafa, falsificaciones, desfalco, coalición de funcionarios, financiamiento ilícito de campañas electorales y lavado de activos.
Riquezas injustificadas
De acuerdo con el expediente, Juan Alexis Medina tuvo un ascenso económico injustificado por vías legítimas, ya que pasó de ser un “pequeño negociante con mala reputación” a un exitoso empresario con millones en los bolsillos.
“La investigación demuestra el ilícito crecimiento económico de la organización criminal de la que actuaba como gerente operativo el acusado Juan Alexis Medina Sánchez, quien no era un empresario, ni un emprendedor y que, de hecho, había llevados a la quiebra los pocos emprendimientos que había iniciado”, se lee en el documento.
Juan Alexis Medina era “omnipresente” en las contrataciones de las instituciones estatales en las que intervino.
Según el Ministerio Público este crecimiento fue posible gracias a “acciones y omisiones del principal ejecutivo de la nación, Danilo Medina Sánchez”.
“Se crearon las condiciones para construir un entramado societario que impactó de manera negativa los principales indicadores de desarrollo de República Dominicana”, continúa la acusación.
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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.
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3 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la audiencia preliminar del caso Falcón.
El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.
El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.
La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.
El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.
El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.
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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.
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3 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.
El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.
Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».
El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.
A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.
La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.
La decisión del TC
En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.
El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.
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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.
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3 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.
Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.
En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.
Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competencia, ampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.
Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.
En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.
La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.