La dirigente del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Geanilda Vásquez, dijo este lunes que si no se está de acuerdo con la sentencia que ordena su reintegro a esa organización tienen el derecho de recurrirla, pero que igual es ejecutable.
“El único recurso susceptible es el de revisión constitucional y este solo procede donde haya una contravención a la Constitución, y como sabemos que esta es una magistrada estudiosa, de carrera, que ha demostrado que administra justicia correctamente, dudamos que haya una contradicción con la Constitución”, dijo Vásquez. Vaticinó que recurrir la sentencia sería “un intento fallido”.
Indicó además, que en lo adelante lo que se hará es ejecutar la decisión que ordena su reintegración en su función de secretaria del PRD.
Agregó que este elemento que se introduce con la sentencia debe ser un puente de entendimiento y de procurar un clima de paz y armonía. “Yo no creo que esto sea para seguir en diferencia sino un medio para entendernos”, sostuvo.
Aclaró que hay un procedimiento antes de ejecutar la decisión pero espera que en esta semana se le dé cumplimiento. De su lado, Julio Cury, abogado de Vásquez, explicó que la decisión se notificará a la Junta Central Electoral (JCE) para que certifique quien es el secretario de organización actual y luego ejecutará.
Jueza dice PRD violó proceso en juicio
La juez Tania Yunes, de la Novena Sala Penal, indicó en su sentencia que se violó el debido proceso de ley en el juicio disciplinario seguido a Vásquez debido a que las imputaciones formuladas en su contra fueron variadas en tres ocasiones por tres órganos distintos, realizando exclusiones e inclusiones de forma irregular violando su derecho de defensa.
Además, la jueza indica que se violó el principio de correlación porque la resolución del Consejo Nacional Disciplinario, incluye violaciones en contra de la amparista que no existen en la querella disciplinaria.
Agrega también que no se explica de forma detallada en qué consistieron las faltas de la reclamante ni si las mismas quedaron probadas, al no quedar explicados los motivos de la decisión, la misma deviene en arbitraria y discriminatoria.
“Esta jurisdicción tiene a bien afirmar que se violó, que se concluyó el debido proceso de ley contra la amparista Geanilda Vásquez”, reseña la sentencia.
El Caribe