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Análisis Noticiosos

El PRM desafiado a superar la arritmia histórica de los proyectos democráticos

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Por Juan Bolívar Díaz

La gestión de los proyectos liberales democráticos ha constituido un fracaso desde la fundación de la República, que fueron efímeros y abonaron la anarquía o sucumbieron a la tentación autoritaria, al presidencialismo caudillista y al continuismo en el poder

La experiencia histórica presenta un desafío al Partido Revolucionario Moderno (PRM) en su primera experiencia de gobierno de desarrollar una gestión democrática que comience en sus propias estructuras y su capacidad para renovar su dirigencia y pasa por una relación constructiva entre los poderes del Estado.

La historia política dominicana registra un fracaso de los proyectos más democráticos y liberales, comenzando por el de los fundadores de la República, permitiendo que predominara la anarquía o prolongados gobiernos conservadores, tanto que 8 presidentes han gobernado el 69% de los años de independencia.

Las advertencias al PRM

Aunque todavía los  motivos son poco significativos, ya se han formulado advertencias al PRM para que no repita la constante histórica de los liberales de fracasar en su autogestión para dar paso al autoritarismo o a la anarquía y permitir el predominio de los regímenes autoritarios que no han auspiciado la fortaleza institucional de la nación. Fue relevante que sectores perremeístas insistieran en pretender llevar a la Junta Central Electoral al vocero del expresidente Hipólito Mejía desafiando el reiterado compromiso del presidente Luis Abinader de no auspiciar dirigentes políticos en los organismos estatales de control.

Menos significativo, pero se han dado manifestaciones de dirigentes locales pretendiendo que los nuevos gobernantes se inclinen ante la concepción del Estado como botín partidista, lo que también ha sido rechazado por Abinader, quien se propone convertirse en cimentador de la institucionalización democrática. Lo prometió y consagró en documentos a lo largo de su exitosa campaña electoral, y entiende  que eso contribuyó a la avalancha de votos que este año catapulto su partido en los cuatro niveles de elección.

El presidente Abinader ha conformado un gabinete equilibrado con profesionales y empresarios sin tradición partidista, pero predominan los dirigentes perremeistas en ministerios claves como el de la Presidencia, Economía y Planificación, Obras Públicas, Educación, Energía y Minas, Turismo, Medio Ambiente y otros, y son tantos en cargos medios que el PRM tendrá que afrontar el problema que debilitó al PLD, cuando toda su dirección pasó al gobierno, para terminar empeñados en la búsqueda de beneficios políticos o personales, olvidándose de los compromisos con la sociedad. Los gobiernos exitosos son los que generan algún nivel de coordinación y separación entre las funciones gubernativas y la labor del partido, como el PRI mexicano, lo que contribuyó al más largo período de gobierno en la etapa universal de construcción democrática.

Autoritarismo y anarquía

            En la historia de la RD los proyectos más liberales y democráticos han fracasado reiteradas veces, desde el origen mismo de la República, por las divisiones internas o la incapacidad para afianzar proyectos, dando oportunidad al predominio de los que nunca han creído en las capacidades del pueblo dominicano para generar instituciones sólidas y desarrollarse sin proteccionismo extranjero.

            Lo más relevante es que RD ha contado más de un centenar de presidentes, sobre todo en sus primera mitad, cuando hubo un promedio de uno por año, porque muchos duraron apenas meses y semanas, en constante anarquía, para aterrizar en caudillos redentoristas que devenían en dictadores y tiranos, que se prolongaban en el poder o volvían una y otra vez, desde  el primero, Pedro Santana. Pero sólo 8 de ellos gobernaron el país por más de dos tercios de su historia, descontando los 11 años de eclipse de la independencia, por la reanexión a España y las dos ocupaciones norteamericanas.

El régimen más prolongado ha sido la tiranía de Trujillo, de 31 años, la dictadura de Balaguer por 22, Ulises Hereaux por 14 años, una década dictador,  Santana 10, Buenaventura Báez sumó 9, Horacio Vásquez 7 y más recientemente Leonel Fernández se inscribió con 12 años y Danilo Medina con 8. Se dividieron y no predominaron los trinitarios fundadores ni luego los restauradores de la República. Algunos como Vásquez, Leonel y Danilo comenzaron enarbolando los valores democráticos y concluyeron renegándolos y secuestrando la institucionalidad democrática, como precio para prolongarse en el poder. En ese empeño Vásquez creó las condiciones para el advenimiento de la más prolongada tiranía de la historia nacional, desde 1930 al 1961, dejando una impronta que décadas después todavía lastra zonas del alma nacional.

Juan Bosch y F. Espaillat

            Como ejemplo del fracaso de los liberales dominicanos se citan los efímeros gobiernos de Ulises Francisco Espaillat, en 1876 y el de Juan Bosch, nueve décadas después en 1963, señalados como los más grandes civilistas, teóricos de la democracia social, e incorruptibles que han alcanzado el poder en RD. El primero, auspiciado por el líder restaurador Gregorio Luperón, apenas duró 6 meses, preso de la anarquía que devastó el país en esas décadas.

Juan Bosch fue derribado a los 7 meses, por el golpe de Estado de septiembre de 1963 que tuvo la desgracia de reunir a políticos derechistas y hasta teóricos izquierdistas, como Juan isidro Jiménes Grullón, al alto empresariado y a la jerarquía eclesiástica, graduados en los privilegios e incapaces de entender un discurso propulsor de libertades, institucionalidad democrática y equidad, aunque no hubiese pasado del texto constitucional y algunas disposiciones.

Pero el caso de Bosch es relevante por cuanto él mismo agregó ingredientes que facilitaron su desplazamiento. No logró entenderse ni siquiera con su propio partido, el PRD, donde muchos dirigentes no atinaron a entender el proceso histórico que vivían, y llegó al extremo de disponer que cerraran sus locales o los destinaran a escuelas. Se peleó también con sectores sindicales y sociales cercanos a sus planteamientos y quedó tan solo que al día siguiente de su derrocamiento apenas unas decenas de jóvenes acudieron a protestar ante el Altar de la Patria.

El triste historial del PRD

            Si algo muestra el infortunio de los liberales democráticos dominicanos es el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), la más prolongada organización política nacional, que cuenta 81 años desde su fundación en Cuba en 1939 por los más prominentes exiliados de la tiranía trujillista. Durante décadas enfrentó las dictaduras de Trujillo y Balaguer, una invasión norteamericana, un golpe de estado a su primer ejercicio gubernamental y sobrevivió promoviendo normativas democráticas, durante cuatro gobiernos pero ninguno por más de 4 años, y sólo dos consecutivos, pero tan contradictorios como de dos partidos diferentes.

            Al PRD se le cuentan una decena de divisiones, dando origen a otros seis partidos, de los cuales los últimos, el PLD y el PRM, han alcanzado el poder y protagonizado el antagonismo político en los últimos años. Los tres dirigentes que lo trajeron al país en 1961, tras el ajusticiamiento de Trujillo, Angel Miolán, Nicolás Silfa y Ramón Castillo, se distanciaron apenas meses después y los últimos dos con nuevos partidos.

            El primer gobierno perredeísta que completó su período, el de Antonio Guzmán, cumplió la misión de abrir la más prolongada etapa de construcción democrática y se le acredita por  ello, tras un legado autoritario que acumuló demandas sociales y económicas que apenas pudo afrontar. La gestión fue excesivamente personalizada en el mandatario que desde el primer momento selló que se trataba de “mi gobierno” y con un gabinete casi por completo extraño al PRD,  y tratando de evadir compromisos, incluyendo el histórico de no reelección, se distanció del partido y especialmente de su último gran líder José F. Peña Gómez. La prisa por el relevo interno, encarnado en Salvador Jorge Blanco, contribuyó al trágico final de la vida de Guzmán, pero también qu éste no se preparó para aceptar la alternabilidad que pregonaba el historial partidista.

Los otros dos gobiernos perredeístas, de Jorge Blanco e Hipólito Mejía también sucumbieron en parte por la división y la incapacidad para gestionar la democracia interna. El primero no pretendió la prolongación, pero fue víctima de la terrible “década perdida” de América Latina y las imposiciones fondomonetaristas que acarrearon un alto costo político. El de Hipólito Mejía sucumbió ante la crisis bancaria y se internó en otra división, por la ambición continuista que llegó a la modificación constitucional oportunista. Lo que siguió fueron dos divisiones, que originaron el PRSD y el PRM, reduciendo al viejo PRD a la insignificancia.

Lecciones que deja el PLD

            Entre los desafíos que tiene el PRM y su gobierno, está interpretar correctamente el historial del PLD, para entender por qué fue desplazada la inmensa maquinaria de poder levantada por Leonel Fernández en 12 años de gobierno y perfeccionada en los últimos 8 por Danilo Medina. Ellos fueron herederos del legado de Bosch, quien abandonó su histórico PRD en 1973 para crear un partido de cuadros a su imagen y semejanza y promover la liberación nacional.

            Ambos gobernantes comenzaron reclamando el legado boschista pero terminaron hundiéndolo en el estiércol de la corrupción, la impunidad, el secuestro de las instituciones democráticas, la compra de conciencia, el clientelismo y le negación de  rendición de cuentas, que ni siquiera permitían preguntas de los periodistas. Se distanciaron tanto de la población que perdieron la brújula y se dividieron por  el poder ilimitado y eterno, sin dar paso a la menor renovación, secuestrando hasta el propio partido.

            El PRM fue beneficiario de la hartura de la sociedad dominicana con los engaños que repiten la misma historia, expresada sobradamente en la Marcha Verde y en las plazas y cacerolazos. Ese sentimiento está vivo y deberá ser respetado y honrado, a no ser que los perremeistas se quieran conformar con un ejercicio gubernamental limitado a 4 años, como sus antecesores perredeístas y a repetir la historia de fracasos de los proyectos democráticos.-

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La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.

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Por José Cabral.

En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.

Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.

Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.

Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.

La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.

Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.

Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.

Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.

Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)

Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.

¿Percepción o realidad?

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Análisis Noticiosos

Una Constitución de fachada.

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Por José Cabral

En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.

Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.

La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.

Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la  Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.

Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.

Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.

A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.

Señor

Magistrado Diomedes Y. Villalona G.

Presidente del Tribunal Superior Administrativo

Magistrado Villalona:

La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.

El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.

La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando  finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..

En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la  imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que  la propia ley ofrece la respuesta al respecto.

Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.

La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.

La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.

El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del  ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.

Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que  se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.

Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.

No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta.  Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos.  La medida cautelar solicitada por el impetrante  fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después  de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.

Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.

Sin otro particular,

José Antonio Cabral Salcedo.

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Análisis Noticiosos

Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres

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Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para  de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.

La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.

El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.

Según la BBC2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.

Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.

La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.

En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.

Puerta al ecoturismo del Caribe

BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.

Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético

  •   Abu DhabiEmiratos Árabes Unidos
  •   Costa de OregónEstados Unidos
  •   Costa Rica
  •   GuimarãesPortugal
  •   Islas HébridasEscocia
  •   IshikawaJapón
  •   LoretoBaja California SurMéxico
  •   Montenegro
  •   Uruguay
  •  Valle de ColchaguaChile

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