Nacionales
Falta de arbitraje y padrones abultados han afectado a los partidos políticos
Published
8 años agoon
By
LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO. El denominador común de los problemas en las elecciones de los partidos políticos ha sido la falta de arbitraje de un moderador externo como la Junta Central Electoral, unido a padrones abultados en los que votan menos de la mitad, y han sido predominantes la doble militancia, ante la incapacidad de hacer uno realmente propio.
Los partidos se han autoengañado, colocando cifras altas de votaciones de sus primarias internas y provocando acusaciones de fraude y divisiones que han degenerado en heridos y muertos.
En la actualidad, en la Junta Central Electoral (JCE) sólo hay un padrón del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), y no hay listas de militantes de los demás partidos políticos.
Las organizaciones políticas se han limitado a depositar los listados de los delegados participantes en las convenciones o asambleas de delegados, que son las que exige la actual Ley Electoral 275-97.
En la JCE se asume que cuando los partidos solicitaron su reconocimiento depositaron el listado con el porcentaje establecido en ese momento. En su artículo 47, la Junta Central Electoral señala que es obligación de los partidos políticos depositar cada dos años una lista actualizada de los miembros de sus órganos directivos y del tribunal disciplinario, para fines de control y de conocimiento por parte de esa institución.
El partido que ha más sufrido las crisis emanadas de sus divisiones ha sido el PRD, en cuya última gran división en el 2011, el candidato derrotado, Miguel Vargas, denunció que en las primarias con padrón “semiabierto” habrían sufragado 366 mil peledeístas y reformistas.
Dijo que en ese padrón no podía superar los 3,921,536 electores, pero que “violando esa normativa la comisión electoral envió un padrón de con 5 millones 905 mil 964 electores”.
Es histórica la frase “el Estado se impuso”, cuando el precandidato presidencial Danilo Medina en aquel momento se refería a la victoria del entonces presidente Leonel Fernández en las primarias del 6 de mayo de 2007, donde se inscribieron 1,169,913 peledeístas, de los cuales sólo votaron 574,297. Ahí Fernández obtuvo 403,577 votos (71.55%) y Medina 160,505 (28.45%).
En las primarias de 2012 votaron 1,063,617 peledeístas, lo que representó solo un 47.23%, de los 2,251,831 electores inscritos en el padrón electoral.
Danilo Medina ganó con 907,015 votos (87.18%); José Tomás Pérez obtuvo 52,190 (5.02%); Francisco Domínguez Brito 44,967 (4.32%) y Radhamés Segura, casi sin estructuras, logró 36,176 (3.48%).
En el caso del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) sólo hay que recordar que su declive se inició en el 2004, con el rechazo de Jacinto Peynado de los resultados de las primarias ganadas por Eduardo Estrella.
Estrella hizo lo propio en las primarias del 2007, donde se denunció que votó el doble de lo registrado en algunas mesas de votación.
El Partido Revolucionario Moderno (PRM) tuvo su primera experiencia en el 2015, recién salido del horno y sin estructuras, logrando Luis Abinader 315,082 votos (70.24%) frente a su mayor rival, Hipólito Mejía, con 90,130 y un 28.61%, la que pasó sin mayores traumas, y en la actualidad se aprestan a tener su primer padrón de militantes.
El vicepresidente de PRD, Héctor Guzmán, argumenta que “el único padrón que existe aprobado por todos los partidos es el de la Junta”.
Nacionales
JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
Published
1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
Nacionales
Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
Published
1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
Nacionales
Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
Published
1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
