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El retiro del recurso sobre reelección no impide que el Constitucional lo conozca

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SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional podría conocer el recurso interpuesto contra el artículo transitorio de la Constitución que prohíbe al presidente de la República postularse a la reelección, sin importar que el accionante haya desistido del proceso.

De acuerdo con el precedente de la sentencia TC/0062-12: “La acción de inconstitucionalidad es un mecanismo de control normativo abstracto de la constitucionalidad, o sea, se realiza con independencia de la aplicación concreta en la realidad, en los casos particulares, de la norma sujeta a examen, con lo cual este modo de control se diferencia del que es propio del amparo dado que en este último se verifica la substanciación de un juicio en que se dicta una sentencia que surte efectos exclusivamente en la esfera jurídica de quien participa en ese juicio”.

“En cambio, en un proceso de acción directa en inconstitucionalidad, el Tribunal se pronuncia en abstracto y con efectos generales sobre si la norma impugnada es o no compatible con la Constitución”, siguió diciendo el Constitucional.

“Por la naturaleza que es propia de la acción de inconstitucionalidad nada impide al Tribunal adoptar las medidas que fueren necesarias para que los procesos constitucionales avancen, conforme lo dispone el artículo 7.11 de la indicada Ley 137-11 sin que precise de la intervención de las partes, por lo cual el fallecimiento del accionante en modo alguno afecta el normal desarrollo y conclusión del presente caso”, concluyó el TC.

Con base en esos precedentes, aunque el abogado militante reformista Fredermido Ferreras retiró la acción directa de inconstitucionalidad en contra del vigésimo artículo transitorio que impide la repostulación del presidente Medina en los comicios del 2020, el Tribunal Constitucional puede conocer el fondo de la acción tal como lo hizo en su fallo TC228/15, cuando el accionante, la razón social F&G Ferreira y García S.R.L, desistió del recurso.

El precedente constitucional se estableció en 2012 a raíz de la muerte de Rafael Flores Estrella, quien había interpuesto un recurso contra la Ley 112-00 sobre Hidrocarburos. En la sentencia se explicó que para que el proceso continúe su curso normal, no es indispensable la participación activa del recurrente una vez se interponga la acción de inconstitucionalidad.

Depositó desistimiento

Ferreras quien afirmó que a Danilo Medina se le violan sus derechos, depositó en la secretaría del TC, “Formal desistimiento y solicitud de retiro y archivo definitivo de la instancia directa de inconstitucionalidad en contra de la vigésima disposición transitoria de la Constitución de la República Dominicana reformada el 13 de junio del 2015 por ser contraria a varias disposiciones permanente de la misma Carta Magna”.

diariolibre.com

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Poder Ejecutivo deposita en el Senado proyecto de ley que modifica la Ley 1-24, que crea la DNI

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader despositó este jueves ante el Senado de la República el proyecto de ley que modifica la ley número 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) del 15 de enero de 2024, según informó la Presidencia de la República en un comunicado.

La pieza fue depositada por el consultor jurídico Antoliano Peralta, luego de que los integrantes de la mesa de trabajo conformada por representantes del Gobierno y sectores de la sociedad civil organizada llegaran a un consenso respecto a las modificaciones.

El objeto de la iniciativa legislativa ahora propuesta es modificar las disposiciones contenidas en los artículos 1, 2, 9, 10, 11, 26 y 32 de la Ley núm. 1-24, con el propósito de lograr la mayor claridad y especificidad posible en cuanto a la sujeción constitucional de cada una de estas disposiciones de la citada ley.

«Dentro de los aspectos más relevantes que este proyecto busca modificar se encuentra la propuesta de fusión de los artículos 1 y 2 de la Ley núm. 1-24 para definir en el nuevo artículo 2 términos clave como inteligencia, inteligencia estratégica, militar y delictiva, fuentes abiertas y fuentes cerradas, entre otros. Además, se pretende modificar el numeral 16 del artículo 9 para asegurar la coordinación entre la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) en la protección de la privacidad de los usuarios», dice el referido comunicado.

También señalaron que se propone una adecuación al artículo 11 de la Ley núm. 1-24, «con el fin de reforzar las garantías relativas a la obtención del contenido de información de fuentes cerradas. En este sentido, la modificación legal busca exigir la autorización de un juez para todo procedimiento que limite derechos constitucionales».

De modo que el presente proyecto de ley recoge las principales inquietudes que existían en torno a la Ley número 1-24, con la finalidad de que la regulación del sistema de inteligencia nacional esté lo más apegada posible a las disposiciones constitucionales.

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MAP llama a empleados de instituciones en proceso de fusión y eliminación a continuar sus labores

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio de Administración Pública (MAP) llamó a los servidores públicos de las instituciones que están dentro del proceso de la reforma a la administración pública (fusión y eliminación) a continuar con normalidad el desarrollo de sus labores habituales.

A través de un comunicado firmado por el ministro Sigmund Freund, el MAP aseguró que no habrá desvinculaciones inmediatas o masivas; ya que cada una de las instituciones que forman parte de este plan de mejora de la administración pública, iniciarán un proceso riguroso de evaluación interna para determinar los próximos pasos en materia de procesos y recursos humanos.

“Las propuestas de fusión o eliminación no serán oficializadas hasta tanto sean emitidas las disposiciones legales correspondientes, por lo que las decisiones que se tomen en ese sentido serán debidamente comunicadas, de manera clara y oportuna, a todas las partes involucradas, asegurando que cualquier cambio sea llevado a cabo con total transparencia y respeto”, indicó el documento.

El MAP apuntó que, para el desarrollo de esta iniciativa, que ayudará a la administración y gestión pública, “es importante contar con el compromiso y apoyo de todas las partes involucradas en este proceso que será realizado en varias etapas, de manera personalizada y estructurada, de acuerdo con las realidades de cada institución”.

“Pueden tener la tranquilidad de que cada etapa del proceso será realizada de manera cuidadosa, planificada y organizada, y que, desde nuestro ministerio estaremos ofreciendo informaciones oportunas y claras en todas las etapas”, agregó.

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Raquel Peña dirigirá otro gabinete; Abinader la designa como presidenta del Gabinete de Educación

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Santo Domingo, R.D.-La vicepresidenta de la República, Raquel Peña, fue designada como presidenta del Gabinete de Educación, en sustitución del presidente Luis Abinader, quien de acuerdo al decreto 117-21, lo presidía.

El decreto 117-21 tiene como objeto integrar y procurar la articulación el Gabinete de Educación y Cultura creado mediante el Decreto núm. 498-20.

En julio del año 2020, bajo el auge de la pandemia del Covid-1, el presidente la designó como coordinadora del Gabinete de Salud. Asimismo, en julio de 2021, con la creación del “Gabinete de Inversión e Innovación”, Raquel Peña fue designada como presidenta y coordinadora.

En octubre de 2022, a través del decreto 594-22, Luis Abinader la designó como presidenta del Gabinete Eléctrico en sustitución de Lisandro Macarrulla.

Joel Santos

En el decreto 540-24, el presidente designó a Joel Santos, actual ministro de Energía y Minas, como presidente del Gabinete del Sector Eléctrico.

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