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Falta de regularización imposibilita demostrar lavado de activos en el país
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8 años agoon
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LA REDACCIÓNAbogados dicen no hay cultura de vigilancia de alto control
SANTO DOMINGO. La falta de regularización y vigilancia de alto control o alto riesgo en la República Dominicana es una de las razones por las cuales probar el delito de lavado de activos sea difícil en el país.
Así lo consideraron juristas consultados sobre lo complejo que es para la Procuraduría General de la República el demostrar ante los tribunales que las personas a las que investigan por la presunta comisión de ilícito penal, realmente lo cometieron.
Félix Damián Olivares Grullón, uno de los relatores del primer proyecto de ley contra el lavado de activos, explicó que se podría decir que la dificultad en comprobar ese delito, “radica en la inexistencia, de una sistematización del patrimonio de todas las personas, en un país donde hemos estado acostumbrados a la subestimación del patrimonio y a las declaraciones fiscales”.
En tanto, Carlos Balcácer destacó que lo complejo está en los movimientos bancarios, a pesar de que las entidades de intermediación financiera son sujetos obligados por la derogada ley 72-02 y la 155-17 sobre Lavado, esto realmente no le garantiza al Estado dominicano la legalidad de los orígenes de las fortunas que pasan a través de sus cuentas de ahorros, certificados financieros o cuentas ni tarjetas de créditos.
“Lo que pasa es que en nuestro país el régimen de control y de la organización de los negocios en cuanto a sus capitales suscritos, pagados, movimientos de esos dineros, pagos de impuestos internos; no está regulado, no hay cultura de regularización ni vigilancia de alto control ni de alto riesgo y eso es lo que explica el por qué lo difícil de probar el lavado de activos”, dijo Balcácer.
Olivares explicó que en ese tipo de casos, el órgano investigador debe probar el “hecho base precedente” y la actividad o el proceso que procura darle apariencia de legalidad, para ello, puede acudir a las llamadas pruebas indiciarias las cuales deben ser plurales, estar plenamente acreditadas, ser unívocas o ir en una misma dirección sin descartar cualquier otra explicación alternativa sobre el origen de los fondos.
“El hecho base precedente como actividad ilícita, no requiere la comprobación mediante una sentencia previa, no requiere que se haya emitido una sentencia verificando su comisión pero la actividad previa, constitutiva de delito, tiene que estar plenamente establecido”, describió.
El procurador General de la República, Jean Alain Rodríguez, pidió al juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega Polanco, otorgarle cuatro meses más para completar el caso Odebrecht debido a que se le ha hecho difícil reconstruir los hechos.
Alain Rodríguez está a la espera de que le envíen informaciones “claves” para el caso, las cuales fueron solicitadas a nueve países
El presidente del Colegio Dominicano de Abogados (CARD), Miguel Surún, considera que el procurador Jean Alain Rodríguez actuó dentro del marco de la norma al solicitar cuatro meses más para presentar su acusación. “Entendemos que la solicitud emitida por el Ministerio Público es acorde con lo que es la norma procesal y más ante un caso complejo”, dijo.
Además, es partidario de que “al investigador hay que darle la oportunidad de que haga su trabajo”.
Mientras que el decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UASD también cree que el Procurador está dentro del derecho, pero que la situación “evidencia que el Ministerio Público carece de los elementos probatorios suficientes para sustentar este caso”.
Refirió que la sociedad está alerta ante el proceso que se ha constituido en un caso emblemático en la lucha contra la corrupción y la impunidad.
También criticó la lentitud con que se ha llevado el proceso en el país. “Es evidente que en aquí este proceso ha transcurrido con suma lentitud. Es un gran reto que enfrenta el sistema de Justicia en dar respuesta a las expectativas del país que exige que se haga justicia”, dijo.
diariolibre.com
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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.
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1 día agoon
marzo 19, 2026Por Elba García
El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.
El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.
Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.
La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.
Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.
Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.
Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.
El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales, morales, económicos y políticos, lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con el ordenamiento actual.
Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.
Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.
Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron su llegada al poder en que en la República Dominicana se consolidaba un partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.
Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.
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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos
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1 día agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.
La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.
De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.
El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).
Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.
Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.
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1 día agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.
El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.
Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.
La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.
Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.
El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.
