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La partidocracia no detiene su embestida en contra de la inepta JCE.

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Santo Domingo.-Las organizaciones que conforman la llamada partidocracia en el país se unieron este lunes para depositar ante la Junta Central Electoral (JCE) una instancia contra el comunicado de admonición emitido el 10 de agosto por el órgano comicial que limita las actividades proselitistas durante la precampaña.

  Los partidos Fuerza del Pueblo (FP), de la Liberación Dominicana (PLD) y Revolucionario Dominicano (PRD)  se presentaron en la JCE para dejar sentada su posición sobre la decisión tomada por la JCE.

«Hoy hemos decidido plantear una posición ante la opinión pública nacional para llevar a la Junta Central Electoral a la ‘legalidad'», expresó José Ramón Fadul (Monchy) en representación del PLD.

Manifiestan que las prohibiciones vulneran derechos fundamentales y desconocen por completo decisiones que, al respecto, ha emitido el Tribunal Superior Administrativo y el Tribunal Constitucional.

«Nos preocupa porque esta Junta debe tener credibilidad y cuando se enmarca fuera de la ley pone en peligro la democracia», sentenció el peledeísta.

En el documento, los partidos recordaron a la JCE que: «La celebración de eventos multitudinarios como mítines, marchas y caravanas, constituyen una manifestación de la libertad de reunión que, de acuerdo con el artículo 48 de la Constitución de la República, toda persona tiene, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos.

Manifiestan que la libertad de expresión establecida en el artículo 49 de la Carta Magna, a través del cual toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa.

«Solicitamos que sea desestimado y dejada sin efecto la resolución emitida el 10 de agosto, la JCE debe volver a su propia legalidad», planteó Manuel Crespo, delegado de la FP.

El representante del PRD, abogado José Manuel Pérez Vólquez, argumentó que el estado democrático, social y de derechos que impera en la República Dominicana no puede ser ignorado.

«La JCE se aparta de la Constitución de forma odiosa», aseguró Pérez Vólquez.

José Dantés, delegado del PLD, indicó que el comunicado del órgano electoral no tiene ningún fundamento legal.

«En el 2019 se determinó que las vallas en la precampaña se podían colocar, porque no colocarlas era crear una situación privilegiada ante otros medios como la radio, la televisión, entre otros», declaró Dantés.

Las sentencias

La sentencia del Tribunal Constitucional estableció de manera concreta que el numeral 7 del artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que prohíbe «la promoción política a través de mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de comunicación radial y televisiva», no era conforme con la Constitución, por lo que procedió a declarar su nulidad, en razón de que esta prohibición se traducía «en una restricción del derecho a la libertad de expresión, al impedir que los precandidatos pudieran exponer en los medios radiales y televisivos sus propuestas».

De igual manera, el Tribunal Superior Administrativo (TSA), mediante su sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00354, de fecha 23 de septiembre de 2019, declaró específicamente inaplicable, entre otros, el numeral 2 del artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, sobre la prohibición de «vallas, afiches, pancartas, en espacios y lugares públicos» (como refiere el comunicado de la JCE), pues vulnera el derecho de igualdad, al crear una situación de desigualdad entre diferentes medios de comunicación, establecen los partidos.

El TSA igualmente estableció que con él se violaba la libertad de empresa, excluyendo de manera discriminatoria los letreros y vallas publicitarias como medios de propaganda política en el período de precampaña electoral, privilegiando irrazonablemente a los medios de comunicación digital, televisiva y de prensa escrita; creando así privilegios injustificados y desiguales como consecuencia de esta distinción, a favor de un sector empresarial particular, en detrimento de otros, por lo que dicha prohibición no cumple con los parámetros constitucionales exigidos por el artículo 40.15 de la Constitución de la República, en cuanto a la justicia y utilidad de la norma.

En otro aspecto de los contenidos del comunicado de la JCE, referente a la retención de los fondos, el Tribunal Constitucional ya estableció mediante su sentencia TC/0441/19, del 10 de octubre de 2019, que el Párrafo III del artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que establece dicha retención, no es conforme con la Constitución, por lo que procedió a declarar su nulidad, ya que vulnera los artículos 40.8 y 40.14 de la Constitución que consagran el principio de la personalidad de la pena, al establecer que «nadie puede ser sometido a medida de coerción, sino por su propio hecho»; y que «nadie es penalmente responsable por el hecho de otro», respectivamente.

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Buscan con Proyecto de ley que hombres usen apellido de sus esposas en la cédula

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Santo Domingo, R.D.-Una iniciativa introducida en la Cámara de Diputados estudia actualmente una iniciativa que permitiría por primera vez de forma expresa que los hombres puedan incorporar el apellido de sus esposas en su cédula y otros documentos, bajo las mismas condiciones que hoy lo hacen algunas mujeres de manera opcional.

El proyecto de ley es autoría de la diputada Gabriela Abreu Santos, del Partido Revolucionario Moderno (PRM), y busca regular el apellido de los cónyuges en la cédula de identidad, una practica que, según la pieza legislativa, solo estaba organizada de forma administrativa, no legal.

En ese sentido, la propuesta busca que no solo las mujeres usen el apellido de los esposos, sino que los hombres también puedan agregar el apellido de sus esposas en sus documentos.

El proyecto señala que la inclusión del apellido de la pareja podría realizarse mediante la expresión «de + apellido del cónyuge» o mediante cualquier otra modalidad que establezca la Junta Central Electoral en su reglamentación.

Para solicitar la incorporación del apellido del cónyuge, la propuesta exige la presentación del acta de matrimonio registrada conforme a la Ley 4-23, una solicitud expresa del interesado y un documento de identidad vigente.

La pieza legislativa también dispone que este derecho se reconozca sin distinción de género, por lo que podría ser ejercido por cualquiera de los cónyuges en igualdad de condiciones.

El proyecto contempla que la persona que haya decidido utilizar el apellido de su pareja podrá solicitar en cualquier momento su eliminación del documento de identidad.

Asimismo, en caso de divorcionulidad del matrimonio o fallecimiento del cónyuge, el titular del documento podrá optar por mantener el apellido como uso social o solicitar su retiro de la cédula.

En caso de ser aprobada totalmente en el Congreso, la JCE dispondría de un plazo de 90 días para dictar el reglamento que regule la aplicación de la norma.a

En la exposición de motivos, la diputada Abreu Santos sostiene que el objetivo del proyecto es garantizar la libertad de elección de los ciudadanos en el uso del apellido de su cónyuge, en condiciones de igualdad, y fortalecer la seguridad jurídica en materia de identidad.

La legisladora también señala que actualmente la inclusión del apellido del cónyuge en la cédula se realiza como una práctica administrativa, sin una regulación legal expresa, por lo que considera necesario establecer una norma clara que regule esta posibilidad.

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Mujer golpeada por coronel Madé en Los Mina se querella en su contra.

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Santo Domingo, R.D.- Charlizze Altagracia Hernández Monegro, joven golpeada por un coronel de la Policía Nacional,  interpuso una querella con constitución en actor civil contra el coronel Fausto Madé Ramírez, por haberla agredido en plena vía pública en Los Mina, municipio Santo Domingo Este, hecho que que quedó captado en video y fue ampliamente difundido en las redes sociales.

La instancia fue presentada ante la Fiscalía de Santo Domingo e incluye como tercero civilmente responsable a la entidad policial por tratarse de un agente en funciones.

Los abogados de la querellante sustentan la acción en los artículos 186, 198, 265, 266, 309, 309-1 y 309-3, ordinales B, C y E, del Código Penal Dominicano, que tipifican delitos relacionados con agresión y violencia.

Este hecho vuelve a colocar en el centro del debate público el uso de la fuerza por parte de agentes del orden y la efectividad de los mecanismos de supervisión, en momentos en que se impulsa una reforma policial orientada a fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas dentro de la institución.

  • Sin embargo, su accionar no es un hecho aislado en su historial dentro de la institución.

El oficial ya había sido sancionado anteriormente en 2018, entonces con rango de teniente, y subcomandante del destacamento de Los Frailes por una conducta violenta hacia un ciudadano.

Según el informe del cuerpo del orden de ese momento, el agente incurrió en una actuación contraria a los principios de prudencia y tolerancia que deben regir el accionar policial, por lo que fue remitido a la Dirección de Asuntos Internos.

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Distribuyen agentes policiales para reforzar seguridad en operativo de Semana Santa 2026

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Santo Domingo, R.D.-Agentes de la  Policía Nacional fueron distribuidos este miércoles s nivel nacional para fortalecer las labores de prevención y garantizar la seguridad ciudadana durante el asueto de Semana Santa 2026.

La actividad tuvo lugar en el Coliseo de Boxeo Carlos Teo Cruz, donde jóvenes policías, tanto masculinos como femeninos, se concentraron desde tempranas horas, listos para ser enviados a distintos puntos estratégicos del país.

Los agentes, debidamente uniformados y con su equipaje en mano, forman parte del contingente que se integrará al Operativo Proteger y Servir Semana Santa 2026, una iniciativa del Gobierno dominicano que articula esfuerzos entre la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas y otros organismos de seguridad del Estado.

Las autoridades policiales señalaron que este despliegue forma parte de la estrategia preventiva diseñada para reducir la incidencia delictiva, evitar accidentes y ofrecer una respuesta oportuna ante cualquier eventualidad que pudiera surgir durante el desplazamiento masivo de ciudadanos en este período.

Asimismo, exhortaron a los agentes a desempeñar sus funciones con apego a los protocolos institucionales, respeto a los derechos fundamentales y un alto sentido de responsabilidad, recordando que representan el rostro cercano de la institución ante la ciudadanía.

Con esta distribución, la Policía Nacional continúa fortaleciendo su capacidad operativa y reafirma su compromiso de proteger vidas, preservar el orden público y contribuir a que la población disfrute de una Semana Santa segura y en paz.

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