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Por error del Procurador Fiscales del caso de Anibel González podrían no ser sancionados.

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Podrian quedar en el limbo las posibles sanciones a los suspendidos fiscales Pedro Núñez Jiménez, titular de la Procuraduría Fiscal de San Pedro de Macorís, y Margarita Hernández Morales, titular de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, en virtud  a la actuación “poco prudente” que ha tenido el procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez.

El criterio es sostenido por el abogado penalistaLa, Cándido Simón, quien alega que, como el máximo representante del Ministerio Público, su pronunciamiento sobre los referidos fiscales puede ser objeto de una inhabilitación, bajo el alegato que ya fijó posición sobre el proceso disciplinario.

Los fiscales Pedro Núñez Jiménez y Margarita Hernández Morales, suspendidos temporalmente, son investigados luego que firmaran un acuerdo parcial con un condenado por intento de homicidio contra su expareja, Anibel González. El pacto le redujo a 18 meses la prisión a Yasmil Oscar Fernández, quien había sido condenado a cinco años de cárcel por la agresión contra su excompañera, a quien cuando salió, asesinó de varios disparos hace una semana.

Simón se refiere a lo que dijo el procurador el domingo primero de este mes, cuando anunció que el Ministerio Público había ordenado una investigación del caso.

“Es evidente que la fiscal que presentó al tribunal el acuerdo se apartó del principio de legalidad, aceptando un acuerdo jurídicamente improcedente, que aun haya sido propuesto por la víctima hoy asesinada, el mismo violenta los lineamientos generales del Plan Nacional Contra la Violencia de Género que desarrolla la Procuraduría General de la República”, refirió Rodríguez en la ocasión, reseña el periódico digital Acento.com.

El abogado dijo que las posibles sanciones contra los fiscales deben ser aplicadas por el Consejo Superior y que éste no puede reunirse sin su titular, que es el procurador general de la República y quien prácticamente se inhabilitó él mismo.

“Ahora, cuando el procurador general de la República, que preside el Consejo Disciplinario del Ministerio Público, que establece, en definitiva, la sanción disciplinaria, porque primero hay una especie de sub-consejo que decide y eso es apelable ante el Consejo del Ministerio Público y al Consejo Superior lo preside el procurador general de la República y dice el reglamento que si él no participa no puede seccionar, en consecuencia, al haber emitido unos juicios de valor respecto a la responsabilidad disciplinaria de ellos, el procurador se inhabilita, porque ya emitió su veredicto, lo hizo públicamente al hacer su comentario, en consecuencia, ellos podrían, incluso, recusarlo”, detalló.

No obstante, el abogado piensa que el destino final que podría tener ese caso sería el Tribunal Constitucional, ante la cuestión de que ante la única persona que se puede recusar al procurador general es el presidente de la República, Danilo Medina.

“Lo que yo diría sobre esto es que el procurador no fue prudente al emitir juicios de valor mientras daba la declaración de lo que dispuso el Consejo al suspender provisionalmente a los fiscales, porque al él emitir juicios de valor ya se inhabilita para presidir el Consejo Superior del Ministerio Público, que es el que en definitiva va a establecer si son responsables o no y resulta que él preside el Consejo y quedaría inhabilitado y el Consejo no puede sesionar sin el procurador general de la República, con lo que se crea un limbo que pondría a esos fiscales a que no haya quien los juzgue y resulta que si habiendo emitido esos juicios de valor, si los fiscales lo recusan y él de todas manera conoce del asunto, eso podría llegar ante el Tribunal Contencioso Administrativo y de ahí pasar al Constitucional por haber sido juzgado violando el debido proceso disciplinario, porque en jurisdicción disciplinaria también existe el debido proceso”, acotó.

Simón agregó: “La Constitución de la República dice que las garantías y los derechos fundamentales permean a todas las jurisdicciones, a todas las áreas, todas las jurisdicciones judiciales y administrativas y esta es una jurisdicción administrativa, por lo que eso podría terminar en el Tribunal Constitucional, el juicio disciplinario a los fiscales”.

 

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Ministerio Público crea Unidad Canina para fortalecer búsqueda de personas desaparecidas

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Santo Domingo, R.D.-El Consejo Superior del Ministerio Público creó una Unidad Canina especializada para integrarla a la búsqueda de personas desaparecidas y recuperación de cadáveres, informó este domingo la Procuraduría General (PGR).

La unidad, que estará adscrita al Instituto Nacional de Patología Forense (Inacif), intervendrá en los procesos de investigación, en coordinación con otras agencias del Estado, siempre conforme al protocolo y las circunstancias objetivas de cada caso.

El órgano superior de gobernanza del Ministerio Público, presidido por la procuradora general Yeni Berenice Reynoso e integrado por la procuradora adjunta Ysis Germania de la Cruz, el procurador fiscal Denny Frey Silvestre Silverio y el fiscalizador Merlin Mateo Sánchez, tomó su decisión durante la Décimo Tercera Sesión Ordinaria, efectuada el pasado 8 de enero.

Agencias internacionales cooperarán

Según se explica en un comunicado de prensa, para la creación de la Unidad Canina, el Ministerio Público recibirá la cooperación de agencias internacionales, específicamente en lo que respecta a la asistencia de entrenamiento del personal asignado a esos fines.

  • Por igual, se ha dispuesto la elaboración de un protocolo para el total cumplimiento de la Ley 248-12, de Protección Animal, a fin de garantizar el cuidado de los caninos entrenados para estas labores, explicó la secretaria del Consejo, Minerva Cocco, concluyó la nota de prensa.

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Puntos críticos del recurso de apelación de Santiago Hazim que busca revocar la prisión preventiva

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Santo Domingo, R.D.-En el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que impuso 18 meses de prisión preventiva a Santiago Hazim, principal implicado en el caso SeNaSa, la defensa plantea diversos puntos críticos para revocar la decisión.

Los abogados Miguel Valerio Jiminián, Yipsy Roa Díaz, Yenifer Doñe Miliano y Daniel Santillán destacan en el recurso contra la decisión del juez Rigoberto Sena la falta de motivación jurídica, la excepción de inconstitucionalidad por control difuso y lo que califican como un fallo “literario y religioso”.

Sostienen que la decisión emitida el pasado mes de diciembre por el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional vulnera derechos fundamentales y principios básicos del debido proceso.

Por ello, solicitan la revocación inmediata de la medida de coerción, por considerarla arbitraria, desproporcionada y carente de sustento jurídico.

Inconstitucionalidad por desproporcionalidad

Uno de los puntos más relevantes de la instancia es la solicitud de una excepción de inconstitucionalidad. La defensa pide a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que, mediante el ejercicio del control difuso, declare inconstitucional el artículo 377.2 del Código Procesal Penal para este caso específico.

Argumentan que imponer 18 meses de prisión preventiva constituye una «pena anticipada», especialmente cuando el propio tribunal fijó un plazo de solo ocho meses para que el Ministerio Público concluya la investigación.

«Resulta una incoherencia que la prisión preventiva sea más extensa que el tiempo otorgado para investigar; esto desnaturaliza la medida y viola la presunción de inocencia», establecen los juristas en el recurso.

Resaltan que la medida excede notablemente el plazo previsto y viola los artículos 40.9 y 69 (numerales 1, 2 y 3) de la Constitución de la República.

Críticas a un fallo «literario y religioso»

La defensa de Hazim también plantea que la decisión del juez Sena carece de la debida motivación, pues se sustenta en apreciaciones de carácter religioso y literario impropias de una decisión judicial.

Según el recurso, la sentencia se asemeja más a una «mala narración novelesca» y a la «cita arbitraria de pasajes bíblicos» que a un razonamiento jurídico.

Aducen que estos elementos fueron utilizados para «caer en gracia» al afirmar que el imputado habría «violado la confianza del presidente Luis Abinader«, lo cual consideran inaceptable en un Estado social y democrático de derecho.

“La decisión se encuentra fundamentada en pasajes bíblicos que nada tienen que ver con la naturaleza jurídica de la medida… el tribunal señaló de forma directa a Hazim como avaro y traidor a la patria, juicios de valor personal sin conexión con los elementos probatorios”, enfatizan.

Derecho a la salud y dignidad humana

El recurso también alega violaciones al derecho a la salud y a la dignidad humana. Los abogados indican que no se ponderaron adecuadamente los elementos de arraigo que garantizan que el imputado no representa peligro de fuga.

Presentaron constancias del Icahn School of Medicine at Mount Sinai que establecen que Hazim recibe, desde 2011, un tratamiento especializado con infusiones de Ocrevus (ocrelizumab) cada seis meses en Nueva York.

Sostienen que la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Las Parras imposibilita la continuidad de este tratamiento, lo que podría derivar en consecuencias irreversibles para su bienestar físico y neurológico.

Se espera que la Corte de Apelación del Distrito Nacional fije próximamente la fecha para el conocimiento de este recurso, donde se decidirá si se mantiene la medida o se dicta una menos gravosa que permita al imputado llevar el proceso en libertad.

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La JCE anuncia horario de 08:00 a.m. a 01:00 p.m. para servicios a la ciudadanía

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE) informó que en 14 centros de cedulación  por lo que estarán brindando sus servicios a la ciudadanía en un horario de 8:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde desde el 12 al 16 de enero del 2026.

El órgano electoral explicó que la reducción del horario se debe a que se llevará a cabo la captura de datos biométricos y personales para el proceso de la renovación de la cédula de identidad y electoral, exclusivamente a los empleados de la institución.

Estos 14 centros con este horario especial durante la fecha señalada son los siguientes:

1. Bajos de Haina
2. Boca Chica
3. Carretera Mella
4. Cristo Rey
5. Doctor Delgado
6. Ensanche Luperón
7. Gascue
8. Herrera
9. Las Américas
10. Los Alcarrizos
11. Pedro Brand
12. Plaza Naco
13. San Antonio de Guerra
14. Villa Mella

La primera etapa de inicio del despliegue progresivo controlado y limitado para la captura y posterior entrega, que abarca el primer trimestre de este año y dirigido solo al personal de la JCE, «garantiza la estabilidad operativa, calidad del servicio y confiabilidad de los sistemas antes de su despliegue a escala general».

Además, la JCE explicó que al mismo tiempo esta es la «manera correcta» de reducir riesgos, ajustar los tiempos e identificar mejoras.

«Recordamos a la ciudadanía que esto obedece a la ejecución de la primera etapa del proceso de renovación de la cédula de identidad y electoral, y pedimos su comprensión ante los inconvenientes que esto les pueda causar», agregó la institución en una nota de prensa.

Recordó que será a partir de abril cuando se inicie la captura y entrega de la nueva cédula a la población en general según el mes de nacimiento.

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